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La ética del aborto

El aborto es la interrupción intencional de un embarazo. Este es un asunto que puede analizarse desde perspectivas médicas, religiosas, jurídicas, sociales, de salud pública, etc. Sin embargo, en el centro de la discusión en torno al aborto hay ineludiblemente un debate filosófico y moral. Esta entrada aborda los aspectos morales en torno a la legislación que regula el aborto, los que tienen que ver con el estatus moral del embrión o feto, con los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, así como los que se presentan a partir del avance de la tecnología reproductiva y la selección embrionaria.

1. Aspectos morales de las leyes que penalizan el aborto

En el debate acerca de la moralidad del aborto suelen mezclarse dos discusiones que deben distinguirse: la moralidad de las leyes que penalizan el aborto, por un lado, y la evaluación moral del acto mismo de interrumpir intencionalmente un embarazo, que tiene que ver principal, aunque no exclusivamente, con el estatus moral del embrión. Es necesario distinguirlas aunque la primera suele depender de la segunda. Muchos opositores al aborto confunden ambos planos: consideran que si el aborto es inmoral, entonces debe ser ilegal, pero esto no siempre se sostiene filosóficamente. Incluso si abortar fuera inmoral, no se seguiría que deba ser ilegal; no todos los actos moralmente incorrectos son, ni deben ser, penalizados. Ronald Dworkin , por ejemplo, argumenta que el aborto puede implicar una pérdida de algo valioso (como la vida potencial), pero que esta pérdida no justifica una prohibición legal, porque no todo lo moralmente valioso puede o debe protegerse mediante el derecho penal. Asimismo, hay quienes consideran que aun cuando el aborto puede ser moralmente problemático, prohibirlo legalmente sería injusto, contraproducente o ineficaz, especialmente en contextos de desigualdad.

Se ha argumentado que la penalización puede generar más daño que beneficio, induciendo a las mujeres a abortos clandestinos e inseguros, encarcelamientos injustos y violaciones de los derechos de las mujeres . Todo esto podría conducir a una evaluación moral negativa de la ley. Así, por ejemplo, suele afirmarse que cuando se penaliza el aborto no se reduce su incidencia, sino que se desplaza a la clandestinidad. Esto ha sido ampliamente documentado por organismos internacionales. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), por ejemplo, las leyes restrictivas no disminuyen el número de abortos, pero sí aumentan su peligrosidad: “En los países en donde el aborto está muy restringido por la ley, la mayoría de los abortos son inseguros” . Bajo un contexto de inseguridad, aumentan los casos de morbilidad y de mortalidad materna, mientras que en contextos donde el aborto es legal y siguiendo las recomendaciones sanitarias de la OMS, es más seguro que un parto .

También se argumenta que la penalización del aborto es discriminatoria. En primer lugar, porque es una forma de discriminación sexual entre hombres y mujeres. Las leyes que penalizan el aborto afectan directamente a las mujeres porque es un procedimiento que solo ellas necesitan, ya que solo ellas pueden quedar embarazadas . Además, las cargas del embarazo y la crianza recaen abrumadoramente sobre las mujeres, y aunque los hombres pueden participar hasta cierto punto en el proceso, las leyes que penalizan el aborto fomentan que las mujeres enfrenten estas cargas. La penalización también es discriminatoria porque afecta desproporcionadamente a mujeres pobres, indígenas o con menor acceso a servicios médicos o asesoría legal. Las mujeres con recursos económicos y con mayor educación pueden acceder a abortos seguros ya sea viajando a lugares en donde el aborto es legal o en clínicas privadas en donde los abortos intencionales suelen disfrazarse de “abortos espontáneos”.

Otra discusión gira en torno a la cuestión de si es legítimo que el Estado imponga concepciones morales particulares, sobre todo si éstas se basan en consideraciones de carácter religioso —que suelen condenar el aborto—, en sociedades pluralistas y bajo un Estado laico en el que existen diversas concepciones del bien.

2. El estatus moral del embrión

Quienes favorecen la penalización del aborto suelen argumentar que éste no es un acto inmoral cualquiera, sino que debe ser ilegal porque el aborto constituye el asesinato de una persona con derechos que deben ser protegidos. Sin embargo, en el centro de esta discusión está la pregunta de si el embrión tiene estatus moral —es decir, si tiene un valor en sí mismo, y no en función de los intereses de terceros, y que ese valor nos imponga obligaciones morales—; esto se suele plantearse en términos de si es una persona a quien se le puedan adjudicar derechos. Quienes favorecen la despenalización suelen argumentar que el embrión no tiene estatus moral desde el momento de la concepción, sino que el valor del embrión es algo que se adquiere gradualmente. Entienden que, mientras no lo tenga, deben prevalecer los derechos de la mujer a decidir sobre su propia reproducción. Finalmente, hay quienes sostienen que el valor moral del embrión es contextual; también defienden que distintas circunstancias hacen más o menos permisible la realización de un aborto. Así, se pueden distinguir tres posturas en torno a la cuestión del estatus moral del embrión: absolutistas, gradualistas y contextualistas.

2.1 Absolutismo

Las posturas absolutistas afirman que el aborto siempre es inmoral, dado que constituye el asesinato del embrión, que es una persona con derechos desde el momento de la concepción, y por esa razón debe penalizarse .

Una vía para justificar el absolutismo es argumentando que la vida tiene un valor absoluto, que todos los otros valores son dependientes de, o son de menor jerarquía que ella, y que por lo tanto es siempre incorrecto privar a un embrión de la vida. Asimismo, se sostiene que, en un conflicto con los derechos reproductivos de la mujer, tiene mayor peso el derecho a la vida del embrión. Sin embargo, una objeción a esta postura es que el criterio de la vida es demasiado amplio: si la vida tiene un valor absoluto y todos los seres vivos tienen el mismo valor, entonces matar a cualquier ser vivo (no solo un embrión humano, sino también plantas, animales o incluso bacterias) sería moralmente incorrecto, lo que conduce a una ética impracticable . Típicamente, para resolver estos conflictos es necesario introducir un criterio
adicional al de la vida.

El absolutista puede contestar que no toda forma de vida tiene valor absoluto, sino solo la vida humana; pero entonces habría que explicar qué confiere un valor especial a la vida humana. Podría responderse en términos de las capacidades cognitivas que poseen los seres humanos (conciencia, autoconciencia, racionalidad, lenguaje, etc.). El problema radica en que el embrión no presenta ninguna de estas capacidades cognitivas sino hasta varias semanas después del inicio del proceso de gestación (como la conciencia o la sensibilidad), y algunas solo hasta después de nacido (como la autoconciencia o la racionalidad), de modo que el aborto no sería inmoral desde el momento de la concepción, como pretende el absolutismo, sino solo hasta que aparecieran esas capacidades.

Una respuesta del absolutismo es que si bien el embrión en sus primeras etapas no es todavía una persona, es una persona en potencia, es decir, que tiene la capacidad de convertirse en una persona y que por ello se le deben reconocer los mismos valor y derechos. No obstante, no solemos dar el mismo valor a las entidades potenciales que a las existentes: por ejemplo, no se valora igual un costal de semillas que un bosque. Tampoco le asignamos los mismos derechos a entidades potenciales que a las existentes: un príncipe puede ser un rey en potencia, pero no tiene los mismos derechos que el rey. Elizabeth Harman critica la idea de que un ser tenga valor moral simplemente porque podría llegar a ser una persona. Argumenta que la potencialidad no es suficiente para otorgar derechos o consideración moral. Muchos seres (como un óvulo fecundado que no se implanta, o incluso una célula madre) tienen potencial, pero no se les concede valor moral. Harman sostiene que la potencialidad por sí sola no basta para atribuir valor moral pleno a los embriones. Su valor depende de si realmente se desarrollarán como personas. Esto permite justificar el aborto temprano sin recurrir a negaciones absolutas del valor del embrión, pero también sin asumir que todos los embriones tienen el mismo valor solo por su capacidad potencial.

Otra vía de argumentación que tiene el absolutismo es afirmar que los embriones o fetos humanos tienen un valor especial porque son miembros de la especie Homo sapiens o tienen su genoma, y que dado que la especie tiene características que valoramos, el embrión tiene un valor especial. Sin embargo, no está claro por qué la mera pertenencia a una especie, que es un hecho biológico, confiere valor moral, sobre todo si los embriones no poseen todavía las características de la especie.

Una vía distinta de argumentación absolutista es la que toma el personalismo, una teoría para la que el concepto de persona es central. El personalismo —muy influyente en contextos católicos— afirma que cada individuo posee dignidad y valor inherentes en virtud de ser una persona. En el personalismo, el concepto de persona se fundamenta principalmente en la dignidad intrínseca del ser humano. Los personalistas enfatizan el valor inherente de cada ser humano, independientemente de su capacidad cognitiva, edad o condición. Si bien los personalistas reconocen aspectos como la relacionalidad, la agencia moral y la autoconciencia como características importantes de la condición de persona, estos no son prerrequisitos para ser una persona. En cambio, el ser humano se considera persona simplemente en virtud de su ser, no por lo que puede hacer o demostrar cognitivamente. En el contexto de la discusión sobre el aborto, la bioética personalista argumenta que el embrión debe ser considerado persona desde el momento de la concepción y se le debe reconocer el derecho a la vida desde ese momento . Sin embargo, el personalismo, o argumentos similares a los de esta postura, han sido frecuentemente criticados por razones similares a las ya expuestas: identifica de forma inmediata al ser humano con la persona, sin ofrecer una justificación filosófica robusta para dicha equivalencia . Desde otras corrientes, se objeta que la categoría de persona tiene una dimensión normativa, no meramente biológica, y que debe incluir elementos como la autoconciencia, la capacidad de tener intereses o de participar en relaciones morales . Además, se le critica por adoptar una ontología esencialista que otorga estatus moral pleno desde la concepción, lo que bloquea cualquier posibilidad de ponderación de derechos y conduce a conclusiones absolutistas difíciles de sostener ante casos límite (violación, inviabilidad fetal, riesgo materno, etc.).

Finalmente, un argumento prominente en la defensa del absolutismo es el de Don Marquis . Su propuesta destaca porque evita apelar a controversias sobre el estatus moral del embrión o su pertenencia a la especie humana, y en cambio se enfoca en lo que hace que matar sea, en general, algo inmoral. Lo que hace que matar a un ser humano adulto sea moralmente incorrecto no es su racionalidad, su pertenencia a la especie humana o su capacidad de sentir dolor, sino el hecho de que le priva de un “futuro como el nuestro”. Ese futuro contiene experiencias, actividades, proyectos y placeres que valoramos. Un embrión (desde muy temprano en su desarrollo) tendría ese mismo futuro, por lo que abortarlo es inmoral por la misma razón que lo es matar a un adulto: priva a alguien de un futuro valioso. “El aborto es, salvo en casos excepcionales, gravemente inmoral, hasta el punto de estar en la misma categoría moral que matar a un ser humano adulto inocente” . Sin embargo, el argumento de Marquis ha sido muy criticado. Entre otros, Walter Sinnott-Armstrong ha argumentado que el concepto de “pérdida” presupone que el embrión tiene derecho moral a un futuro, o al menos que tiene algún tipo de estatus que lo hace titular de ese futuro. Si no se justifica por qué el embrión tiene un derecho a ese futuro, no se puede concluir que ha sido privado de algo que le pertenecía. Además, Sinnott-Armstrong señala que la explicación de por qué es incorrecto matar no puede abstraerse completamente de la condición presente del sujeto (conciencia, deseos, etc.), lo que el argumento de Marquis intenta evitar. Por su parte, David Boonin critica el argumento de Marquis señalando que, incluso si aceptamos que el aborto priva al embrión de un futuro valioso, eso no implica necesariamente que sea inmoral, a menos que se muestre que el aborto viola derechos morales actuales del embrión.

2.2 Gradualismo

La postura gradualista —desarrollada por autores como Tooley , Valdés , McMahan , Ortiz Millán y DeGrazia — sostiene que el aborto es moralmente permisible dependiendo del grado de desarrollo del embrión, lo que determinará su estatus moral y su condición de persona. En las etapas iniciales del embarazo (cuando no hay sistema nervioso ni conciencia), el aborto es moralmente permisible, ya que el embrión no tiene conciencia ni otro tipo de estados mentales que le conferirían estatus moral; en etapas más avanzadas, cuando aparece la conciencia, la sensibilidad al dolor o cuando el feto ya es viable, la interrupción del embarazo requiere una justificación más fuerte.

Los gradualistas defienden que los conceptos de ser humano y de persona no son coextensivos, dado que un cigoto humano pertenece desde un inicio a la especie Homo sapiens y tiene el genoma de dicha especie, sin embargo, no es una persona desde el momento de la fertilización, sino hasta que desarrolla las características que le confieren valor, típicamente capacidades cognitivas. Los gradualistas se basan en una concepción según la cual una persona es un tipo de entidad a la que podemos atribuir características corpóreas o físicas, pero también mentales, como la conciencia. Algunos han encontrado esta definición de persona demasiado amplia y han intentado restringir el campo semántico del concepto elevando el umbral de lo que son las personas, sosteniendo que son las entidades a las que podemos atribuir no solo conciencia, sino también autoconciencia, capacidad de valorar, razonar, realizar acciones intencionales e incluso reconocer a otros individuos similares e interactua con ellos. No obstante, cuanto más se especifiquen las condiciones necesarias para la atribución de la condición de persona, más se restringe el conjunto de entidades que llamamos personas (por ejemplo, Tooley define a las personas como aquellas entidades que poseen autoconciencia, condición que no cumplen los bebés prelingüísticos, lo que implicaría la permisibilidad moral del infanticidio). Con todo, aunque el estándar para ser considerado una persona se fije simplemente en la posesión de estados mentales como la conciencia, ni los cigotos ni los embriones en etapas tempranas del embarazo caerían en la categoría de personas, por lo que no sería moralmente incorrecto terminar con su vida a través de un aborto.

Dependiendo de cuál sea el criterio para determinar la condición de persona de un embrión, será una cuestión empírica determinar en qué momento del desarrollo embrionario el individuo en gestación adquiere estatus moral o las características mínimas necesarias para que se pueda decir que es una persona. Los avances científicos en el neurodesarrollo embrionario dan información sobre la etapa en la que se puede afirmar que el embrión ha desarrollado la base neurofisiológica necesaria para atribuirle algún estado mental. Estos estudios indican que esta base no aparece en el momento de la concepción, sino entre las semanas 22 y 24 del embarazo. Solo entonces el feto ha desarrollado la placa cortical y la corteza cerebral, que permiten el surgimiento de estados mentales conscientes y de sensaciones .

2.3 Contextualismo

Como su nombre lo indica, las posturas contextualistas consideran que el aborto es moralmente permisible dependiendo del contexto. Estas perspectivas no parten de una postura esencialista acerca del estatus moral del embrión: el embrión no tiene valor en sí mismo, sino que su valor depende de la relación que la mujer gestante (o la pareja) establezca con él o de las circunstancias concretas en las que se da el embarazo y el aborto, así como del carácter y de los motivos de la mujer gestante. El aborto es o no permisible dependiendo del contexto.

Un ejemplo de una teoría contextualista que se compromete con una concepción relacional del valor del embrión es la ética del cuidado, desarrollada por autoras como Nel Noddings o Margaret Little . Su postura no se articula en términos del estatus moral del embrión, de derechos abstractos, estatus ontológico o principios universales, como en el utilitarismo o el principialismo, sino en términos de relaciones concretas, responsabilidades afectivas y contextos específicos. Según esta perspectiva, lo que confiere importancia moral al embrión es, en parte, la relación que desarrollemos con él. Si la mujer lo considera ya como su hijo, si establece una relación de cuidado, de preocupación por su bienestar, tiene un vínculo afectivo y de intimidad, entonces esa relación genera responsabilidades éticas reales. Si no hay tal vínculo —por ejemplo, en violaciones, embarazos forzados o no deseados—, la relación puede no generar las mismas obligaciones. Little argumenta que la moralidad del aborto debe evaluarse considerando el tipo de relación que la mujer establece (o no) con el embrión, lo cual es una dimensión ética irreductible a categorías normativas impersonales. Así, la moralidad no depende de la naturaleza del embrión en abstracto, sino de la relación afectiva que lo sitúa en un entramado de sentido.

La ética del cuidado se opone al uso del poder coercitivo del Estado para imponer una única moralidad sobre la maternidad o la gestación. Obligar a una mujer a continuar con un embarazo no deseado desconoce su capacidad de juicio, vulnera su integridad moral y rompe los lazos de cuidado que deberían sostenerse en la confianza y el respeto.

Un enfoque contextualista distinto es el de la ética de la virtud. En su influyente artículo “Virtue theory and abortion”, Rosalind Hursthouse afirma que “el estatus del feto [… ] según la teoría de la virtud, simplemente no es relevante para la corrección o la incorrección del aborto”. Lo relevante para determinar la moralidad de un aborto no reside en el estatus moral del feto, sino el contexto en el que se da el embarazo y su interrupción. Partiendo de una perspectiva aristotélica, Hursthouse no sostiene una regla universal de que el aborto sea siempre permisible o siempre impermisible y que dependa del estatus moral del feto o de los derechos de las mujeres —aunque tampoco niega la importancia de los derechos, pero considera que la moralidad del aborto no se agota en su legalidad o permisibilidad formal—. Por otra parte, su enfoque también se distingue del contextualismo relacional como el de Little que subraya las relaciones de dependencia y cuidado como fuentes de valor moral. El aborto, afirma Hursthouse, es una acción moralmente significativa, y su evaluación moral depende de si la decisión refleja o no virtudes como la responsabilidad, la sabiduría, la compasión y la sensibilidad hacia la vida humana. La mujer que decide abortar no es moralmente indiferente y su decisión debe ser considerada en el contexto de sus circunstancias concretas: la situación personal, su edad, su deseo de tener hijos, su capacidad para criarlos, sus compromisos morales y relacionales. Esto implica que dos abortos pueden tener valoraciones morales distintas según el carácter de quien los realiza y los motivos implicados. Desde la ética de la virtud, una acción puede ser legal y aun así reflejar un vicio moral (por ejemplo, egoísmo o frivolidad), o puede ser moralmente correcta en un contexto doloroso aunque difícil de justificar mediante reglas generales. La postura de Hursthouse puede clasificarse como contextualista en la medida en que no parte de una postura esencialista acerca del estatus moral del embrión, rechaza reglas morales absolutas, enfatiza el juicio práctico situado y considera la complejidad del contexto moral de la mujer que se practica un aborto.

El contextualismo también toma en cuenta las condiciones del embrión y las circunstancias en las que se da el embarazo, como son las violaciones, el incesto, la coerción sexual, las malformaciones genéticas o congénitas y el riesgo para la vida de la madre, que suelen verse como razones para justificar moralmente un aborto y que son causas que muchas legislaciones reconocen como legítimas para interrumpir un embarazo. Por ello, el aborto no debe ser visto como un acto frívolo moralmente reprobable, sino que puede ser moralmente permisible —incluso responsable— en muchos casos, siempre que la decisión se tome en un marco de responsabilidad ética genuina, del ejercicio de virtudes morales, de autonomía situada y no de indiferencia. Esto es algo que la teoría gradualista también puede aceptar: ambas teorías rechazan enfoques absolutistas o binarios, y abogan por una evaluación matizada de la permisibilidad del aborto, tomando en cuenta una multiplicidad de factores éticamente relevantes.

Sin embargo, se han hecho objeciones a las teorías relacionales o contextualistas sobre el estatus moral del embrión. Por ejemplo, si se afirma que el embrión adquiere valor moral solo en virtud de la relación que se establece con él (por ejemplo, cuando la mujer lo desea, lo espera o lo reconoce), se corre el riesgo de incurrir en una petición de principio: se presupone valor para poder establecer la relación, y luego se afirma que la relación es la que genera ese valor. Esto sugiere una circularidad normativa: si la mujer lo gesta con afecto o lo considera su hijo, se dice que “ahora tiene valor”, pero para que se dé esa actitud (cuidado, responsabilidad, espera), ya hay implícito un reconocimiento de valor .

3. Los derechos de la mujer

Incluso concediendo que el embrión tuviera estatus moral, fuera una persona y tuviera derechos desde el momento de la concepción, de ello no se sigue automáticamente que la mujer tenga una obligación de llevar a término el embarazo y que el Estado pueda forzarla a gestarlo, sobre todo si se toman en cuenta sus derechos. Judith Jarvis Thomson ha sostenido que incluso reconociéndole al embrión la condición de persona y su derecho a la vida, no se sigue automáticamente que se pueda forzar a una mujer a gestarlo. En un conocido experimento de pensamiento, Thomson argumenta que si la vida de un famoso violinista dependiera de que alguien estuviera conectado a él por nueve meses, no se seguiría que esa persona tendría la obligación de mantenerse conectada. El punto clave de Thomson es que tener derecho a la vida no implica tener derecho a usar el cuerpo de otra persona para sostener esa vida. Así, Thomson cambia el eje del debate, que ya no se centra exclusivamente en torno al estatus moral del embrión, sino que se desplaza hacia una teoría de los derechos, de los límites del deber y del control sobre el propio cuerpo.

Otra vía similar que no entra a discutir el estatus moral del embrión, pero que reconoce los derechos fundamentales que tienen las mujeres, al tiempo que reconoce el derecho a la vida del embrión (sin absolutizarlo) es la que han tomado algunas cortes constitucionales y tribunales superiores (como sucedió en Colombia o en Alemania) para sus fallos sobre el tema. Éstas reconocen que estos dos derechos se encuentran en tensión y optan por una ponderación entre principios constitucionales, que es una técnica común en el derecho comparado contemporáneo, según la cual el derecho de la mujer prevalece durante las primeras etapas del embarazo (hasta el fin del primer trimestre, por ejemplo), mientras que el del feto lo hace en etapas posteriores.

Estos enfoques suelen tener en cuenta que las leyes restrictivas sobre el aborto violan los derechos de las mujeres. Se suele hacer referencia a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres para englobar el conjunto de derechos que están en juego: el derecho a la salud, a la integridad, a la privacidad y a la libertad reproductiva, a la autonomía, a la dignidad y a la no discriminación, entre otros derechos . Las leyes restrictivas en torno al aborto, se argumenta, son violatorias de estos derechos, especialmente cuando obligan a continuar con embarazos inviables o producto de violación.

4. Aborto, tecnologías reproductivas y discriminación

Hay otras cuestiones en la discusión ética sobre el aborto que han cobrado relevancia debido sobre todo al avance de la tecnología reproductiva y la selección embrionaria (como el diagnóstico genético preimplantacional, la ecografía temprana o las pruebas genéticas no invasivas). Sobresalen las cuestiones sobre si es moralmente permisible abortar por razones como la selección del sexo del embrión, detección de alguna discapacidad o por rasgos genéticos no patológicos (selección por preferencias estéticas o sociales). Aquí confluyen temas de eugenesia, capacitismo, y discriminación estructural. Las tecnologías de selección fetal han ampliado el espectro ético del aborto, y han mostrado que la justificación del acto no puede desligarse del motivo. Aunque el derecho a decidir sigue siendo central, no toda decisión se considera éticamente neutral o aceptable. La selección por motivos discriminatorios puede reforzar prejuicios sociales, incluso si se ejerce individualmente. Quienes discuten estos temas (por ejemplo, ) buscan llegar a un equilibrio entre respetar la autonomía reproductiva y evitar prácticas socialmente perjudiciales o moralmente objetables.

5.Consideraciones finales

El debate ético sobre el aborto continúa siendo uno de los más complejos y cargados de tensiones normativas en la bioética contemporánea. A lo largo de esta entrada se han revisado distintas posturas y se han presentado argumentos filosóficos, jurídicos y feministas que muestran que no es posible resolver la cuestión únicamente apelando al estatus moral del embrión. Entre los desafíos pendientes se encuentran los dilemas planteados por el avance de la selección prenatal, los límites de la autonomía reproductiva, el papel del Estado en la regulación del aborto, y el papel de los varones en decisiones reproductivas. Estos temas invitan a seguir pensando el aborto no solo como una cuestión moral abstracta, sino también como un problema que exige una reflexión crítica situada, plural y sensible a las condiciones reales en las que ocurren los embarazos y sus interrupciones.

Gustavo Ortiz Millán
(Universidad Nacional Autónoma de México)

Referencias

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Como citar esta entrada

Ortiz Millán, Gustavo. (2026). Ética del aborto. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica http://www.sefaweb.es/la-etica-del-aborto/

 

Ética de la desinformación

Introducción

La desinformación se ha convertido en uno de los principales desafíos éticos y políticos de nuestro tiempo. La proliferación de contenidos falsos o manipulados, potenciada por la digitalización y el avance de tecnologías de inteligencia artificial, compromete los principios democráticos, la deliberación pública, el derecho a la información veraz e impulsa actitudes de ignorancia activa que alteran de manera preocupante la percepción social de la ciencia, fomentando posturas negacionistas o anticientíficas. La instantaneidad de las redes, la sofisticación de las tecnologías y la erosión de la confianza informativa han redibujado los contornos del debate sobre la verdad, la opinión pública y la responsabilidad individual y colectiva. En las siguientes secciones, se analizan las definiciones y dimensiones del fenómeno, sus retos éticos, epistémicos y políticos, y las principales estrategias normativas, institucionales, tecnológicas y educativas para abordar la desinformación. El enfoque adoptado es integrador y multidisciplinar, combinando perspectivas de la filosofía, la ciencia de la información y la teoría democrática.

1. El fenómeno de la desinformación: definiciones, complejidad e impacto en la sociedad

En un sentido amplio e intuitivo, puede entenderse la desinformación como cualquier transmisión de información —sea intencionada o no— que produce efectos adversos sobre la comprensión, el conocimiento o las prácticas epistémicas, tanto a nivel individual como colectivo. Esta aproximación permite incluir no solo los casos deliberados de manipulación, sino también aquellos fenómenos en los que la difusión acrítica o negligente de contenidos erróneos contribuye a erosionar las condiciones para el juicio informado y el debate público. La desinformación se ha convertido en una amenaza híbrida que atraviesa dimensiones políticas, económicas, sociales, tecnológicas y cognitivas. Aunque las manifestaciones concretas son tan variadas que existe ya una amplia terminología propia de este campo de estudios emergente (Arce García et al 2025), se suelen establecer tres categorías principales dentro de los desórdenes informativos (Wardle/Derakhshan 2017): a) Disinformation (desinformación en sentido estricto) designa la difusión intencionada de datos falsos para engañar o manipular. b) Misinformation (información errónea) se refiere a la circulación de falsedades por error, descuido o desconocimiento. c) Malinformation (información dañina) designa el uso perjudicial de información verídica, p. ej. la revelación dañina de datos privados. Dada la dificultad de determinar la intencionalidad del emisor y la complejidad de su circulación en espacios digitales, “desinformación” se usa también como término genérico para los usos nocivos de la comunicación.

El fenómeno de la desinformación es complejo, multifacético y su enorme impacto en la sociedad se debe a una serie de factores estructurales del nuevo ecosistema informativo: a) La hiperabundancia de información (infodemia, infoxicación) que reduce la capacidad de análisis crítico y aumenta la vulnerabilidad cognitiva ante sesgos y rumores (Byung-Chul 2022). b) El diseño algorítmico de las plataformas de comunicación masiva que crea perfiles psicográficos de los usuarios y moldea así los contenidos que ven, siguiendo las reglas de la economía de la atención, favoreciendo cámaras de eco y reforzando la polarización (Sánchez Martínez 2025). c) El capitalismo de vigilancia que convierte la extracción y comercialización de datos en el nuevo motor de poder y manipulación (Zuboff 2020). d) La fragmentación de la esfera pública común que se desintegra en burbujas ideológicas, comunidades cerradas y cada vez más radicalizadas, y la desaparición de los límites entre la esfera pública, la privada e incluso el espacio íntimo de las personas (Habermas 2025, Arias Maldonado 2024, López García/Campos Domínguez 2025).

Estos factores debilitan los consensos sociales mínimos, socavan la autonomía y autoridad epistémica y erosionan la confianza tanto en los medios como en las instituciones. La irrupción del espacio digital en las democracias complejas de nuestro tiempo ha creado nuevos actores y amenazas a la calidad del debate cívico (Innerarity 2020). La prometedora era de la información ha fomentado las políticas de la posverdad y el pensamiento posfáctico, fenómenos que socavan la diferencia entre verdad y mentira, realidad y ficción, conocimiento y opinión (Wagner 2022). Así, las democracias contemporáneas colapsan gradualmente, no por golpes de Estado, sino por el deterioro interno a manos de líderes electos y partidos políticos que erosionan las normas democráticas desde dentro (Levitsky/Ziblatt 2018). De este modo, las democracias padecen procesos de autocratización progresivos (V-DEM 2023, 2024).

Al mismo tiempo, y vinculado con ello, la desinformación ha fomentado actitudes de ignorancia activa que ponen en entredicho no sólo consensos científicos, por ejemplo, respecto a la crisis climática antropogénica, la eficiencia de las vacunas o la forma de nuestro planeta, sino la objetividad y la integridad científica en general. En respuesta a las diversas posturas pseudo-escépticas han surgido nuevas líneas de investigación en el ámbito de la filosofía de la ciencia y de la epistemología: el campo de la agnotología, del estudio de la ignorancia o duda inducida (Proctor/Schiebinger 2022, Oreskes/Conway 2018), y la investigación sobre negacionismo y conspiracionismo (Diéguez 2022, Ambienta nº 138, Taguieff 2025).

Las dinámicas que configuran los fenómenos de la posverdad se desarrollan mediante procesos entrelazados que pueden organizarse del siguiente modo: a) Escalada afectiva: La movilización emocional prevalece sobre el análisis racional, favoreciendo la identificación grupal, la proliferación de estereotipos y la intensificación de ciclos de indignación y antagonismo social. b) Erosión normativa: Se debilitan los estándares tradicionales del debate público, la verificación y la evidencia, lo que genera escepticismo frente a toda autoridad epistémica y frente al conocimiento experto. c) Vulnerabilidad estructural: Las infraestructuras digitales, orientadas por incentivos económicos y políticos, facilitan la difusión viral de ignorancia manufacturada y refuerzan las divisiones sociales, consolidando burbujas ideológicas y zonas de polarización. d) Ciclos autorreforzados: Todos estos factores interactúan y se potencian mutuamente, encerrando a las sociedades en estados persistentes de crisis epistémica marcados por una caída sostenida de la confianza, el retraimiento del pluralismo y la desafección democrática.

2. Retos ético-políticos 

 2.1 Autonomía, manipulación y confianza social

Desde una perspectiva ética, la desinformación representa un ataque a la autonomía del individuo, ya que manipula sus procesos de formación de creencias y decisiones. El mercado de la atención con sus aplicaciones digitales para vender, enganchar y aumentar el consumo, paradójicamente reduce las capacidades de atención, de memoria, de empatía (Carr 2014) y transforma genuinamente la creatividad (Albar Mansoa 2024). El perfilado digital o digital profiling, basado en la recolección masiva y el análisis automatizado de datos personales y comportamentales, transforma a los individuos además en objetos de segmentación comercial, política y psicológica sofisticada. A través de la personalización algorítmica, esta vigilancia invisible condiciona tanto la exposición informativa como las preferencias, erosionando la autonomía crítica de cada sujeto y favoreciendo la manipulación emocional y cognitiva a gran escala. Como resultado, disminuye la capacidad de deliberación genuina y se estrechan los márgenes de libertad intelectual, con implicaciones profundas para la autodeterminación y la ciudadanía democrática. Así, las tecnologías del entorno digital afectan cada vez más a la concepción de la realidad y a la identidad personal, social y cultural, generando nuevas formas de dominación al nivel psíquico, físico y jurídico (Echeverría/Almendros 2020). La desinformación erosiona además la confianza, no solo entre ciudadanos, sino también respecto a instituciones, medios y expertos. El daño causado no se limita al ámbito individual, sino que repercute en el tejido social: incide sobre el clima de polarización y crispación, la deslegitimación política, y el debilitamiento de comunidades epistémicas, claves en la transmisión fiable de conocimiento.

2.2 Democracia, opinión pública y pluralidad

El impacto político de la desinformación es especialmente problemático en contextos electorales, debates públicos sensibles o en situaciones de crisis. La manipulación informativa puede inclinar resultados electorales, fomentar el enfrentamiento y socavar la deliberación plural. Frente a ello, las teorías de la democracia deliberativa subrayan que el acceso igualitario a una información veraz es condición de posibilidad para el autogobierno democrático y la justicia.

No obstante, la relación entre democracia, opinión pública y pluralidad informativa en redes digitales presenta una notable complejidad que varía significativamente según el diseño algorítmico y las dinámicas propias de cada plataforma. Si bien existe consenso acerca del potencial de las redes para favorecer burbujas epistémicas y dinámicas de uniformidad, este fenómeno no es uniforme ni automático en todos los contextos. Estudios comparativos demuestran que plataformas como X (Twitter) tienden a intensificar la polarización emocional y el alineamiento grupal mediante algoritmos de recomendación y tendencias, mientras que espacios emergentes como Bluesky o Mastodon promueven mayor descentralización, diversidad de fuentes y control comunitario, aunque no están exentos de la formación de comunidades cerradas o burbujas ideológicas.

La pluralidad en redes sociales, lejos de ser una cuestión dicotómica, se encuentra condicionada por factores que incluyen la arquitectura técnica, los modelos de negocio, la gobernanza digital y las prácticas participativas de los usuarios. La fragmentación de audiencias y la aparición de cámaras de eco no necesariamente implica el cierre absoluto al disenso, sino que puede coexistir con formas de creatividad, activismo y deliberación plural que desafían la homogeneización informativa (Velasco 2023, Torcal 2023).

Al mismo tiempo, hay que subrayar que no todo disenso en redes contribuye a fortalecer la pluralidad y la deliberación democrática; conviene distinguir entre un disenso constructivo, que reconoce la legitimidad del desacuerdo y fomenta el diálogo abierto entre interlocutores diversos, y un disenso destructivo, que transforma el desacuerdo en hostilidad y quiebra los consensos mínimos necesarios para la convivencia democrática. El primero impulsa la apertura y la revisión autocrítica, mientras que el segundo perpetúa divisiones irreconciliables y obstaculiza cualquier posibilidad de renovación democrática.

2.3 Libertad de expresión frente a regulación

El debate regulatorio sobre la desinformación sitúa en primer plano la difícil ponderación entre la protección de la libertad de expresión y la salvaguarda de otros derechos fundamentales, como el derecho al honor, la intimidad, la propia imagen o, de forma destacada, el derecho a recibir información veraz, reconocido en el artículo 20 de la Constitución española. Si bien toda intervención regulatoria debe evitar la censura arbitraria o desproporcionada, resulta igualmente fundamental articular mecanismos eficaces que permitan limitar la difusión de contenidos falsos y protejan a la ciudadanía frente a los impactos sociales y democráticos de la desinformación. La clave reside en construir instrumentos normativos y técnicos que garanticen tanto el pluralismo informativo y la transparencia de los procesos de moderación, como la protección judicial y la posibilidad real de recurso frente a eventuales abusos o restricciones indebidas.

3. Enfoques éticos frente a la desinformación

3.1 Enfoque institucional: actores y distribución de responsabilidades

El desafío de la desinformación es ante todo sistémico: implica múltiples actores, cada uno con responsabilidades éticas propias y diferenciadas. a) Los medios de comunicación deben comprometerse con la verificación rigurosa, evitando el sensacionalismo y el clickbait. b) Las plataformas digitales han adquirido un papel estructural en la amplificación o contención del fenómeno: sus decisiones de diseño algorítmico, moderación y recomendación de contenidos poseen impactos éticos directos y deben regirse por estándares de transparencia, explicabilidad y responsabilidad. c) Los Estados tienen la obligación de salvaguardar la integridad de la esfera pública sin incurrir en censura, asegurando que cualquier intervención sea proporcionada, respetuosa de los derechos humanos y sujeta a control democrático. d) Las instituciones educativas y la sociedad civil cumplen una función formativa fundamental: fomentar la alfabetización mediática, el escepticismo razonado y la cultura deliberativa que permitan resistir la manipulación informativa. e) Finalmente, la comunidad científica y académica debe ofrecer conocimiento riguroso, identificar tendencias emergentes, y participar activamente en la elaboración de políticas y marcos normativos. El reto sistémico de la desinformación requiere una respuesta en clave de responsabilidad compartida y estructural, donde cada actor ejerza sus capacidades en un entramado cooperativo.

3.2 Enfoque regulativo: tensiones entre libertad y control

Regular la desinformación plantea desafíos éticos y jurídicos de gran calado, en los que se tensionan los principios de libertad de expresión y protección frente al daño. La libertad de expresión, reconocida como derecho fundamental, debe articularse con mecanismos que eviten la censura arbitraria y permitan el pluralismo, al tiempo que protejan a la ciudadanía del impacto de narrativas abiertamente engañosas o peligrosas. En la práctica, existen modelos de regulación que abarcan desde la autorregulación sectorial hasta la intervención estatal, pasando por instrumentos supranacionales o recomendaciones de la UNESCO. En los últimos años, la Unión Europea ha avanzado en la creación de marcos regulatorios, como el Código de Buenas Prácticas sobre Desinformación, la Ley de Servicios Digitales, la Ley de Mercados Digitales, o la Ley de Inteligencia Artificial (Oficina C 2023). Todos estos modelos enfrentan el dilema de quién decide qué se considera desinformación punible, cómo garantizar la proporcionalidad y legalidad en medidas restrictivas, y de qué modo evitar la instrumentalización política de estas herramientas.

La moderación algorítmica de contenidos, dependiente de tecnologías opacas y no siempre auditables, añade retos de justicia y explicabilidad: los riesgos de sesgo sistémico o discriminación pueden trasladar el núcleo del problema ético desde el individuo al diseño y la gobernanza de los sistemas automatizados de gestión informativa. Por ello, una ética regulativa requiere también marcos de rendición de cuentas (accountability), mecanismos de recurso y apelación ante decisiones automatizadas y procedimientos de gobernanza democrática, así como la cooperación internacional para evitar vacíos normativos o fragmentaciones legislativas explotadas por actores maliciosos.

En este marco, la clave reside en diseñar mecanismos normativos y técnicos que, lejos de caer en la censura arbitraria o la impunidad informativa, garanticen tanto el pluralismo y la transparencia como el derecho de rectificación y la posibilidad de recurso ante eventuales restricciones indebidas. La eficacia de la protección dependerá de que los procedimientos regulatorios sean proporcionales, sujetos a control democrático y dotados de salvaguardias que preserven la legitimidad y confianza en el sistema informativo, consolidando así una esfera pública digna de sociedades libres y críticas.

3.3 Enfoque tecnológico: diseño ético de plataformas y herramientas

El enfoque tecnológico reconoce que el propio diseño de las infraestructuras digitales condiciona profundamente cómo circula, se produce y se consume la información. Las plataformas no son meros instrumentos neutrales: sus arquitecturas, algoritmos de recomendación y sistemas de moderación automatizada influyen directamente en la amplificación de la desinformación y en la formación de burbujas epistémicas. La irrupción de la inteligencia artificial generativa ha proporcionado, además, nuevas herramientas y formatos para la desinformación (deep fakes de vídeo y audio, imágenes manipuladas, textos automatizados, la simulación de cuentas y perfiles, etc.).

Este enfoque ha generado el desarrollo de los llamados principios de la ética algorítmica y las éticas de la inteligencia artificial (cf. Coeckelberg 2023, Floridi 2024, Lara & Deckers 2023). Los valores clave en el diseño tecnológico responsable son los siguientes: a) Transparencia algorítmica: los criterios bajo los cuales los sistemas priorizan, limitan o visibilizan contenidos deben ser comprendidos y auditables tanto por expertos como por usuarios comunes. b) Explicabilidad y rendición de cuentas: las decisiones automatizadas (por ejemplo, la eliminación de contenidos titulados de desinformación) deben poder ser explicadas públicamente y estar sujetas a apelación y revisión. c) Protección de la privacidad: la recolección y procesamiento de datos personales, especialmente con fines de perfilar conductas o segmentar audiencias, exige el consentimiento informado y mecanismos robustos para evitar abusos, manipulación y filtraciones. d) Robustez y sostenibilidad: los sistemas deben ser técnicamente sólidos, resilientes ante fallos, ataques o sesgos, y socialmente sostenibles, evitando reforzar desigualdades o exclusiones contextuales. e) Consentimiento y autonomía: las interfaces tecnológicas deben facilitar decisiones comprensibles, opciones claras para los usuarios y respeto por la autonomía epistémica y moral de cada individuo. f) Gobernanza participativa: los procesos de desarrollo y supervisión deben involucrar a actores sociales diversos, incluyendo usuarios, expertos en ética, organizaciones civiles y grupos tradicionalmente marginados, para anticipar riesgos y corregir sesgos antes de que se consoliden en el diseño. Finalmente, la ética del diseño tecnológico enfatiza que la lucha contra la desinformación requiere, más allá de la eficiencia técnica, una orientación activa hacia la justicia informativa, la pluralidad y la construcción de confianza colectiva en la esfera pública digital.

3.4 Enfoque educativo: alfabetización mediática y ética epistémica

El enfoque educativo asume que la mejor defensa a largo plazo contra la desinformación es el fortalecimiento de la autonomía crítica de los ciudadanos y la construcción de una cultura epistémica robusta en la sociedad digital. Lejos de limitarse a competencias instrumentales, la alfabetización mediática es un proceso formativo integral que incluye: a) Capacitación para identificar fuentes confiables y métodos efectivos de verificación de información. b) Comprensión de las lógicas de los algoritmos, del fenómeno viral y de las burbujas informativas o cámaras de eco. c) Sensibilidad ante los sesgos cognitivos recurrentes (Kahnemann 2021, Botella I Soler/López Alós 2025), las injusticias epistémicas (Fricker 2017) y ante la manipulación afectiva que propician bulos y rumores.

Desde la ética epistémica, se subraya que educar en el juicio crítico implica no sólo ofrecer herramientas para detectar contenido falso, sino también fomentar una actitud reflexiva y humilde ante la propia vulnerabilidad cognitiva (González Castán 2023). Esto incluye: a) Reconocer los límites del propio saber y la importancia del disenso razonado. b) Desarrollar habilidades para la revisión activa de creencias e informaciones frente a la presión grupal y la polarización digital. c) Recuperar la importancia del diálogo y ejercitar la empatía y el respeto en contextos de debate, como antídoto frente a la demonización y deshumanización del otro. A nivel práctico, la alfabetización mediática debe incorporarse de manera transversal en la educación formal y en las políticas públicas para el acceso universal a recursos de verificación, así como en la formación permanente de periodistas y comunicadores. Promover la resiliencia informacional implica asumir que el error es una constante en la vida democrática y que la clave está en cultivar una ciudadanía capaz de resistir la manipulación, dialogar y contribuir activamente a la salud epistemológica de la esfera pública.

4. Conclusiones

La desinformación supone uno de los mayores retos éticos, epistémicos y políticos de la sociedad digital contemporánea. Su expansión es resultado de dinámicas complejas –económicas, tecnológicas, cognitivas y sociales– que erosionan la confianza pública, la deliberación democrática y la autonomía informativa. El fenómeno desafía los principios de veracidad, responsabilidad y justicia informativa, exigiendo respuestas coordinadas desde la ética normativa, la regulación institucional y el diseño tecnológico responsable.

Frente a una crisis sistémica marcada por la fragmentación, la manipulación algorítmica y la vulnerabilidad cognitiva, solo un enfoque realmente integrado y multidimensional—anclado en la responsabilidad compartida de instituciones, medios, plataformas, sociedad civil y ciudadanía—puede ofrecer respuestas eficaces y justas. No basta con regular o monitorizar; fortalecer la cultura democrática exige reinventar la corresponsabilidad epistémica y generar marcos de transparencia, pluralidad y protección para la autonomía ciudadana. Esto implica repensar nuestros sistemas de gobernanza, nuestra alfabetización crítica y la exigencia ética hacia quienes diseñan y gestionan los entornos digitales.

Este desafío, lejos de condenarnos al escepticismo o al repliegue, abre la posibilidad de una regeneración colectiva. La oportunidad reside en cuidar y reconstruir los espacios para el disenso respetuoso, la colaboración intersectorial y la deliberación informada; en practicar una esperanza cívica activa, crítica y hospitalaria, que convierta cada conversación y cada acto de confianza, diálogo abierto y escucha activa en semillas de un espacio público digital más plural, justo y resiliente. Re-imaginar juntos la comunicación responsable es tanto una urgencia ética como una promesa para revitalizar nuestra vida democrática en la era digital.

Referencias

  • Albar Mansoa, J., coord. (2024). Innovación y expresión: un recorrido por las artes, la cultura visual y la inteligencia artificial en la era digital. Madrid: Dykinson.
  • Arce García, S. et al. (2025). «125 términos sobre desinformación». En: Trabajos del Foro contra las Campañas de Desinformación: Iniciativas 2024, 8-29. Gobierno de España. Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
  • Arias Maldonado, Manuel (2024). (Pos)verdad y democracia. Barcelona: Página indómita.
  • Botella i Soler, V. / López Alós, J. (2025). Por qué pensamos lo que pensamos. Barcelona: Arpa Editores.
  • Byung-Chul, Han (2022). Infocracia. La digitalización y la crisis de la democracia. Barcelona: Taurus.
  • Carr, N. (2014). Atrapados. Cómo las máquinas se apoderan de nuestras vidas. Barcelona: Taurus.
  • Coeckelbergh, M. (2023). La filosofía política de la inteligencia artificial. Madrid: Cátedra.
  • Diéguez, A. (2024). La ciencia en cuestión. Disenso, negación y objetividad. Barcelona: Herder.
  • Echeverría, J. / Almendros, L. (2020). Técnopersonas. Cómo las tecnologías nos transforman. Gijón: Ediciones Trea.
  • Floridi, L. (2024). Ética de la Inteligencia Artificial. Barcelona: Herder.
  • Fricker, M. (2017). Injusticia epistémica. El poder y la ética del conocimiento. Barcelona: Herder Editorial.
  • González Castán, O. (2023). Cognitive Vulnerability. An Epistemological Approach. Berlín/Boston: De Gruyter.
  • Habermas, J. (2025). Un nuevo cambio estructural de la esfera pública y la política deliberativa. Madrid: Trotta.
  • Innerarity, D. (2020). Una teoría de la democracia compleja. Barcelona: Galaxia Gutenberg.
  • Kahnemann, D. (2021). Pensar rápido, pensar despacio. Barcelona: Editorial DeBolsillo.
  • Lara, F. / Deckers, J., eds. (2023). Ethics of Artificial Intelligence. Cham: Springer.
  • Levitsky, S. / Ziblatt, D. (2018). Cómo mueren las democracias. Barcelona: Ariel.
  • López García, G. / Campos Domínguez, E., eds. (2025). La esfera pública posmediática y sus flujos de comunicación. Madrid: Catarata.
  • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (2024): Negacionismo. Estratégias y mentiras para retardar la acción climática. Revista Ambienta 138.
  • Oficina de Ciencia y Tecnología del Congreso de Diputados (2023) Informe C: Desinformación en la era digital. Una amenaza compleja para las democracias. www.doi.org/10.57952/j3p6-9086
  • Oreskes, N. / Conway, E. M. (2018). Mercaderes de la duda. Madrid: Capitán Swing.
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  • Zuboff, S. (2020). La era del capitalismo de la vigilancia. La lucha por un futuro humano frente a las nuevas fronteras del poder. Barcelona: Paidós.

Lecturas adicionales recomendadas

  • Cortina, A. (2024). ¿Ética o ideología de la inteligencia artificial? El eclipse de la razón comunicativa en una sociedad tecnologizada. Barcelona: Paidós.
  • Camps, V. (2011). El gobierno de las emociones. Barcelona: Herder.
  • D’Ancona, M. (2019). Posverdad. La nueva guerra en torno a la verdad y cómo combatirla. Madrid: Alianza.
  • García Marzá, D. / Calvo, P. “2022). Algorithmic democracy: A critical perspective from deliberative democracy, Cham: Springer.
  • Miller, L. (2023). Polarizados. La política que nos divide. Barcelona: Ediciones Deusto.
  • Rúas Araujo, J. / Fontenla Pedreira, J., eds. (2023). Contra la desinformación. Manual de herramientas y discursos didácticos para el aula. Madrid: Editorial Fragua. https://debatrue.com/manual-contra-la-desinformacion/
  • Sunstein, C.R. (2018). #Republic: Divided Democracy in the Age of Social Media. Princeton University Press.

Informes

Entradas relacionadas

Cómo citar esta entrada

Wagner,  A. (2025). Ética de la desinformación. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/etica-de-la-desinformacion/

 

 

Progreso moral

Esta entrada tiene como objetivo presentar los enfoques filosóficos más influyentes en torno al progreso moral. Aunque no contamos con teorías unitarias sobre el progreso moral, varios ámbitos temáticos sirven de punto de encuentro de diferentes perspectivas, autores y enfoques. Esta entrada se organiza en torno a cinco de esos grandes ámbitos: el concepto del ‘progreso moral’ (sección 1), los límites al progreso moral fijados por nuestra biología y por las dinámicas de transmisión cultural (secciones 2 y 3), los distintos mecanismos que contribuyen al progreso moral (sección 4) y el conjunto de cuestiones normativas que surgen al evaluar el progreso moral (sección 5).

1. ¿De qué hablamos cuando hablamos de progreso moral?

 El núcleo del concepto de progreso moral parece bastante claro y podemos encontrar un amplio consenso en torno a un sentido mínimo. Como ha señalado Dale Jamieson, “el progreso moral ocurre cuando un estado de cosas posterior es moralmente mejor que un estado de cosas anterior” (Jamieson 2002, p. 318). Más allá de este acuerdo mínimo, el debate reciente ha ejemplificado ‘dimensiones’ adicionales del concepto, dimensiones sobre las que existe desacuerdo y sobre las que se articularían distintas ‘concepciones’ del progreso moral (Sauer 2023).

Las concepciones monistas del progreso moral defienden que el avance moral entre dos estadios temporales se determina considerando un único valor, por ejemplo, la utilidad o el bienestar general (Singer 2011). Las concepciones pluralistas, en cambio, afirman que el progreso moral se determina a partir de un conjunto plural de valores morales, lo que requiere un ejercicio comparativo en principio más complejo (Nussbaum 2011).

El progreso moral puede entenderse en sentido amplio o en sentido estrecho (Sauer et al. 2021). Para algunos teóricos, cualquier instancia de progreso moral debe implicar una mejora de tipo moral, esto es, una mejora de la motivación moral, de las virtudes morales o de la deliberación moral dentro de una determinada población o grupo (Buchanan & Powell 2018 p. 48-53). Sin negar la centralidad de este sentido estrecho, otros teóricos apuntan que no tenemos problema en describir como progreso moral algunos cambios sociales o desarrollos tecnológico-institucionales que tienen consecuencias moralmente deseables, pero que no implican mejoras morales en una determinada población o grupo (Sauer 2023). El descubrimiento de una vacuna que salva millones de vidas sería un ejemplo de progreso moral en este sentido amplio. Otro ejemplo sería la reducción de la tasa de homicidios en Europa durante los últimos cuatrocientos años (Pinker 2011). En ninguno de estos casos necesitamos postular cambios específicamente morales en una población para explicar las consecuencias moralmente deseables.

Podemos aventurarnos a afirmar que nuestra sociedad es mejor que la de hace cien años, o que en nuestro país se vive mejor que en tal o cual otro. En estos casos hacemos afirmaciones globales de progreso moral. Otras veces, en cambio, nuestros juicios de progreso moral tienen un foco más limitado o local (Macklin, R. 1977. p. 373. Kitcher 2011. p. 242-245). Podemos decir, por ejemplo, que el proceso histórico que desembocó en la abolición de la esclavitud en EEUU en los últimos años del siglo XIX es un caso claro de progreso moral. Nos centramos en un determinado momento histórico sin implicar nada sobre la calidad moral de los EEUU en su conjunto. Debido a la inherente complejidad epistémica de los juicios globales de progreso moral (Buchanan & Powell 2018), pero también por las tensiones éticas que esas afirmaciones llevan aparejadas (Macklin 1977. Moody-Adams 1999), el debate reciente ha apelado de forma mayoritaria a juicios o afirmaciones locales (Anderson 2016).

Atendiendo a episodios históricos concretos, algunos teóricos han identificado diferentes tipos de progreso moral, esto es, esquemas explicativos que se repiten en dinámicas localizadas de cambio moral progresivo. En algunos casos, el progreso moral consiste en la ampliación del círculo moral a un colectivo que carecía de estatus moral (Singer 2011). En otros, tiene que ver con una mejora en el cumplimiento de normas ya vigentes (Macklin 1977). El progreso moral puede implicar también una mejora en la motivación moral de una población, en la extensión de perfiles motivacionales que son más sensibles a consideraciones imparciales (Buchanan & Powell 2018. p. 54-56). En algunos momentos históricos, en cambio, contar con mejores conceptos morales puede resultar crítico para dar voz a la experiencia de grupos excluidos u oprimidos (Fricker 2007). El progreso moral puede consistir también en sacar del campo de juego moral algunas prácticas o conductas que no deben ser objeto de evaluación moral – demoralización. Pero también podemos progresar moralmente cuando moralizamos conductas o costumbres que han venido aceptándose sin demasiados problemas (Baker 2019). Una forma particularmente avanzada de progreso moral pasa por contar con buenas teorías del progreso moral (Buchanan & Powell 2018).

La enumeración de estas distintas dimensiones del progreso moral debe tenerse presente al evaluar y comparar distintas propuestas sobre el progreso moral. En ocasiones, posiciones aparentemente opuestas no lo son tanto, bien porque se ocupan de dimensiones diferentes del progreso moral, o porque limitan su análisis a un caso histórico concreto.

2. Naturaleza humana y progreso moral

 Para algunos ‘conservadores evolutivos’ la naturaleza humana supone una barrera clara para el progreso moral (Haidt 2012). Nuestra empatía o nuestra capacidad para cooperar están limitadas por los contextos ecológicos desde los que evolucionamos como especie. Esos contextos favorecieron tendencias o disposiciones exclusivistas, tendencias que privilegiaban la cooperación con los miembros del propio grupo y que limitan de forma importante la ampliación del círculo moral (Greene 2013).

Algunos teóricos del progreso moral dan por bueno este argumento general, pero recuerdan que el progreso moral es más variado que la ampliación del círculo moral. Incluso si la ampliación del círculo moral tiene un límite biológico, el progreso moral puede promoverse por otras vías, como la mejora de nuestros conceptos o de ciertas virtudes que contrapesen esas motivaciones limitadas (Sauer 2023). Otros teóricos cuestionan directamente alguno de los supuestos del argumento ‘evo-conservador’. Veamos las dos líneas críticas más influyentes en este sentido.

Una posible forma de resistir el argumento evo-conservador podría aceptar que nuestras tendencias inclusivas tienen un límite fijado por la biología, acentuando al mismo tiempo que existen herramientas culturales que nos permitirían ampliar nuestro ‘círculo moral’ (Sauer 2023. Capítulo 2). Philip Kitcher ha defendido que nuestra capacidad innata para ajustar nuestra conducta de acuerdo con normas cooperativas ha ido conformando una tecnología cultural que nos permite deliberar en grupo en torno a esas normas, contribuyendo a solucionar los problemas ligados a su aplicación. Nuestra deliberación moral ofrecería una tecnología cultural compleja que nos permitiría solucionar los sucesivos ‘fallos de altruismo’ a los que se ha enfrentado nuestra especie como consecuencia de nuestra limitada empatía (Kitcher 2011. Capítulo 2-4).

Otra posibilidad para resistir el argumento evo-conservador pasaría por examinar algunos de los presupuestos básicos de la historia evolutiva esbozado arriba. Para Buchanan y Powell, por ejemplo, podría cuestionarse que los contextos evolutivos desde los que evolucionamos como especie hubiesen favorecido tendencias exclusivistas rígidas. Nuestra historia evolutiva podría incluir diversos estadios en los que una disposición cooperativa flexible pudo resultar adaptativa (Buchanan & Powell 2023. Capítulo 4-5). Esta puntualización sustenta una hipótesis más general sobre los mecanismos que animan el progreso moral. Según esta, para que la ampliación del círculo moral se produzca, será necesario que se den ciertas condiciones ecológicas y materiales – relativo bienestar material, no percibir amenazas por parte de otros grupos, etc. (Buchanan 2020. Capítulo 7).

3. Cultura y progreso moral

 Como acabamos de ver, algunas de las soluciones que se proponen para integrar nuestra biología y nuestras tendencias inclusivas asumen el potencial de la cultura para sustentar o acelerar el progreso moral. La cultura ofrecería una suerte de barniz que podría contrarrestar los afilados contornos del egoísmo biológico. Sin embargo, el concepto de cultura que algunas de estas explicaciones invocan parece demasiado ideal. En épocas recientes se han esbozado teorías sobre las dinámicas de transmisión cultural más complejas y con mayor sustento empírico (Boyd, R. Richerson, P. 2006. Henrich, J., Boyd, R. & Richerson, P. 2008). Estas teorías cuestionarían ese optimismo cultural en torno al progreso moral. El progreso moral, por tanto, se enfrenta a un reto biológico, pero también a uno cultural (Kelly, D. Hoburg, P. 2017).

Según algunos de los enfoques evolutivos más influyentes sobre el cambio cultural, las mismas dinámicas que nos ayudan a explicar la variedad y el cambio biológico nos permitirían explicar la variedad y el cambio cultural (Sterenly, K. 2012. Kumar, V. Campbell, R. 2022. Capítulo 6). A partir de un conjunto limitado de capacidades psicológicas innatas (imitación selectiva, prestigio, conformidad, etc. (Boyer 2018)), distintas poblaciones habrían desarrollado un conjunto variado de instituciones, normas, tecnologías y prácticas que serían el precipitado de variados procesos acumulativos de transmisión cultural. De manera crucial, la función de muchas de estas tecnologías culturales sería total o parcialmente opaca para los participantes en las mismas (Sauer 2025. p. 55). La norma a favor de la monogamia, por ejemplo, se extendió en Occidente como resultado de complejas dinámicas demográficas y económicas, dinámicas que no tienen mucho que ver con las justificaciones en clave moral o religiosa en torno a esa norma (Henrich 2016. Capítulo 17. Henrich 2020. Capítulo 1 y 5).

¿Qué supone esta imagen del cambio cultural para el progreso moral? Empecemos por el pesimismo. Según esta perspectiva, si el cambio moral es lento, complejo y no dirigido, cualquier medida orientada a intervenir en este proceso supondrá un riesgo, lo que haría desaconsejable para guiar o dirigir el progreso moral. El progreso moral podría suceder, y de hecho sucede, sin ninguna planificación o dirección. En una versión un poco más moderada de este conservadurismo cultural, se podría defender que, aunque no podemos dirigir el progreso moral, podríamos potenciar las dinámicas de mutación, diversidad y transmisión que animan el progreso moral, pero sin asegurarlo de manera necesaria (Kling 2016).

Contamos también con una lectura optimista del progreso moral que asume este marco evolutivo sobre el cambio cultural. Hanno Sauer ha defendido recientemente que hay un sentido en que debemos asumir ciertos valores o propiedades morales entre las presiones selectivas que animan las dinámicas de transmisión cultural. En la variedad teleológica sui generis de Sauer, esas dinámicas de transmisión cultural serían sensibles a rasgos morales insertos en las estructuras sociales y políticas de algunos grupos – el respeto a individualidad o la promoción de la libertad de los miembros del grupo, por ejemplo (Sauer 2023. p. 77-89). Podría afirmarse, por tanto, que el cambio cultural está orientado hacia la mejora moral: aquellos grupos humanos que ensayan estructuras sociales y políticas que materializan esos ‘proto-valores’ (individualidad, autonomía, etc.) obtendrían ventajas culturales sobre otros grupos (Henrich 2016. Capítulo 4).

4. Mecanismos de progreso moral

 Además de las dinámicas generales que acabamos de apuntar, la literatura reciente ha identificado una serie de mecanismos que contribuirían al progreso moral. En esta sección pasamos revista a los mecanismos más importantes. Aunque la exposición de los mecanismos se hace de manera independiente, el consenso actual reconoce que cualquier instancia de progreso moral suele ejemplificar varios de los mecanismos descritos abajo (Hermann, J. 2019). 

4.1. Deliberación

 El primer mecanismo, y seguramente el más intuitivo desde el punto de vista filosófico, apunta a la deliberación y la argumentación moral como motores del progreso moral. Se ha apuntado la importancia que tuvo el surgimiento de nuevos espacios deliberativos durante el periodo ilustrado para explicar la gran expansión moderna del círculo moral (Pinker 2011. p. 177-185). Según esta historia, la cultura de los cafés (Habermas 1981), así como el surgimiento de numerosas sociedades científicas al margen de la autoridad religiosa y política (Mockyr 2017), habrían servido para acelerar el cambio de sensibilidad moral en algunas naciones europeas durante los siglos XVIII y XIX.

En su ya clásico The Expanding Circle (2011/1981), Peter Singer defiende que la deliberación racional (en su caso con un marcada orientación utilitarista) sería uno de los motores fundamentales del progreso moral, permitiéndonos superar los sesgos grupales y ampliar el círculo moral hacia otros grupos y eventualmente hacia otras especies. En una línea similar, Victor Kumar y Richmond Campbell ha acentuado la importancia que un tipo peculiar de razonamiento moral, centrado en la identificación de inconsistencias, tiene para el progreso moral en clave inclusiva (Kumar, V. Campbell, R. 2022). Philip Kitcher también ha defendido la ruta deliberativa desde un enfoque pragmatista-funcional que asume un marco constructivista para explicar el estatuto de nuestras opiniones morales (Kitcher 2011. 2021). Kitcher menciona la exclusión de algunos grupos y la falsa conciencia de su situación que persigue a algunos miembros de colectivos oprimidos como las dos principales barreras para su ‘inclusivismo democrático’ (Kitcher 2021. p. 38-45). En línea con este pragmatismo, Elizabeth Anderson ha remarcado la importancia que tiene la protesta y la confrontación para corregir los sesgos de los grupos dominantes en las dinámicas deliberativas (Anderson 2016)

Aunque tentadora, la apelación a la deliberación como mecanismo de cambio moral ha recibido numerosas críticas. De entrada, muchos de los argumentos que justificaban las transiciones morales progresivas que finalmente se produjeron estaban disponibles mucho tiempo antes de que se produjese el deseable cambio de actitudes, por lo que no parece que la deliberación moral fuese en esos casos el motor del progreso moral (Tam 2020). A un nivel más fundamental, Hugo Mercier y Dan Sperber han defendido que la deliberación moral habría evolucionado como una herramienta colectiva que permitiría aprovechar el potencial agregado que tienen nuestros sesgos individuales dentro de contextos deliberativos abiertos. Los beneficios de la deliberación moral dependerían, por tanto, de que podamos contar con contextos en los que numerosos agentes intercambian sus razones sesgadas o auto-interesadas (Haidt 2018). En contextos cerrados, o en aquellos en los que las dinámicas de poder son marcadas, el escepticismo sobre el potencial de la deliberación moral para el progreso moral estaría justificado (Mercier & Sperber, 2017. p. 310-314).

4.2. Instituciones

 En línea con algunas de las distinciones esbozadas en la primera sección, la mayor parte de los teóricos reconocen que las instituciones pueden facilitar el progreso moral, tanto en un sentido amplio como en un sentido más estrecho. Allan Buchanan ha propuesto una teoría dual sobre la incidencia de las instituciones para el progreso moral en sentido estrecho, es decir, para el progreso moral que lleva aparejado un cambio específicamente moral de nuestras motivaciones, virtudes o deliberación. Buchanan defiende que algunas macro-instituciones, como el mercado o el estado, nos habrían permitido escapar de la ‘trampa tribalista’ expuesta en la sección 2, facilitando la aparición y desarrollo de tendencias morales inclusivas. Otras instituciones, a un nivel más micro, facilitarían en cambio que esas tendencias inclusivas se expresasen y se afinasen, mejorando por ejemplo las condiciones que hacen posible la ‘reflexión normativa abierta’. Aquí serían elementos decisivos la educación, la prensa, una cultura de las razones y la justificación o la apertura a otros marcos morales propiciados por el arte (Buchanan 2020 p. 148-151). Hanno Sauer ha defendido un enfoque similar al de Buchanan, remarcando la forma en la que las instituciones pueden canalizar nuestras motivaciones egoístas (mercado, representación política) y también potenciar, escalar y corregir nuestras motivaciones prosociales o morales (Sauer 2023 p. 150-161).

En los últimos tiempos dos grandes teorías han cobrado relevancia para entender algunas de las dinámicas institucionales en torno al progreso moral. Partiendo del trabajo del antropólogo Jack Goody, que documentó la influencia de la Iglesia Católica y sus políticas matrimoniales para el debilitamiento de los lazos basados en el parentesco entre la antigüedad tardía y la temprana modernidad (Goody 1983), Joseph Henrich ha defendido recientemente que los cambios sociales derivados de esta política habrían configurado un entorno selectivo peculiar que facilitaría la proliferación de tendencias psicológicas prosociales o imparciales (Henrich 2020). Marvin Singh y Moshe Hoffman han precisado recientemente los mecanismos que subyacen a la hipótesis de Henrich. Según Singh y Hoffman, en los ‘entornos sociales fluidos’ surgidos en Europa entre los siglos XVII y XIX (caracterizados por el debilitamiento de lazos comunitarios y el aumento de las relaciones de mercado con extraños), el compromiso con valores morales individualistas (igualdad de estatus moral y libertad individual) habría reportado beneficios reputacionales a la hora de establecer relaciones cooperativas. La ampliación del círculo moral acaecida en ese periodo, por tanto, tendría que ver con diversos cambios institucionales que harían más costoso el compromiso con valores comunitarios o tribales (Sing & Hoffman 2022).

Daron Acemoglu y James Robinson han ofrecido otro marco general sobre el progreso que ha influido en el debate reciente en torno al progreso moral (Acemoglu, D. Robinson, J. 2013). Según Acemoglu y Robinson, serían las instituciones inclusivas las que explicarían el progreso económico y material y sus divergencias actuales. Las instituciones inclusivas fomentan la participación política del mayor número de personas y garantizan los derechos desde un aparato estatal centralizado que canaliza de forma provechosa las demandas de la sociedad civil. La teoría de Acemoglu y Robinson suplementa los enfoques deliberativos apuntados arriba en dos sentidos importantes. De un lado, acentúa la importancia de factores azarosos en la configuración inicial de los entornos institucionales que acomodan la negociación y la deliberación entre grupos de poder. De otro, subraya la marcada resistencia al cambio de esos entornos iniciales, ejemplificando una ‘dependencia de senda’ que nos podría ayudar a entender por qué el progreso moral resulta tan complicado de asegurar.

4.3. Honor, identidades y normas sociales

 El progreso moral tiene un fuerte componente grupal, que sin duda debe ser tenido en cuenta cuando tratamos de entender los mecanismos que lo animan. Kwame Anthony Appiah ha explorado este componente en The Honor Code. How Moral Revolutions Happens (2010), uno de los clásicos recientes sobre el progreso moral. Appiah defiende que algunos cambios morales que hoy describimos en clave progresiva implican cambios en las normas que regulan el respeto o el reconocimiento dentro de un determinado grupo. En la Inglaterra del siglo XVIII, por ejemplo, el duelo era una práctica extendida entre la nobleza para defender el derecho a ser respetado como miembro de ese grupo minoritario y privilegiado. Aunque el duelo era ilegal y había innumerables argumentos morales y religiosos en su contra, la práctica gozaba de buena salud entre los nobles, en gran medida por su eficacia para señalizar pertenencia a ese grupo privilegiado. Cuando estos beneficios empezaron a ser menos evidentes (otros grupos sociales, como la burguesía, comenzaron a usar el duelo para dirimir disputas; desde el estado se reforzó la cultura de la legalidad; la prensa empezó a ridiculizar esa práctica), la nobleza abandonó progresivamente el duelo como práctica honrosa. Esta dinámica general explicaría otros episodios de progreso moral como la abolición de la esclavitud en Inglaterra o el fin del vendaje de pies a las mujeres en China, ambos acaecidos entre finales del siglo XIX y comienzos del XX.

Lo que Appiah denomina ‘honor’ puede describirse desde el marco de análisis de las normas sociales (Viciana 2021). La filósofa Cristina Bicchieri ha acentuado la incidencia que tiene la manipulación de información sobre nuestras expectativas en torno a una determinada norma social a la hora de posibilitar cambios progresivos (normas sociales moralmente valiosas o erosión de normas sociales moralmente dañinas), así como la utilización estratégica de ciertas figuras de referencia – ‘trendsetters’ – para favorecer el abandono de normas sociales dañinas (Bicchieri, C. 2017. Aguiar et al. 2020). En una línea similar, Evan Wenstra ha ofrecido un argumento a favor de la ‘señalización virtuosa’, frente al reciente cuestionamiento de este extendido fenómeno moral, equiparándolo con una variedad de ‘postureo moral’ (Gaitán 2022). Según Wenstra, la señalización virtuosa podría acelerar el progreso moral reforzando la percepción de consenso en torno a normas sociales moralmente deseables, pero todavía no mayoritariamente aceptadas (Wenstra 2021). Finalmente, Amy Tam ha defendido que los modelos de deliberación moral no ideal (en la línea de Kitcher o Anderson) resultan insuficientes para acomodar casos de cambio moral progresivo en los que la deliberación tiene un carácter específicamente comunitario. En algunos de estos casos, como la abolición de la esclavitud en Inglaterra, la deliberación pública se habría estructurado en torno a una re-descripción de normas sociales (dañinas) desde supuestos morales compartidos por aquellos grupos sociales que se beneficiaban de esas normas – patriotismo, eficacia, etc. (Tam, A. 2020).

5. La ética del progreso moral

 Además del interés por entender los mecanismos del progreso moral, la literatura reciente ha intentado precisar los marcos normativos que nos permitirían evaluar posibles instancias de progreso moral.

En un artículo seminal, Ruth Macklin identifica dos grandes ideales éticos insertos en nuestro concepto de progreso moral (Macklin 1977). De un lado, el principio de compasión (que hace referencia a la sensibilidad o tolerancia hacia el sufrimiento ajeno, tal y como se expresa en leyes, costumbres, instituciones o prácticas); de otro, el principio de humanidad (que hace referencia al reconocimiento de la dignidad inherente y la autonomía de cualquier persona) (Macklin 1977. p. 371-372). Para Macklin ambos principios fijan condiciones suficientes para el progreso moral, derivadas de nuestra naturaleza humana de manera constitutiva o transcendental. Aunque estos principios pueden ser objeto de creencias colectivas, según Macklin el locus del progreso moral lo constituyen las leyes y el entramado institucional, que es donde estos principios se instancian. Por tanto, la evaluación del progreso moral equivale a una evaluación de leyes y costumbres para determinar si esos dos grandes ideales se encarnan en nuestras prácticas (Macklin, R. 1977. p. 376-378).

Dale Jamieson asume los dos principios generales de Macklin, aunque deriva su justificación de las principales teorías éticas, que convergerían en esos ideales (Jamieson 2002). Jamieson apunta, no obstante, que los dos ideales son demasiado generales, por lo que necesitamos indicadores de progreso moral más concretos. En su caso esos indicadores serían los siguientes: la abolición de la guerra y la esclavitud, la reducción de la pobreza y el privilegio de clase, la extensión de la libertad, el empoderamiento de grupos marginalizados o el respeto por los animales y la naturaleza (Jamieson, D. 2002. P. 326-330). Estos indicadores rastrearían los dos ideales de Macklin y nos permitirían evaluar de manera más precisa posibles instancias de progreso moral (Macklin 1977. p. 375).

Algunas propuestas éticas en torno al progreso moral son más ambiciosas y se preguntan si alguna teoría ética podría ofrecer un marco normativo general para evaluar posibles episodios de progreso moral. Dos propuestas recientes apuntan en esta dirección. De un lado, el filósofo y científico cognitivo Joshua Greene ha defendido una versión peculiar del utilitarismo, que él denomina ‘pragmatismo profundo’ (Greene, J. 2013 capítulos 6-7). La propuesta de Greene se sustenta en una historia empíricamente informada sobre el origen y la función de la moral y asume algunas de las limitaciones de nuestra motivación moral esbozadas en la sección 2 (Greene, J. 2013. Capítulos 1-4).

Philip Kitcher también ha defendido una propuesta similar al articular lo que él denomina pragmatismo democrático, que sería una variedad de constructivismo moral. Las teorías constructivistas son metafísicamente modestas, haciendo depender la verdad moral de procedimientos de decisión que se ajusten a ciertos rasgos formales poco controvertidos. En el caso de Kitcher, la inclusión de perspectivas sería la garantía de que nuestros juicios de progreso moral están justificados (Kitcher, P. 2021. p. 75-80).

6. Conclusiones

 La investigación filosófica en torno al progreso moral está en un momento de bonanza. Cada uno de los ámbitos temáticos que hemos esbozado en esta entrada está sujeto a desarrollos y debates constantes, en muchas ocasiones en conjunción con disciplinas no filosóficas como la historia, la antropología o la psicología. Aunque quizás sea pronto para identificar tendencias en la reciente filosofía del progreso moral, pueden extraerse algunos puntos fijos del debate reciente: (i) el insistente foco en ejemplos y episodios históricos concretos a la hora de teorizar sobre el progreso moral; (ii) la aceptación de que hay distintas variedades de progreso moral y diferentes mecanismos implicados, por lo que la explicación de un caso de progreso moral debe ser necesariamente multifactorial; (iii) por último, cada vez es más evidente que el renacer del progreso moral como ámbito de interés filosófico tiene un fuerte componente político, ligado a eventos que están sucediendo ahora mismo. Este carácter político hace necesario integrar las teorías del progreso moral con teorías sobre nuestras creencias políticas y los procesos deliberativos y de protesta que las circundan.

 

Antonio Gaitán Torres

(Universidad Carlos III)

Bibliografía

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Lecturas en castellano

  •  Acemoglu, D. Robinson, J. (2014). ¿Por qué fracasan los países?, Barcelona, Booket.
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Cómo citar esta entrada

Gaitán Torres,  A. (2025). Progreso moral. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/progreso-moral/

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Epistemología política

1. ¿Qué es la epistemología política?

Dos recientes recopilaciones coinciden en reconocer la juventud de este campo académico (Hannon y de Ridder, 2021; Edenberg y Hannon, 2021) situado en la intersección de la filosofía política y la epistemología, al que compete el estudio de las interacciones entre el conocimiento, la gobernanza y el orden social. A diferencia de la epistemología social, que goza de una tradición más larga (Goldman, 1996) y que se especializa en la ampliación de la agencia epistémica de lo individual a lo social, la epistemología política tiene otras preocupaciones; en particular, las consecuencias epistemológicas que tiene la interacción entre lo epistémico y lo social y político, en la doble dirección de tal interacción, que conduce a problemáticas tensiones entre los conceptos normativos de verdad y justicia.

En la dirección de la influencia del orden epistémico sobre el orden social, la normatividad epistémica interpela a las formas sociales y, en particular, al ideal de cómo una sociedad justa ordena la circulación del conocimiento. En este sentido, la epistemología plantea a la filosofía política una nueva serie de preguntas al poner en cuestión la idea generalizada de que lo que importa en política es la creencia y no el conocimiento. En este sentido, la epistemología plantea a la epistemología política una nueva serie de preguntas acerca de si en una sociedad justa deben repartirse los bienes epistémicos con los mismos o parecidos criterios a otros bienes. En la dirección contraria, encontramos una considerable cantidad de críticas a un orden social injusto que produce daños en la agencia epistémica de personas y colectivos. Desde esta doble perspectiva, ha nacido un conjunto de conceptos nuevos que delimitan estos daños como son los de injusticia epistémica, opresión epistémica, ignorancia supremacista y otros similares.

Entre los resultados de la interacción bidireccional que propone la epistemología política se encuentra una interpelación a la filosofía política, en particular a la teoría de la democracia (democracia epistémica) y a nuevas cuestiones como las del reconocimiento y la redistribución de la autoridad epistémica.  En lo que respecta a la epistemología, es notable la revisión de la epistemología del testimonio como fuente principal del conocimiento de origen social. Una revisión que ha generado una creciente sensibilidad hacia temas de justicia en el reconocimiento de la autoridad del otro. Uno de los resultados más relevantes, en lo que respecta al campo general de epistemología, es que se ha abierto un espacio para investigar la idea de virtudes y vicios epistémicos colectivos.

La epistemología política plantea a la filosofía y a la ciencia política la necesidad de investigar no solo quién y cómo ejerce el poder sino cuáles son las características epistémicas de los agentes políticos, así como cuál es la distribución del conocimiento en relación con la distribución del poder y cómo los flujos y cambios en uno de los polos afecta al otro. En lo que respecta a la epistemología, en la que se ha discutido en tiempos recientes el problema del valor del conocimiento, desde la epistemología política cabe también ampliar el debate a qué tipo de bien es el conocimiento, dado que su producción y distribución puede suscitar cuestiones de justicia. En esta línea, además de la controversia sobre si es un bien intrínseco o instrumental, está la de cuándo es un bien privado, un bien de club, un bien público o un bien común.

2. El conocimiento en la sociedad

Todas las sociedades han valorado el conocimiento y su transmisión, pero cabe distinguir entre la funcionalidad universal del conocimiento en la sociedad y el hecho histórico de que se produzca la constitución de un ámbito normativo específico, algo que quizás se remonte a la forma estado formación de los estados, momento en que comienza a diferenciarse entre el conocimiento y la mera opinión, e incluso sobre la distinción entre conocimiento y creencia verdadera. La historia de este proceso de constitución normativa nos lleva a Platón y Aristóteles, a los debates medievales sobre la posibilidad de un conocimiento natural de la religión y a la transición a la modernidad en la que la epistemología coopera en la formación de estados sobre otras bases que el derecho de sangre y la bendición religiosa. Se ha señalado el paralelismo entre el proyecto epistemológico y el contrato social (Craig, 1990), algo que conlleva un ámbito de relaciones entre saber y poder que opera en el conocimiento que un estado debe poseer para existir. En este ámbito, se desarrollan las prácticas de autoconocimiento (muchas veces en el marco religioso), el conocimiento del estado sobre los súbditos o la constitución de la ciencia como una institución epistémica de saber social y poder tecnológico y el método científico y los nuevos modos de investigación. La línea de pensamiento foucaultiano radical, sin embargo, pese a su atractivo, en tanto que no termina de distinguir entre saber y poder puede conducir a que la propia epistemología sea dispensable, e incluso la propia teoría política normativa basada en la distinción de lo justo y lo injusto convertida en una dinámica de poder y resistencia.

Por más que haya intersecciones grises, se hace necesaria la distinción entre conocimiento y poder, algo que puede hacerse sin comprometer muchas de las observaciones foucaultianas si distinguimos entre posiciones epistémicas en un marco social y posiciones sociales en un marco de relaciones de poder. De otro modo no podría hablarse de sabiduría de los débiles ni de ignorancia de los poderosos (o la inversa). La posición epistémica de una persona o grupo contiene incluye capacidades y virtudes (o incapacidades y vicios) epistémicos y una concreción situacional que contiene las oportunidades de acceso al conocimiento de la ubicación propia. Esta posición tiene una relativa independencia respecto a la posición social en la escala de poder de personas y grupos, por más que existan influencias, que son precisamente el objeto de la epistemología política.

La interacción entre posiciones es continua y genera transformaciones en ambos polos. Las posiciones sociales permiten explicar la agencia política de los actores y los repartos de poder, así como las divisiones entre grupos y colectivos y sus mutuas tensiones de intereses. El punto para considerar es que, tanto si actúan por autointerés o por el bien común, los agentes necesitan una fundamentación racional de sus expectativas sobre qué políticas favorecerían mejor sus intereses, por lo que dependen en parte de su posición epistémica (Friedman, 2023). El mismo argumento opera en la dirección contraria: quienes están en posiciones epistémicas precarias tendrán un déficit cognitivo para mejorar su posición social. En este sentido, la posición epistémica puede reforzar o transformar la posición social, como también la posición social contribuye a la modificación (en mejora o empobrecimiento) de la posición epistémica.

Del mismo modo que en sociología se usa el concepto de estructura social, bien puede acogerse en analogía el de estructura epistémica, de modo que ambas explican la topografía de las posiciones, las redes de distribución y las de producción y reproducción tanto de la acción social como del conocimiento.

3. Epistemología y democracia

La relación del conocimiento con la democracia, partiendo del artículo seminal de Cohen (1986) sobre la democracia epistémica, es uno de los temas de estudio centrales de la epistemología política. Nace de la pregunta por el valor epistémico de la democracia comparada con otros posibles modos de organizar la política. Una cuestión debatida ya en Atenas en el juicio a Sócrates, a quien se acusaba de propagar formas de gobierno basadas en una aristocracia del conocimiento o epistocracia. Toda la obra de Platón está impregnada por el deseo de defender estas ideas de su maestro. Así que la primera cuestión es si la democracia puede conferir una suerte de virtud epistémica a la sociedad o, por el contrario, es una rémora llena de vicios del mismo orden.

La legitimación de la democracia ha sido el objeto tradicional de la filosofía política, desafortunadamente es un tema que se había mantenido ajeno a la epistemología y limitado a una concepción doxológica de la política, incluso en la concepción deliberativa. La epistemología entró en el debate en este contexto de controversia sobre la realidad política de las democracias contemporáneas. Varios autores (Caplan, 2007; Brennan, 2016) argumentaron que la democracia agregativa (regla de las mayorías) permite que enormes masas de votantes desinformados y guiados por pasiones polarizadas decidan sobre asuntos esenciales para toda la sociedad. Paralelamente, se estaba discutiendo en filosofía política las consecuencias del llamado “dilema del jurado” (Anderson, 2006), según el cual la suma de votos de un jurado puede no coincidir con lo que sería la suma de argumentos de los miembros de ese jurado, lo que ponía en aprietos a la tesis de la democracia deliberativa según la cual el intercambio de razones incrementaría la calidad de las decisiones por votos.

El punto de intersección entre la filosofía política y la epistemología en el curso de estas controversias es la posible confrontación entre la autoridad política y la autoridad epistémica. Cuando esto ocurre, la confrontación es radical pues se trata de autoridades últimas que se resisten a ser legitimadas instrumentalmente. Platón había planteado bien esta radicalidad de la tensión: el conocimiento no puede ser reducido a una creencia verdadera útil, ni la autoridad legítima lo puede ser por alguna razón instrumental (ni deslegitimada por otras razones que no se derivasen de principios últimos de justicia).

Una de las vías de solución de esta confrontación ha sido propuesta por los defensores de las democracia epistémica (Landemore, 2012) con una argumentación formal según la cual una decisión tomada por muchos, con variadas opiniones, tiende a converger en lo correcto y lo verdadero. Se trata de una derivación del llamado “Teorema de Condorcet”. El argumento concluiría que la democracia no solo posee autoridad política sino también autoridad epistémica, al menos en lo que respecta a los asuntos que la conciernen. Algo así como una suerte de inteligencia colectiva.

¿Es suficiente este argumento para legitimar la democracia? Algunos podrían aducir que es una defensa instrumental, no directamente política. Desde la epistemología, cabría también añadir que la mera probabilidad de alcanzar lo correcto, que nace de la mayoría, por más que sea un resultado formal, no constituye por sí sola una virtud epistémica (Brennan, 2016). En todo caso, precisamente por la radicalidad de la tensión entre verdad y justicia, esta controversia que sigue abierta es sin duda un tema nuclear de la epistemología política.

4. Epistemología e identidades epistémicas y sociales.

Al feminismo teórico y filosófico le cabe el haber introducido en la filosofía los primeros temas sustantivos de epistemología política (McAfee y Howard, 2023). A lo largo de la literatura feminista se encuentran referencias epistemológicas, pero el inicio de un hilo específico sobre la posición de las mujeres en el espacio epistémico se relaciona con la perspectiva feminista en los estudios sobre conocimiento y sociedad. Primero como una demanda originada por la invisibilidad de la aportación femenina a la producción de conocimiento, así como por el lugar subordinado en los ámbitos de creación científica. Desde esta primera constatación pronto se abrieron otras investigaciones con un calado en estratos más profundos de la epistemología. Varias autoras iniciaron una crítica a la epistemología tradicional por su carácter abstracto, no situado, que conduce a una visión esquemática y poco real del sujeto cognoscente (Harding, 1991). Una tradición que no se ha distanciado de una concepción sexista y patriarcal y llena de estereotipos sobre la presunta racionalidad de los hombres y la emocionalidad de las mujeres. Sandra Harding (1991) planteó la cuestión de si las posibles diferencias culturales femeninas podrían acaso conducir a un incremento y no disminución de la objetividad en la investigación científica. La condición femenina, argumenta, exige una mayor objetividad en los conflictos producidos por su posición social En el mismo sentido se han pronunciado otras filósofas de la ciencia como Sandra Harding (2016) reivindicando un mayor peso del empirismo frente a los posibles sesgos escondidos en las teorías científicas como, por ejemplo, las que tratan las diferencias biológicas de género. En este debate encajan bien las discusiones sobre la tesis del privilegio epistémico (standpoint) femenino respecto al conocimiento de la realidad social y el autoconocimiento (Hartsock, 2004)

Un segundo camino en la formulación de tesis epistemológicas desde el feminismo nace en la reivindicación del lugar de la experiencia desde la doble perspectiva de relación con la realidad y de densidad y complejidad de dicha relación. En esta reivindicación se incluyen el peso y relevancia de la corporeidad de la relación epistémica frente al intelectualismo dominante, así como la composición de lo cognitivo y lo afectivo en la formación del conocimiento. Sin ser directamente política, esta reivindicación lo es cuando se traduce en políticas efectivas de conocimiento y educación.

Junto a la epistemología feminista, surgió con fuerza, y en diálogo con ella, la inspirada por los estudios críticos de raza (Mills, 2007). En esta dialéctica, varias autoras criticaron el supuesto de un cierto núcleo común homogéneo en la experiencia femenina. Autoras negras y latinas indicaron que esta experiencia se ve muchas veces atravesada por contradicciones que nacen de las diversas posiciones que puede ocupar una mujer en tanto que sujeto cognoscente en relación con su posición e identidad social: la mujer negra trabajadora o desempleada frente a la mujer burguesa con una buena posición social y cultural (Crenshaw, 1989). Este debate concierne a las múltiples formas de opresión que actúan produciendo tensiones entre las distintas caras del poliedro de la experiencia, generando heterogeneidades (podría usarse la analogía con un cubo de Rubik terminado, con sus caras homogéneas, frente a otro desordenado en el que las caras tienen diversos aspectos). A estas controversias han aportado la propia experiencia las autoras y autores que han teorizado sobre la perspectiva queer en epistemología (Sedgwick, 1990).

La irrupción del problema de las experiencias de opresión heterogéneas por sus causas y pertenencia a diversos colectivos subalternos, no siempre en buenos términos entre sí, llega a la epistemología política cuestionando la identidad del sujeto cognoscente y las pretensiones de un privilegio epistémico desde una posición particular, cuando la experiencia y el acceso al conocimiento de la calidad de la propia posición epistémica está fracturada por la intersección de líneas de interés divergentes: ¿qué es estar situado en un cuerpo de mujer, en otra piel, hablar otra lengua que la dominante, tener otras tendencias afectivas e incluso habitar en una tierra de nadie de las identidades, o hacerlo en la diáspora, o vivir con diferencias funcionales del cuerpo y la mente?

5. Injusticia epistémica

El término y concepto de “injusticia epistémica” propuesto por Miranda Fricker (2007) ha catalizado en su rápida extensión múltiples componentes del malestar político en epistemología, hasta el punto de definir un campo intelectual de la disciplina. Desde su origen se han encadenado numerosas extensiones y concretizaciones en diversas situaciones epistémicas junto a críticas, matizaciones o expansiones del alcance inicial del concepto (Medina, 2013; Kids y Medina, 2021, 2023), .

Bajo el mismo concepto cohabitan diversos criterios para cualificar los daños sociales en la posición epistémica de los agentes. Fricker se centró en la objetificación que impedía la contribución o el acceso a los recursos epistémicos comunes (injusticia testimonial en el primer caso, injusticia hermenéutica en el segundo). En el caso de la injusticia testimonial, la objetificación de quien sufre estas injusticias descalifica a la víctima total o parcialmente como miembro de la comunidad epistémica, como ocurre cuando los testimonios no son considerados fiables por la identidad del testigo, devaluado de su condición de informador fiable. En el caso de la injusticia hermenéutica se daña la capacidad de entender la naturaleza y causas de la propia posición social. Desde el punto de vista más tradicional de la filosofía política, la injusticia testimonial se puede entender como un daño en el reconocimiento y la injusticia hermenéutica como un daño en la redistribución del conocimiento, bien porque no se accede a los recursos conceptuales o porque los conceptos disponibles son distorsionadores, como ocurría, por ejemplo, con el término “histeria”.

Una de las controversias sobre el concepto se ha centrado en si el daño es básicamente individual, como propone Miranda Fricker, o se trata de una barrera estructural creada por las condiciones históricas de las sociedades. En este caso, la injusticia epistémica podría ser un efecto constitutivo de diseños institucionales y de formas de producir y distribuir el conocimiento bajo formas sociales de desigualdad, opresión y marginación. David Coady (2010)  se pregunta qué es lo que hace de la injusticia epistémica una injusticia. Parece que tendría que ser que hay una distribución inicua de algún bien de naturaleza distributiva. Coady propone que sean los bienes de la credibilidad y el poder hermenéutico. En ambos extremos se producen desigualdades: gente que tienen más o menos de los que merecen.

6. Desorden epistémico

Todas las sociedades sufren conflictos recurrentes. No es extraño que también sus estructuras epistémicas sean conflictivas. La epistemología política trata de examinar desde este punto de vista tanto el orden como el desorden epistémico. El trabajo pionero de Alvin Goldman (1996) establecía que la epistemología social debe evaluar las prácticas sociales en términos de sus resultados veritistas, es decir, en relación con valores normativos como el conocimiento, el error o la ignorancia. La epistemología política añade a la perspectiva de Goldman el examen de las interacciones entre la estructura social y la estructura epistémica: qué prácticas hegemónicas conducen a una mejor distribución de las capacidades y de la agencia epistémicas y qué prácticas socavan la credibilidad en el sistema de autoridades epistémicas que articulan la dimensión cognitiva de lo cotidiano.

En los últimos años ha crecido el interés social y académico por estos temas, impulsado por el poderoso influjo de los medios sociales de comunicación (Sunstein, 2017). El desorden epistémico ha sido calificado popularmente como un “régimen de posverdad”, que podría definirse como un desinterés generalizado por los hechos y la verdad y por un incremento generalizado de las técnicas de manipulación doxástica y emocional, como ejemplifica la creciente producción de distribución masiva de “fake news” interesadas.  En esta línea, se han popularizado numerosas obras como las de Jason Stanley (2016) que analiza la propaganda como un conjunto de prácticas que aprovechan y explotan las ideologías cognitivamente dañinas, basadas en prejuicios y estereotipos. La define como una técnica de manipulación del discurso público con el objeto de favorecer ⎼o socavar, respectivamente⎼ por medios emocionales, retóricos y no racionales ideales de orden social. En tanto que disminuye la calidad epistémica de la esfera pública, estas prácticas abocan a las sociedades a estados de creciente desorden epistémico.

La manifestación de este desorden es lo que se ha calificado como «ignorancia estratégica» e «ignorancia voluntaria». Se trata de interrupciones y distorsiones en y del flujo de información y conocimiento que favorecen los intereses de grupos, colectivos y categorías sociales dominantes. La ignorancia se presenta en diversas variedades: Charles Mills (2007), por ejemplo, ha propuesto el término de “ignorancia blanca” para referirse a las barreras sociales e individuales que impiden conocer las consecuencias del supremacismo de raza. José Medina (2013), por su parte, ha propuesto el término de “metaignorancia” para explicar los mecanismos sociales y psicológicos que impiden que incluso se tenga conciencia de déficits cognitivos como los que denuncia Mills. Robert Proctor (2007) ha comenzado el desarrollo del campo intelectual de la “agnotología” para estudiar las barreras que producen ignorancia social como fue el caso de la campaña para ignorar la evidencia de la relación entre consumo de cáncer y tabaco, o más actualmente, los múltiples intentos de olvidar las causas antropogénicas del cambio climático. Lorraine Code (1987) abogó por la exigencia de «responsabilidad epistémica» a personas, colectivos e instituciones.

Bien es cierto que no toda ignorancia es negativa y, en buena medida, parte de la preservación del orden epistémico incluye la tarea de decidir qué zonas son y deben seguir siendo públicamente ignotas (las de la vida privada, por ejemplo) y qué zonas de la ignorancia resultan positivas como son aquellas de las que cobramos conciencia de tal ignorancia. En este sentido, el avance del conocimiento científico significa también un avance de la ignorancia conocida y positiva.

En la lista de desórdenes epistémicos ocupa un lugar relevante la influencia que tiene el orden social basado en la dominación del mercado sobre la educación y formación de las personas. Muchas tendencias actuales siguen la senda de la subordinación de la educación a un sistema de señales de valor en el mercado, más que a la formación de personas y, sobre todo, de agentes epistémicos responsables.

7. Conclusión sobre autoridad y poder.

En las sociedades complejas, la diferenciación y la división social del trabajo se manifiesta en el ámbito del conocimiento en una distribución legítima de autoridad epistémica y en una inmensa red de dependencias sociales sobre las que se sostiene el sistema de autoridad epistémica. Como en otros terrenos, esta autoridad se fundamenta sobre la credibilidad y la confianza en las virtudes epistémicas socialmente distribuidas. La epistemología política se define en último extremo como una reflexión normativa sobre los avatares y contingencias de la credibilidad y confianza epistémicas. Esta dimensión es un componente necesario del más amplio sistema de confianza sin el que el suelo de la sociedad se quiebre. La interacción dinámica entre el poder, entendido como dominación, y la confianza y autoridad es en lo que consiste el juego de la socialidad en su faceta cognitiva. La epistemología política tiene como tarea dotarnos de los recursos conceptuales para examinar críticamente las fracturas que se producen en la fábrica social. También en epistemología, las distorsiones en la autoridad dejan al descubierto la dominación del poder y con ello la pérdida de agencia personal y colectiva.

Fernando Broncano Rodríguez
(Universidad Carlos III de Madrid)

Referencias

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Lecturas en español

  • Broncano, F. (2019). Puntos ciegos. Ignorancia pública y conocimiento privado.Madrid: Lengua de Trapo.
  • Broncano, F. (2019). Conocimiento expropiado. Epistemología política en una democracia radicad, Madrid: Akal
  • Almagro, M.; Osorio, J. & Villanueva, N. (2021). Injusticia testimonial utilizada como arma. Las Torres de Lucca: Revista Internacional de Filosofía Política 10 (19):43-58.
  • Lafont, C. (2021). Democracia sin atajos. Una concepción participativa de la democracia deliberativa,  trad. de Luis García Valiña, Madrid: Trotta.

Recursos en internet

Entradas relacionadas

Cómo citar esta entrada

Broncano Rodríguez, F. (2024). Epistemología política. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/epistemologia-politica/

 

Polarización

El estudio de la polarización resulta crucial para al menos tres cuestiones interdependientes: i) comprender adecuadamente el fenómeno, ii) desarrollar herramientas apropiadas para la detección temprana de procesos peligrosos de polarización, y iii) diseñar estrategias que permitan combatir la polarización de manera eficaz. La aproximación filosófica a estas cuestiones resulta valiosa en dos sentidos. Por un lado,  avanzar hacia una comprensión adecuada del fenómeno y hacia el desarrollo de herramientas de detección e intervención eficaces requiere de incorporar en el análisis la perspectiva filosófica. El estudio filosófico de la polarización permite, por otro lado, poner a prueba las implicaciones prácticas de algunas teorías filosóficas, criterio cuya relevancia está ganando presencia en la disciplina (Pinedo y Villanueva, 2022).

El recorrido de esta entrada pasa por cuatro cuestiones centrales. La primera concierne a los tipos de polarización: ¿qué es la polarización y qué tipos de polarización hay? La segunda, a las actitudes involucradas en la polarización: ¿expresan las afirmaciones políticas de una población polarizada lo que dicha población realmente cree? La tercera, al desacuerdo: ¿qué tipos de desacuerdo caracterizan mejor la situación que experimentan las sociedades polarizadas y cuáles contribuyen al aumento de la polarización? La cuarta a la racionalidad: ¿es la polarización el resultado de una manera epistemológicamente negligente de procesar la información consumida por la ciudadanía o, por el contrario, es el resultado de un proceso racional? En lo que sigue se revisan algunas de las contribuciones más destacadas sobre estas cuestiones.

1. Tipos de polarización

Se han distinguido muchos tipos de polarización en la literatura especializada. Sin embargo, no todos ellos son tipos de una misma categoría.

El término “polarización” se utiliza con frecuencia para describir ciertos procesos a través de los cuales las creencias u opiniones de una persona o grupo de personas se vuelven más extremas. En este sentido, dos tipos de polarización destacados son la polarización de grupo y la polarización de creencias. La polarización de grupo es la tendencia a adoptar creencias y opiniones más extremas como resultado de la discusión con personas del mismo grupo, es decir, con personas que comparten las mismas opiniones (Broncano-Berrocal y Carter, 2021). Así, discutir con quienes piensan como nosotros puede polarizarnos. La polarización de creencias, por otra parte, ocurre cuando dos personas con opiniones opuestas sobre una cuestión adoptan creencias más extremas como resultado de la exposición a la misma evidencia (Kelly, 2008). Cuando pensamos diferente, exponernos a los mismos hechos puede polarizarnos aún más.

Además de para referir a procesos que convierten nuestras opiniones en más extremas, el término “polarización” se utiliza también para hablar de lo que les ocurre a los partidos políticos de un país. En este sentido, dos tipos de polarización destacados son la polarización partidista y la polarización por alineamiento partidista (también llamada “party sorting”). La polarización partidista ocurre cuando aumenta el número de personas que votan por, y se identifican con, partidos políticos enfrentados (Fiorina, 2017, p. 46). La polarización por alineamiento partidista, por otra parte, ocurre cuando uno o más partidos políticos se vuelven más uniformes internamente, ya sea en términos de las posiciones mantenidas o en términos de las características sociales de las personas simpatizantes con tales partidos (Mason, 2018).

Los tipos de polarización anteriores, sin embargo, son todavía compatibles con diferentes concepciones acerca de lo que significa que nuestras opiniones se vuelvan más extremas o que un grupo político se polarice. En este sentido, dos tipos de polarización destacados son la polarización ideológica y la polarización afectiva. La polarización ideológica ocurre cuando los contenidos de la opinión pública se distribuyen de una manera anormal en el espectro ideológico. La distribución anormal de los contenidos de opinión puede representarse de muchas maneras (Bramson et al., 2017), pero el modo paradigmático es aquél en el que la opinión pública se divide en dos grupos opuestos que tienden hacia los extremos del espectro ideológico. La polarización afectiva, por otro lado, se caracteriza por un incremento en la adhesión a una identidad política, que se traduce en el aumento de la confianza o apoyo incondicional hacia las posiciones ideológicas centrales de tal identidad, junto con el aumento del grado de animadversión hacia las personas de identidades políticas opuestas (Iyengar et al., 2019; Miller, 2023).

Ahora puede verse más claramente que los tipos de polarización anteriores y estos dos últimos son compatibles entre sí: las opiniones pueden volverse más extremas en sentido ideológico o en sentido afectivo, y los partidos políticos pueden volverse más homogéneos internamente también en sentido ideológico o en sentido afectivo. Por supuesto, la polarización ideológica y la afectiva suelen ir de la mano, hasta el punto de que hay quienes piensan que tal distinción es meramente conceptual (Talisse, 2019). Una cuestión interesante aquí es si la polarización ideológica y la afectiva son realmente dos tipos de polarización distintos o, por el contrario, son dos caras de una misma moneda. La respuesta suele depender de cómo se caractericen las actitudes centrales involucradas en los procesos de polarización de la opinión pública (ver sección 3).

Algunos tipos de polarización adicionales destacados en la literatura especializada son aquellos que enfatizan ciertos rasgos que pueden exhibir los procesos de polarización de la opinión pública. Por ejemplo, un proceso de polarización, ya sea ideológico o afectivo, puede ocurrir solo entre las élites políticas o entre la población en su conjunto. Para distinguir un caso del otro habitualmente se habla de polarización de la élite y polarización de las masas. Además, un proceso de polarización puede ocurrir solo en un grupo o en todos los grupos relevantes al mismo tiempo. Para distinguir un caso del otro con frecuencia se habla de polarización asimétrica y polarización simétrica.

Por último, un proceso de polarización podría ser deseable y beneficioso o podría tener consecuencias nefastas. Existe un amplio consenso acerca del carácter nocivo de la polarización: debilita las instituciones públicas, allana el terreno al avance de la injusticia social y facilita la aparición de movimientos extremistas que ponen en peligro la democracia (Carothers y O’Donohue, 2019, 1-2; Levitsky y Ziblatt, 2018). El término “polarización” tiene por lo general un carácter peyorativo. No obstante, decidir si la polarización es buena o mala a menudo depende del tipo de polarización y del objetivo específico que tomemos en consideración. Por ejemplo, en 1950, la Asociación Americana de Ciencia Política (APSA) recomendó el aumento de la polarización dentro de la clase política para que se cubriera un mayor número de posiciones y así obtener una oferta democrática más variada. Aquí se toma en consideración principalmente la polarización ideológica de la élite. Por otro lado, el aumento de la adhesión con un grupo político por parte de la ciudadanía hace que esta se involucre en mayor medida en cuestiones políticas, lo cual podría considerarse un resultado beneficioso.

2. Polarización y actitudes

Como hemos visto, la polarización tiene que ver principalmente con el estado de la opinión pública de una sociedad, y esta puede estar dividida solo en términos ideológicos o, además, en términos afectivos. Estas dos maneras de concebir la polarización descansan, al menos en parte, en dos tipos de actitudes diferentes.

Pongamos un caso concreto para introducir la discusión. La idea de que los hombres, y no las mujeres, son quienes están realmente discriminados era marginal en España hace años. Sin embargo, en las últimas décadas esta idea se ha ubicado en el centro de la ideología de los partidos conservadores y ha dividido a la población. Cuando, en este contexto, las personas afines a un partido conservador afirman la oración

(1)      “Los hombres están perseguidos por la ley”

¿Qué función cumple tal afirmación? ¿Qué tipo de actitud están expresando las personas que la profieren?

Podemos distinguir entre una lectura cognitivista y una lectura no cognitivista de (1). Una lectura es cognitivista sobre un dominio particular, como el dominio político, si defiende que la función principal de las afirmaciones o juicios en tal ámbito es la de expresar actitudes del tipo de las creencias. Por el contrario, una teoría es no cognitivista si mantiene que la función principal de las afirmaciones o juicios en este ámbito es la de expresar actitudes del tipo de los deseos y las preferencias. Considera las siguientes oraciones:

(2)      “Pedro Sánchez es el Presidente del Gobierno”

(3)      “Me encanta que Pedro Sánchez sea el Presidente del Gobierno”

Supongamos que alguien profiere (2) como respuesta a la pregunta de quién es el Presidente del Gobierno. En tal caso, se utiliza (2) para mostrar qué es lo que cree la persona que profiere la oración, cuyo contenido es una descripción, verdadera o falsa, que no involucra ningún juicio evaluativo al respecto. Si esta descripción fuera falsa, el modo habitual de persuadir a quien la profiere de que revise su creencia sería a través del razonamiento inferencial y la apelación a los hechos. Supongamos ahora que alguien profiere (3) como respuesta a la pregunta de qué le parece que Pedro Sánchez sea el Presidente del Gobierno. En tal caso, (3) involucra una evaluación, es decir, involucra información no solo acerca de lo que quien profiere la oración cree sobre cómo son las cosas, sino también información acerca de sus preferencias políticas. Las preferencias, por oposición a las creencias, no pueden modificarse puramente a través del razonamiento inferencial ni de la exposición a la evidencia. Saber más sobre x no necesariamente afectará a nuestras preferencias sobre x. Así, proferir (2), en este ejemplo, contaría como expresión de una actitud cognitiva, mientras que la proferencia de (3) contaría como expresión de una actitud no cognitiva.

¿Qué tipo de actitud expresa habitualmente la ciudadanía al proferir (1) en un contexto polarizado? ¿Expresan actitudes del mismo tipo que las que expresamos con (2), o más bien actitudes del tipo de las que expresamos con (3)?

En un lado del debate están quienes adoptan una posición no cognitivista ante esta pregunta y sostienen que las afirmaciones políticas en contextos polarizados no cumplen principalmente la función de expresar una creencia ni la de describir cómo son las cosas. Entre las propuestas no cognitivistas, algunas mantienen que estas afirmaciones se realizan con otros objetivos en mente, como por ejemplo el de expresar lealtad hacia una identidad política (Ganapini, 2021). Otros mantienen que al menos una parte de la ciudadanía no es sincera en sus afirmaciones políticas, entre otras cosas porque sus juicios políticos y sus acciones no exhiben la consistencia suficiente como para atribuirles creencias a partir de las afirmaciones que realizan (Hannon, 2021, p. 298). También hay quienes sostienen que la ciudadanía sí es sincera, pero lo es solo con respecto a las convicciones expresadas por tales afirmaciones y no con respecto a lo que creen (Lynch, 2022). Así, esta parte del debate enfatiza el papel expresivo que juega la identidad partidista en nuestras afirmaciones políticas (Huddy, Bankert y Davies, 2018).

En el otro lado del debate cierran filas quienes adoptan una posición cognitivista y sostienen que las afirmaciones políticas en contextos polarizados cumplen la función de expresar creencias, aunque la mayoría de propuestas defienden esta tesis con importantes matices. Por ejemplo, algunos mantienen, en contra de algunas posiciones anteriores, que quienes profieren en un contexto polarizado una oración como la de (1) –i.e., “Los hombres están perseguidos por la ley”–, podrían ser sinceros con respecto a sus creencias incluso aunque no hubiera demasiada consistencia entre sus juicios y su comportamiento. Estas creencias, simplemente, se adquieren por la influencia de la alta credibilidad que le otorgan a las personas del propio grupo (Funkhouser, 2021), y quizás se mantienen por motivos adaptativos. Así, proferir una oración como (1) en un contexto polarizado podría cumplir la función de expresar la identidad política propia y a la vez involucrar una actitud de tipo cognitivo que la ciudadanía expresa de manera sincera (Williams, 2021). Otros sostienen que en estos casos lo que ocurre es que la ciudadanía cree que cree el contenido de (1), a pesar de que es posible que realmente no crea el contenido de (1), en parte debido a que tal contenido resulta poco claro y su contenido preciso se establece por deferencia a quienes son considerados como personas expertas en la cuestión (Levy, 2018). Esta última propuesta introduce indirectamente una distinción que parece relevante para al menos algunos procesos de polarización: alguien puede adoptar una creencia en el plano abstracto sobre una cuestión polarizada sin adoptar la misma creencia en el plano concreto (Almagro, Hannikainen y Villanueva, 2023). Esto explicaría la falta de consistencia que habitualmente exhiben las afirmaciones políticas en contextos polarizados. Así, la ciudadanía podría estar polarizada en lo abstracto y no en lo concreto.

Es importante señalar que hay evidencia que indica la presencia de ambos tipos de actitud en procesos de polarización (Viciana, Hannikainen y Gaitán, 2019). Esto permite precisar un poco más los términos del debate: las posiciones no cognitivistas serán aquellas que mantengan que, a pesar de que hay presencia de actitudes cognitivas en procesos de polarización, las actitudes más relevantes en estos casos son principalmente de tipo no cognitivo. Determinar las actitudes más relevantes en los procesos de polarización puede arrojar luz a la cuestión de qué tipo de polarización es la que experimentan las sociedades democráticas contemporáneas.

3. Polarización y desacuerdo

Una primera aproximación a la relación entre polarización y desacuerdo sostiene que, en contextos en los que hay indicios de que la opinión pública está polarizada, las partes enfrentadas están en desacuerdo solo de manera aparente (Hannon, 2021, p. 298). El razonamiento que hay bajo esta posición es que al menos una parte de la población no es sincera en sus juicios políticos factuales. Si las afirmaciones políticas de la ciudadanía polarizada cumplen una función expresiva de apoyo a un bando político, como cuando la hinchada de un club de baloncesto vitorea y apoya a su equipo, entonces estas personas en realidad no creen la proposición factual expresada por sus afirmaciones, y por tanto no están en desacuerdo genuino.

Una segunda aproximación sostiene que en ciertos contextos polarizados los desacuerdos factuales entre, por ejemplo, conservadores y progresistas, no es que sean aparentes, sino que son imposibles. Elizabeth Anderson ha mantenido que la derecha estadounidense ha utilizado sistemáticamente afirmaciones que parecen factuales para expresar identidad, y con ello ha generado deliberadamente el equivalente a una burbuja epistémica pero discursiva. Este modelo discursivo impide a las personas del bando conservador estadounidense revisar sus creencias a la luz de la evidencia, porque cuando entran en un desacuerdo sobre afirmaciones claramente factuales las tratan como si fueran expresivas, y con ello las condiciones necesarias para que tenga lugar un intercambio argumentativo factual desaparecen (Anderson, 2021, p. 23).

Una parte creciente de la literatura contemporánea mantiene, en línea con esta segunda aproximación, que en contextos polarizados los desacuerdos típicamente factuales se convierten en desacuerdos sobre los principios o marcos más profundos en los que se apoyan nuestras afirmaciones factuales. En tales casos, discusiones aparentemente factuales son en realidad expresión de desacuerdos profundos. Los desacuerdos profundos son situaciones en las que las partes no solo están en desacuerdo acerca de la verdad de una proposición –e.g. el aborto es moralmente correcto–, sino que están en desacuerdo sobre los principios más profundos en los que se apoyan las partes para tratar de resolver el desacuerdo anterior –e.g. que un alma entra en un embrión tras ser fecundado y lo convierte en una persona (Fogelin, 1985, 5-6).  Así, un desacuerdo profundo versa sobre el principio o marco adecuado para determinar la verdad de una proposición. Algunos autores han defendido que los desacuerdos políticos profundos suponen un grave problema para la democracia, porque estos se caracterizan por la falta del trasfondo compartido necesario para la deliberación fructífera (Lynch, 2021; Lavorerio, 2023).

Una última aproximación que revisamos aquí es la que relaciona el aumento de la polarización con la presencia en la opinión pública de desacuerdos cruzados (Osorio y Villanueva, 2019). Un desacuerdo cruzado es una situación en la que las partes están en desacuerdo sobre una cuestión concreta, por ejemplo (4), pero dan muestras suficientes de concebir el desacuerdo de manera significativamente diferente. Por ejemplo, una de las partes da a entender que concibe la discusión como si fuera una de tipo factual, mientras que la otra parte da muestras suficientes de que concibe la discusión como si fuera de tipo normativo. Estos desacuerdos generan la impresión entre las partes de que se está teniendo un intercambio argumentativo razonable cuando, en realidad, las razones aducidas por cada parte, al ser de naturaleza diferente, no afectan a la parte contraria. En tal situación, las personas que siguen el debate solo se ven afectadas por los argumentos ofrecidos por la parte con la que simpatizan y, por tanto, acaban más convencidas de su posición de lo que ya lo estaban al principio.

4. Polarización y racionalidad

Una explicación del aumento de la polarización en buena parte de las democracias contemporáneas que obtuvo cierta popularidad, especialmente durante los años 2019-2021, es la que aquí llamamos concepción epistémica de la polarización. Esta concepción asume la siguiente representación de los contextos polarizados: si la ciudadanía de una sociedad se divide en al menos dos grupos en torno a la verdad de un conjunto de proposiciones y cada uno de estos grupos incrementa progresivamente su confianza en la posición que mantiene, que es, a su vez, incompatible con la verdad de la posición mantenida por el grupo opuesto, entonces al menos uno de estos grupos emplea métodos epistémicos poco fiables. Dos argumentos a favor de la concepción epistémica de la polarización son el argumento de la deficiencia en los procesos cognitivos y el argumento de los vicios epistémicos.

El primer argumento es el siguiente. De acuerdo con Daniel Kahneman (2011), nuestros procesos cognitivos involucran dos sistemas con características distintas. El primer sistema se caracteriza por ser rápido, inconsciente y cognitivamente poco demandante. El segundo sistema, por el contrario, se caracteriza por ser lento, reflexivo y cognitivamente demandante. El primer sistema nos permite dar respuestas inmediatas y casi automáticas, mientras que el segundo sistema es el responsable de la reflexión profunda. Así, de acuerdo con este argumento, la polarización surge porque una parte de la población consume información política guiada y filtrada solo por el primer sistema, y por tanto con frecuencia interpretan la información de manera sesgada y deficiente.

El segundo argumento dice que el aumento de la polarización se debe a la incapacidad de una parte de la población para cuestionar su propia posición, es decir, la falta de disposición exhibida por una parte de la población para considerar su posición política como susceptible de mejora. Las personas polarizadas son arrogantes intelectualmente, es decir, se comportan como si lo supieran todo y no son capaces de admitir que quizás su posición es incorrecta (Lynch, 2019). Así, lo que explica el aumento de la polarización según esta perspectiva son los vicios epistémicos que exhibe al menos una parte de la población, vicios como la arrogancia, el dogmatismo y la cerrazón de mente (Cassam, 2019).

Una aproximación alternativa a la anterior es la que aquí llamamos concepción epistémicamente neutral de la polarización. Esta perspectiva se opone a la idea de que el aumento de la polarización esté causado por las deficiencias epistémicas y cognitivas de una parte de la población, y mantiene que las personas polarizadas son perfectamente racionales y exhiben procesos cognitivos y epistémicos normales. La polarización, según esta aproximación, es el resultado de un proceso racional. Dos argumentos a favor de la concepción neutral de la polarización son el argumento evolutivo y el argumento de la racionalidad.

El argumento evolutivo dice que la concepción epistémica descansa en una asunción que es evolutivamente insostenible. La asunción es que las personas que piensan peor y son más cerradas de mente son las más propensas a polarizarse porque son las más susceptibles de ser manipuladas; por el contrario las personas que son más abiertas de mente son más sofisticadas en sus razonamientos y por tanto son las menos susceptibles de ser manipuladas y acabar polarizadas. Sin embargo, esta asunción es incorrecta en términos evolutivos (Mercier, 2020, pp. 30-46). Las especies menos desarrolladas cognitivamente solo se exponen a un número limitado de inputs, en concreto a aquellos que han dado buenos resultados en el pasado. El desarrollo cognitivo implica un aumento en el número de inputs a los que se expone una especie, pero con ello aumenta también la posibilidad de que se obtenga un resultado nocivo. Así, las personas menos sofisticadas cognitivamente son también las más conservadoras con respecto al número de inputs informativos al que se expone, y por tanto son las menos susceptibles de ser manipuladas y de acabar polarizadas por estos motivos (Mercier, 2020, pp. 38-46). Quienes acaban siendo más susceptibles de polarizarse son, precisamente, las personas más liberales con respecto a las fuentes de información que consumen, pues son quienes se exponen a un mayor número de inputs, y con ello a la manipulación.

El argumento de la racionalidad dice que la polarización puede predecirse dada una serie de condiciones y, por tanto, es racional. El argumento descansa en dos piezas clave. La primera de ella es la diferencia que hay entre las personas de una sociedad en términos de sus experiencias vitales, redes de confianza y creencias compartidas. La segunda es el tipo de evidencia, de naturaleza ambigua, que puebla el entorno informacional de las sociedades polarizadas. La evidencia ambigua es evidencia difícil de interpretar, ya sea porque no es concluyente o porque es compleja. Así, el argumento nos dice que cuando dos personas que proceden de entornos diferentes –i.e. diferentes experiencias, redes de confianza y creencias previas– se exponen a evidencia ambigua, sus procesos cognitivos normales les permiten reconocer con mayor facilidad la parte de la evidencia que está en consonancia con lo que ya creen. Por eso podemos predecir qué posición política es bastante probable que defienda una persona en virtud de su historia pasada y sus condiciones de vida actual. De este modo, personas racionales y epistémicamente virtuosas pueden acabar polarizadas (Levy, 2021; Velasco, 2023), tanto en términos ideológicos como afectivos, como resultado de la exposición a evidencia ambigua.

5. Conclusiones

Como se ha visto, la polarización de la opinión pública es un fenómeno social y relacional (Almagro y Villanueva, 2022, p. 178), que ocurre cuando ideas extremas que previamente ocupaban un lugar marginal en la opinión pública pasan al centro de la misma y la dividen (Ebner, 2023). De esto se sigue que no se polarizan las personas, sino las sociedades: solo puede decirse que una persona está polarizada en la medida en que ha habido un proceso de polarización de la opinión pública. No puede haber individuos polarizados aisladamente, mientras que sí puede haber individuos que tengan creencias extremas de manera aislada. En este sentido, parece haber una diferencia significativa entre la polarización y otros fenómenos relacionados, de carácter más individualista, como el extremismo (Cassam, 2021). Algunas de las cuestiones que se han revisado en esta entrada se han desarrollado en la literatura desde una concepción más próxima al fenómeno del extremismo que al de la polarización de la opinión pública. Sin embargo, como acabamos de apuntar, hay razones para pensar que estos dos fenómenos son significativamente diferentes y no deben confundirse. Los procesos de que conducen al extremismo y a la polarización, aunque pueden ocurrir en paralelo, podrían requerir estrategias de detección e intervención radicalmente distintas. La relación entre polarización, extremismo, actitudes, desacuerdo y racionalidad necesita más investigación. Haber llegado hasta aquí quizás sea un buen comienzo para emprender esta tarea.

Manuel Almagro Holgado
(Universitat de Valencia)

Referencias

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Lecturas recomendadas en castellano

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  • Brandsma, B. (2020). Polarización. Una mirada a la dinámica del pensamiento nosotros versus ellos. Institut Català Internacional per la Pau; Líniazero.
  • Miller, L. (2023). Polarizados: La política que nos divide. Deusto.
  • Velasco, G. (2023). Pensar la polarización. Gedisa Editorial.
  • Torcal, M. (2023). De votantes a hooligans. La polarización política en España. Catarata.

Recursos online

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Cómo citar esta entrada

Almagro, M. (2024). Polarización. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/polarizacion/

 

Populismo

Aunque el populismo es uno de los conceptos políticos más empleados en nuestra época, suele decirse que también es uno de los más escasamente comprendidos (Taggart, 2002, p. 62), y hay incluso quien cree que está rodeado de un “completo caos conceptual” (Müller 2016, p. 11). También hay quien ha intentado clasificar diferentes aproximaciones al populismo (véase especialmente Taggart, 2000, pp. 10-22; también Panizza, 2005, pp. 2-3; Rovira Kaltwasser, 2012, pp. 186-96; Weyland 2017, pp. 51-55). Sin embargo, lo cierto es que el principal consenso académico sobre el populismo es, precisamente, que no hay ningún gran consenso sobre lo que pueda ser el populismo. Por eso hay quien dice que el populismo es un ejemplo paradigmático de lo que Gallie (1955) denominó “conceptos esencialmente controvertidos” (Weyland, 2001; Mudde y Rovira Kaltwasser, 2013, 2017).

Semejantes dificultades para acordar una definición permiten explicar por qué prácticamente cualquier texto académico sobre el populismo empieza advirtiendo que en este debate hay que andar con pies de plomo. Así las cosas, esta entrada no aspira a ofrecer ninguna definición concluyente del populismo (para intentos de ese tipo, véase Mansbridge y Macedo, 2019; Urbinati, 2019b). Cada sección tiene una aspiración más modesta. La primera identifica algunas dificultades que complican la comprensión y definición del populismo. La segunda sección presenta dos rasgos en los que, a pesar de las discrepancias, la mayoría de las definiciones del populismo coinciden. La tercera ofrece una reconstrucción sintética de la teoría populista desarrollada por Laclau y Mouffe –dos de los teóricos más influyentes tanto política como académicamente.

1. Dificultades

Varios factores complican la comprensión y definición del populismo. Esta sección presenta los seis más obvios e importantes.

1.1. Polisemia

La primera dificultad es la aparente polisemia del término “populismo”, que a lo largo de la historia ha significado cosas distintas (Vergara, 2020) y que ahora sirve como un “atrapalotodo” (Canovan, 2005, p. 77) capaz de nombrar aparentemente cualquier partido o movimiento político. Así, parece como si “casi cualquier cosa, tanto de izquierda como de derecha, democrática, antidemocrática, liberal, antiliberal, pueda ser llamada populista” (Müller, 2016, p. 11).

1.2. Connotaciones negativas

La segunda dificultad es que el término “populismo” tiene connotaciones negativas. De hecho, junto al consenso sobre la falta de una definición consensuada, un segundo consenso relativamente amplio es que el populismo, signifique lo que signifique, es algo malo. A menudo percibido como una patología de (o una amenaza para) la democracia, el populismo suele asociarse a un estilo de hacer política que atenta contra las normas de cordialidad propias de la esfera pública (Moffitt y Tormey, 2014) y a un discurso simplista y engañoso (Block y Negrine, 2017). Prueba de estas malas connotaciones es el hecho de que el término “populista” se use más a menudo despectivamente –esto es, como un insulto que descalifica, marca y estigmatiza– que descriptivamente –como un concepto que simplemente pretende nombrar una parte de la realidad (Urbinati, 2019a, p. 2).

Estas dos primeras dificultades –la polisemia y las connotaciones negativas– hacen del término «populista» una herramienta política muy potente, puesto que le dotan de una gran capacidad para dañar la reputación de líderes y movimientos políticos. Cualquiera puede ser acusado de populista, con el estigma que eso conlleva, sin que esa acusación sea fácil de desestimar, pues ¿cómo se puede demostrar que no se es algo que, en sí mismo, permanece indefinido?

1.3. ¿Derecha o izquierda?

La tercera dificultad para entender y definir el populismo es la aparente afinidad natural que el populismo tiene con posturas políticas totalmente enfrentadas. El populismo suele asociarse al conservadurismo, al nativismo y a la (extrema) derecha (véase Wolkenstein, 2015), pero también hay quien lo asocia a posturas progresistas o de (extrema) izquierda (por ejemplo, Laclau y Mouffe, 1987).

Sorprendentemente, no parece haber un término medio al respecto, ya que cada cual suele asumir –a menudo implícitamente– que por su naturaleza el populismo encaja mejor en el extremo del espectro político al que lo asocia, ya sea la derecha o la izquierda. Esta aparente afinidad natural del populismo con posiciones políticas tan dispares podría explicarse, al menos en parte, por su carácter fundamentalmente formal (véase sec. 2.1).

1.4. ¿Democracia o autoritarismo?

La cuarta dificultad es que el populismo también parece tener afinidades naturales tanto con posturas democráticas como con posturas antidemocráticas. Müller (2016, 11), por ejemplo, dice que “el populismo puede verse igualmente como amigo y como enemigo de la democracia”, y Rovira Kaltawasser (2012) entiende que el populismo es tanto una “amenaza” para la democracia como un “correctivo” de sus deficiencias.

En este caso la comunidad académica tampoco está equitativamente dividida. El anti-populismo es la posición académica “por defecto” (Moffitt, 2018, p. 5), ya que mayoría de académicos creen que el populismo socava los valores, las instituciones y/o las actitudes necesarias para el buen funcionamiento de la democracia. Así, por ejemplo, Badano y Nuti (2018) entienden que el populismo merma la capacidad de la ciudadanía para entender y aceptar los puntos de vista ajenos y, por tanto, para alcanzar acuerdos mediante la deliberación democrática. Sin embargo, existe una minoría –liderada por Mouffe y Laclau– que no sólo considera el populismo como compatible con la democracia, sino que además lo ve como la mejor manera de hacer política democrática (véase también Fernández Liria, 2016).

La relación aparentemente contradictoria entre el populismo y la democracia podría explicarse también por el carácter formal del primero (sec. 2). No obstante, Abts y Rummens (2007) han ofrecido otra explicación interesante. Su “enfoque de los dos pilares” entiende que nuestras democracias constitucionales constan de un pilar democrático –constituido por la soberanía y la participación popular– y otro pilar constitucional –constituido por los derechos individuales y el estado de derecho. Desde este enfoque, el populismo podría interpretarse como una praxis política que aspira a fortalecer el pilar democrático sin prestar mucha atención al pilar constitucional. Por eso, cuando las democracias constitucionales son poco participativas, el populismo puede ser visto como un “amigo” o un “correctivo” de la democracia (constitucional), ya que contribuiría a reestablecer el equilibrio entre sus dos pilares. Sin embargo, cuando la democracia constitucional está bien equilibrada, el populismo puede ser visto como un “enemigo” de, o una “amenaza” para, la democracia (constitucional), ya que su énfasis en la participación y la soberanía popular tiende a socavar los derechos individuales y el estado de derecho.

1.5. ¿Populismo o democracia radical?

Las secciones previas (1.1-1.4) se refieren a dificultades conceptuales, es decir, a problemas para determinar lo que significa el término “populismo”. En cambio, la quinta dificultad es terminológica, y es que –especialmente en ámbitos académicos– a menudo las ideas y teorías de corte populista son nombradas con términos diferentes. Es decir, que se emplean palabras distintas para nombrar lo que, a grandes rasgos, podrían considerarse distintas variantes del (o aproximaciones al) populismo.

En general, el término “populismo” es preferido por quienes lo critican –aunque, por supuesto, existen excepciones (notablemente, Laclau). Sin embargo, es más frecuente que quienes defienden tesis populistas empleen términos como política (o democracia) “radical”. Por ejemplo, Mouffe, que sistemáticamente ha utilizado conceptos populistas a lo largo de sus obras, rara vez ha presentado su enfoque como populista, prefiriendo términos como “democracia agonista” o “democracia radical”. De hecho, sólo recientemente se ha presentado a sí misma explícitamente como defensora del populismo –eso sí, de izquierdas (Mouffe, 2019).

Probablemente, el uso de términos alternativos se deba al deseo de quienes adoptan posturas próximas al populismo de evitar las connotaciones negativas del término. En cualquiera caso, lo cierto es que términos como “democracia radical” y “política agonista” suelen nombrar posturas que, a grandes rasgos, podríamos considerar populistas y, más específicamente, populistas de izquierdas (sobre democracia radical, véase Sánchez Santiago, 2024).

1.6. Dos enfoques

La sexta y última dificultad para entender y definir el populismo es la discrepancia en los enfoques académicos.

Por un lado, distintas disciplinas adoptan enfoques diferentes. Como dice Urbinati (2019a, p. 7), se puede estudiar qué es el populismo –es decir, “si es una ideología ‘delgada’, una mentalidad, una estrategia o un estilo”– o qué hace el populismo –es decir, “cómo cambia o reconfigura los procedimientos e instituciones de la democracia representativa”. Mientras la filosofía política se centra en lo primero, las ciencias sociales se centran en lo segundo.

Al mismo tiempo, quienes se centran en estudiar lo que hace el populismo suelen tener una visión negativa del mismo, y sus estudios empíricos tratan de mostrar cómo los populismos distorsionan la democracia –por ejemplo, generando formas de liderazgo autoritario (Diehl, 2018) o alterando el orden constitucional (Blokker, 2018). En cambio, quienes se centran en definir lo que es el populismo suelen ser simpatizantes que defienden el populismo por su valor democrático e igualitario (Vergara, 2020).

El resultado de esta doble división es una notable diferencia entre los estudios empíricos y los estudios teóricos. Mientras los primeros tienden a describir una práctica con consecuencias indeseables, los segundos tienden a definir una teoría con principios valiosos.

2. Puntos de acuerdo

Esta sección presenta dos rasgos del populismo en los que, a pesar de las profundas discrepancias, la mayoría de las definiciones coinciden.

2.1. Formalismo

El primer rasgo es el carácter relativamente formal del populismo.

El carácter formal del populismo puede apreciarse mejor al contrastarlo con otras posturas en teoría política. Gran parte de la teoría política se centra en discutir los valores sustantivos que definen una sociedad justa y democrática. Por ejemplo, el republicanismo se centra en la libertad como no dominación (Pettit 2023), el socialismo en la igualdad (Cohen, 2011), y el liberalismo igualitario en la compaginación de la libertad y la igualdad (Rawls, 2013). Otra gran parte de la teoría política se centra en discutir las instituciones y las políticas públicas que, según ciertos valores sustantivos, son necesarias para que la sociedad sea justa (van Parijs y Vanderborght, 2017) y democrática (Dahl, 1999). Así, la mayoría de las posturas en teoría política pueden definirse a partir del compromiso con algún contenido –ya sea un valor sustantivo, cierto diseño institucional, o una política pública.

El populismo, en cambio, suele concebirse como una forma de hacer política –como una praxis política–, y no tanto como un conjunto de contenidos. De ahí que el populismo sea compatible con multitud de valores, instituciones y políticas públicas, sin que ser populista implique necesariamente adoptar ningún compromiso con ninguno de estos contenidos. Estrictamente, ser populista implica tan sólo la adopción de un modo, o una forma, de promover ciertos valores, instituciones y políticas públicas, sean estos los que sean. Como se verá mejor en las siguientes secciones, la forma específicamente populista de promover contenidos políticos (ya sean valores, instituciones o políticas) consiste en presentar esos contenidos como exigencias de un pueblo legítimo en lucha contra una élite ilegítima.

El carácter relativamente formal del populismo es lo que lo convierte en “camaleónico” (Taggart, 2000) y lo que hace posible que –como anotaba arriba– prácticamente cualquier postura política pueda ser defendida a la manera populista. Tan sólo hace falta defenderla, de manera simple y dicotómica, como parte de una sempiterna lucha del pueblo contra la élite. A modo de analogía, podríamos decir que el populismo es como un camión capaz de transportar muchos objetos distintos. Y, al igual que la definición del concepto “camión” no debería incluir lo que un camión particular cargue en cierto momento, la definición del concepto “populismo” no debería incluir los contenidos que un partido o movimiento político particular promueve en cierto contexto.

Laclau ha defendido una postura claramente formalista y ha sido contundente en este punto. Para él, el populismo es “estrictamente formal, pues todas sus características definitorias conectan exclusivamente con un modo específico de articulación (…) independientemente de los contenidos que se articulen” (Laclau, 2005b, p. 44). En esta misma línea, el populismo ha sido definido como un mero “medio” para conectar con electorado (Mair, 2002, p. 84) y como una “estrategia” política (Weyland, 2001; 2017).

Una postura un tanto menos formalista es la de quienes definen el populismo como una “ideología delgada” (véase, por ejemplo, Canovan, 2002). Las ideologías gruesas –como el socialismo o el liberalismo– constan de un amplio abanico de ideas, lo que les permite ofrecer respuestas detalladas a cualquier pregunta política. En cambio, las ideologías delgadas –como el populismo– solo constan de un pequeño conjunto de ideas que por sí mismas no pueden responder a todas las preguntas políticas. Por eso necesitan complementarse con ideas prestadas de otras ideologías.

2.2. El pueblo contra la élite

En segundo lugar, la mayoría de las aproximaciones al populismo coinciden en que el populismo concibe la política como una lucha entre dos bandos irremediablemente enfrentados, a los que suele denominarse “el pueblo” y “la élite”. La forma populista de hacer política –la praxis populista– consiste, por tanto, en participar en esa lucha.

2.2.1. ¿Quién es quién?

Es difícil saber quién pertenece al “pueblo” del populismo –y, en consecuencia, quién pertenece a esa “élite” a la que ese pueblo supuestamente se opone– porque, en el imaginario populista, la noción de “pueblo” tiene múltiples significados (véase Mudde y Rovira Kaltwasser, 2017, pp. 9-11; Canovan, 1999, p. 5).

Sin embargo, parece claro que “el pueblo” populista no se refiere al conjunto de personas que viven en una sociedad, definida por las fronteras externas de un país con sus países vecinos. En este sentido hablamos del pueblo portugués o italiano, pero no del pueblo populista. La frontera que define al “pueblo” del populismo es una frontera interna a la sociedad (Canovan, 2005, cap. 4).

También es claro que el sentido populista de “pueblo” no se refiere a la ciudadanía, definida como el conjunto de personas con derechos de participación política dentro de la sociedad (Canovan, 2005, cap. 5). Estrictamente, “el pueblo” del populismo incluye solamente a algunos miembros de la comunidad política, con independencia de si tienen derechos de participación política o no.

2.2.2. Diferencias

Sean quienes sean en el imaginario populista, “el pueblo” y “la élite” se diferencian claramente en tres aspectos.

Primero, en su acceso al (y disfrute del) poder. El populismo entiende que mientras el pueblo es ignorando y marginado, la élite monopoliza el poder. De hecho, la división pueblo-élite suele definirse precisamente a partir del eje vertical que distingue, por un lado, a los de abajo –la “gente común” (Canovan, 2005, p. 67) o “los desamparados” (Laclau, 2005b, 38)– de, por otro lado, los de arriba –los “políticos profesionales” (Canovan, 2005, 67), la élite militar (Mansbridge y Macedo, 2019, p. 61), “la élite económica, la élite cultural y la élite mediática” (Mudde y Rovira Kaltwasser, 2017, p. 11), en definitiva, “el poder” (Laclau, 2005b, p. 38).

Segundo, el pueblo y la élite son distintos moral y epistémicamente. Mientras el pueblo es concebido como puro, bueno, honesto y sabio, la élite es “demonizada” (Taggart, 2002, p. 94) y vista como corrupta, malvada, deshonesta y (a menudo) estúpida (Mansbridge y Macedo, 2019, p. 62).

Tercero, y como corolario de lo anterior, el pueblo y la élite difieren en su derecho moral a gobernar. Mientras el pueblo es visto como el único soberano legítimo y, por tanto, como el titular exclusivo del derecho moral a gobernar, la élite es concebida como una usurpadora de la soberanía popular, como una ocupante ilegítima de las instituciones que deberían estar al servicio (y bajo el control directo) del pueblo (Urbinati, 2015).

3. La concepción del populismo de Mouffe y Laclau

Esta sección sintetiza la muy influyente concepción del populismo de Mouffe y Laclau, explicando brevísimamente lo que podrían verse como sus tres tesis centrales.

3.1. Identidades sociales

La primera tesis sostiene que las identidades sociales son relacionales y fluidas.

La identidad suele definirse como la propiedad que hace que cada cosa sea igual a sí misma, tal y como refleja la fórmula “X=X”. Laclau y (más claramente) Mouffe (2000; 2005) niegan que esta fórmula se aplique a las identidades sociales.

Para ellos, las identidades sociales son relacionales. Esto significa que existen tan sólo en virtud de la oposición entre un yo (o un nosotros) y un otro, al que denominan “exterior constitutivo”. Así, X sólo adquiere su identidad al confrontarse con un no-X que percibe como su opuesto o contrario.

La identidad predominante de una persona depende de cuál es la relación predominante de oposición (Mouffe, 1993). Por tanto, la misma persona puede identificarse como mujer, si su exterior constitutivo son las no-mujeres, como persona blanca, si son las personas no-blancas, o como cristiana, si son las personas no-cristianas. Igualmente, cuando el otro contra el cual nos identificamos cambia, también cambia nuestra propia identidad. Esto hace que las identidades sociales estén en constante formación y transformación –es decir, que sean fluidas (para una explicación más detallada, véase Wenman, 2003).

El carácter relacional y fluido de las identidades sociales permite explicar por qué para Mouffe y Laclau el poder no reside principalmente en las instituciones formales, sino más bien en la capacidad para generar discursos que fijen un exterior constitutivo –esto es, un otro– contra quienes nos identificamos.

3.2. Lo político y la política

La segunda tesis afirma que los acuerdos políticos no son, ni pueden ser, racionales. Un acuerdo político es racional en la medida en que se basa en argumentos, es decir, en la medida en que resulta de una consideración lógica sobre qué fines deben perseguirse y sobre cuáles son los mejores medios para conseguir esos fines.

En función de si las partes consideran solamente sus intereses o también los intereses ajenos, podemos distinguir entre acuerdos racionales autointeresados y acuerdos racionales desinteresados (o prosociales). Algunas teorías liberales, como el elitismo democrático (Downs, 1957), entienden que la ciudadanía sólo considera sus intereses individuales, y que por tanto la política consiste en encajar estos intereses individuales en acuerdos racionales autointeresados. En cambio, la teoría deliberativa asume que la ciudadanía es capaz de tratar los intereses ajenos igual que los propios, y concibe la política como la búsqueda de acuerdos racionales desinteresados sobre lo que es bueno para todos (Martí, 2006, cap. 2).

Pues bien, el populismo no cree que puedan alcanzarse acuerdos mediante argumentos o consideraciones lógicas de ninguno de estos dos tipos. De hecho, el populismo entiende que los acuerdos racionales son imposibles tanto al nivel de lo político como al nivel de la política. Vayamos por partes.

Lo político se refiere a la división Schmittiana entre “amigos” y “enemigos” (Schmitt 2014). Los amigos son quienes comparten valores fundamentales y, por tanto, llevan estilos de vida compatibles entre sí. Los enemigos, en cambio, discrepan sobre estos valores fundamentales –que son “no negociables” (Mouffe, 2005, p. 30)– y, por tanto, no pueden coexistir. Así, el desacuerdo al nivel de lo político –esto es, entre enemigos– implica un conflicto violento, al que Schmitt llama “guerra” y al que Mouffe denomina “antagonismo”.

Además, el desacuerdo al nivel de lo político es insuperable racionalmente, porque los enemigos carecen de un “espacio simbólico común” (Mouffe, 2000, p. 13) que les permita deliberar racionalmente. Esto implica que la justificación de cualquier orden social quedaría confinada dentro de sus propias fronteras: cualquier sociedad se fundamentaría en unos valores y una forma de vida que habrían sido impuestos (pero no justificados, porque tal cosa sería imposible) ante las alternativas. Esta imposición es lo que la teoría populista denomina “hegemonía”. La democracia constitucional no sería ninguna excepción; se trata, simplemente, del orden social que resulta cuando se imponen de manera hegemónica los dos valores fundamentales de la democracia liberal: la libertad y la igualdad.

Por su parte, la política se refiere al debate sobre lo que estos dos valores democrático-liberales significan y requieren. La política es, pues, un conflicto entre “amigos” (en el sentido schmittiano) o entre “adversarios” (en términos de Mouffe) que pueden coexistir pacíficamente porque comparten los valores de igualdad y libertad. Los adversarios experimentan un conflicto de intensidad menor que el antagonismo, al que Mouffe denomina “agonismo”. A diferencia del antagonismo, el agonismo no se resuelve mediante la violencia, sino mediante prácticas discursivas.

Ahora bien, al igual que el antagonismo, el conflicto agónico sobre lo que la igualdad y la libertad signifiquen y requieran “no es uno que pueda resolverse mediante la deliberación y la discusión racional” (Mouffe, 2000, 102). Los cambios de opinión al nivel de la política no resultan de un proceso deliberativo, sino de una mutación en la identidad. Así lo dice la propia Mouffe: “Aceptar la visión del adversario es experimentar un cambio radical en la identidad política, tiene más la naturaleza de una conversión que de una persuasión racional” (1999, p. 755). Así, al nivel de la política, igual que al nivel de lo político, debemos “abandonar el sueño de un consenso racional” (Mouffe, 1999, p. 750). De ahí que –como explica la siguiente subsección– las prácticas discursivas que constituyen la política populista no deban (ni puedan) promover una participación racional, sino emotiva e identitaria (Marciel, 2022).

3.3 . La construcción retórica del pueblo

La tercera tesis sostiene que “el pueblo” es una identidad social que se construye retóricamente mediante un discurso que establece a cierta élite como el exterior constitutivo contra el cual se identifican multitud de grupos sociales. Nótese que esta tesis se basa en las dos anteriores: según la primera, “el pueblo” es una identidad social forjada contra un exterior constitutivo; y, según la segunda, la identidad popular se construye a través de prácticas discursivas que son más retóricas que racionales. Probablemente la descripción más prolija de cómo se construye el pueblo se la debamos a Laclau (2005a, cap. 5), cuyas ideas sintetizaré aquí muy brevemente.

Laclau cuenta que, en cualquier sociedad, los distintos grupos sociales elevan a la administración “demandas” que exigen la satisfacción sus intereses sectoriales. Cuando estas demandas son satisfechas, su recorrido termina. Sin embargo, si una demanda (por ejemplo, d1) permanece insatisfecha por un tiempo, el sector que la exige podría desarrollar un sentimiento de solidaridad con otros sectores cuyas demandas (d2, d3, d4…) también permanecen insatisfechas. Cuando esto sucede, los miembros de los distintos sectores podrían empezar a ver todas sus demandas como partes de una misma lucha popular contra la administración. En este punto, las demandas estarían unidas por una “cadena de equivalencias” –esto es, una asociación según la cual exigir la satisfacción de cualquier demanda equivaldría a exigir indistintamente la satisfacción todas y cada una de las demandas incluidas en esa cadena (d1 = d1, d2, d3, d4… y así para cualquier d incluida en la cadena).

Al percibir sus demandas como igualmente frustradas por la administración, los distintos sectores adquirirían un mismo exterior constitutivo: la élite. Y, al percibirse a sí mismos como igualmente enfrentados a esa élite, las identidades propias de los distintos sectores sociales serían sustituidas por una única identidad social: la identidad popular. Así, la identidad social “pueblo” sería el subproducto de la construcción de una cadena de equivalencias que englobaría una variedad de demandas percibidas indistintamente como reivindicaciones de una misma lucha popular. La tarea fundamental del populismo sería establecer esa cadena de equivalencia entre demandas dispares para, así, generar la identidad popular –o, en términos populistas construir pueblo (Errejón y Mouffe, 2015).

Hay que anotar que, en línea con la tesis sobre la irracionalidad de la política, la conexión entre las distintas demandas democráticas –y, por tanto, la creación de la identidad popular– no es posible mediante deliberación racional. La identidad popular debe crearse mediante discursos retóricos, sencillos, pasionales y dicotómicos, discursos que hagan que la gente se sienta parte de un mismo pueblo en lucha contra la élite.

Un recurso fundamental de la práctica discursiva populista son los significantes vacíos. Los significantes vacíos son símbolos cuyo significado es lo suficientemente general y vago como para representar la multitud de demandas incluidas en la cadena de equivalencias. Estos símbolos podrían ser palabras individuales (por ejemplo, “democracia” o “libertad”), slogans (como “Make America Great Again!”, “Yes, We Can!”, o “¡Sí se puede!”), o incluso las caras y los nombres de los líderes carismáticos.

Conclusión

Como hemos visto, existen enormes dificultades para comprender y definir el populismo. A pesar de eso, parece haber un relativo acuerdo académico según el cual el populismo consiste en una praxis política relativamente desvinculada de cualquier valor, institución o política pública, una praxis que aspira a articular una supuesta lucha entre un pueblo legítimo y una élite usurpadora de la soberanía popular. La teoría de Mouffe y Laclau es una de las concepciones específicas del populismo más influyentes, tanto académica como políticamente. Al ser más detallada que el concepto mínimo de populismo esbozado en la sección 2 también resulta mucho más controvertida. A cambio, puede ser más fácilmente contrastada con otras teorías, como el liberalismo o la teoría deliberativa de la democracia.

 

Rubén Marciel Pariente

(Universitat Pompeu Fabra)

 

 

Referencias

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Lecturas recomendadas en castellano

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Cómo citar esta entrada

Marciel, R. (2024). Populismo. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica (URL: http://www.sefaweb.es/populismo/).

 

Justificación pública

1. Justificación política: una tipología

Las decisiones políticas deben estar justificadas. Sobre esto no hay demasiada controversia. Menos claro está, sin embargo, cómo debe interpretarse esta afirmación. Existen al menos dos posibilidades. Por un lado, hay quienes defienden que las decisiones políticas están adecuadamente justificadas si coinciden con lo que, objetivamente, debemos hacer—por ejemplo, si maximizan el bienestar agregado (Mill, 1828), realizan las exigencias de la justicia distributiva (van Parijs, 1996), o protegen los derechos de propiedad legítimos de los individuos (Nozick, 1974). Algunos denominan a estas teorías factualistas, pues apelan a hechos acerca de lo que debemos hacer, independientemente de nuestras actitudes (Peter, 2023). Por el otro lado, hay quienes sostienen que las decisiones políticas sólo pueden justificarse correctamente si apelan de algún modo a las creencias y valores de aquellos sobre quiénes se imponen. Una analogía: dadas sus creencias y la evidencia disponible en su época, Aristóteles no habría estado justificado en creer en las tesis de la física contemporánea, aunque estas estén en lo cierto (Gaus, 2011, p. 234). Del mismo modo, nos dicen, la justificación política no tiene sentido en abstracto, sino que siempre opera en relación con alguien, apelando a sus creencias y valores. Quienes defienden esta segunda concepción adoptan una concepción interpersonal de la justificación política (Van Schoelandt, 2015).

Entre estos últimos se encuentran los teóricos de la justificación pública, una familia de concepciones acerca de la justificación política (en un sentido interpersonal) unidas por una idea central: que el poder político sólo puede justificarse si apela a las creencias y valores de los individuos, moderadamente idealizados—es decir, asumiendo que razonamos adecuadamente, y filtrando los sesgos cognitivos más extremos (Rawls, 1993, 2001; Habermas, 1998; Quong, 2010; Gaus, 2011; Lister, 2013; Vallier, 2019). Para los teóricos de la justificación pública, un orden político es legítimo sólo si sus decisiones apelan a las creencias y valores de aquellos sobre quienes son impuestas, sin idealizarlos demasiado. A este ideal subyace una intuición concreta: que los principios rectores de una sociedad deberían poder ser conocidos y discutidos por el ciudadano medio, y no sólo por una pequeña élite ilustrada (Waldron, 1987, p. 146). Esto es especialmente importante, señalan los teóricos de la justificación pública, en sociedades complejas y plurales, en las que los ciudadanos discrepamos sobre la moralidad, la justicia y la vida buena. Sobre estas cuestiones existe, en palabras de John Rawls (1993, 2001), un “pluralismo razonable,” dado que el desacuerdo no es necesariamente producto de la obvia irracionalidad o malicia de alguna de las partes.

Aunque el ideal de la justificación pública se remonta, por lo menos, a la Ilustración y a las teorías contractualistas, en las últimas décadas ha cobrado renovada vitalidad a través de la obra de John Rawls, y en la actualidad el marco de la justificación pública ha sido empleado para discutir, por ejemplo, sobre legitimidad política (Rawls, 1993, 2001; Quong, 2010; Gaus, 2011; Peter, 2019), pluralismo religioso y cultural (Vallier, 2014), nuestras obligaciones hacia los animales y las generaciones futuras (Zuolo, 2021), el feminismo (Baehr, 2008; Hartley y Watson, 2018), el papel de la ciencia en sociedades democráticas (Badiola, 2018), o la promoción de dietas y estilos de vida saludables por parte de las instituciones públicas (Barnhill y Bonotti, 2022). Pese a ello, los teóricos de la justificación pública difieren acerca de cuál es la mejor forma de concebir el ideal. Y, por supuesto, no todos los filósofos aceptan este ideal. En esta entrada se introducen tanto las principales discrepancias internas como las objeciones más discutidas al ideal de la justificación pública.

2. La justificación política

Los teóricos de la justificación pública discrepan acerca de qué debe ser justificado públicamente, cómo debe proceder la justificación pública, o qué justifica el ideal en primer lugar (es decir, el por qué).

2.1. ¿Qué?

¿Qué debe justificarse públicamente? Para algunos, sólo aquellas decisiones que afecten a las esencias constitucionales o a cuestiones de justicia básica (Rawls, 1993). Las primeras son aquellas que delimitan y determinan la estructura básica de un orden político (su constitución) mientras que las segundas son aquellas que determinan los términos de la cooperación social y la distribución de las cargas y beneficios que de ella se derivan. Esto es lo que a menudo se denomina la concepción estrecha de la justificación pública (por ejemplo, en Quong, 2004). La mayoría de teóricos defiende, no obstante, concepciones algo más amplias. Así, por ejemplo, existe amplio acuerdo acerca de que, como mínimo, deben justificarse públicamente todas las decisiones políticas coactivas—traten o no sobre esencias constitucionales o cuestiones de justicia básica (Larmore, 1999; Quong, 2010; Gaus, 2011; Vallier, 2019). Algunos, sin embargo, van más allá y sostienen que todas las decisiones políticas, coactivas o no, deben justificarse públicamente (Quong, 2010; Bird, 2013). Y otros que no sólo las decisiones políticas deben estar públicamente justificadas, sino también las normas morales (Habermas, 1998; Forst [2007] 2012; Gaus, 2011).

2.2. ¿Cómo?

¿Cómo debe proceder la justificación pública? Para los llamados teóricos del consenso (véase D’Agostino, 1996) la justificación pública debe apelar a razones compartidas. Un ejemplo de esta concepción es el liberalismo político de John Rawls (1993, 2001), según el cual la estructura básica de un orden político debe justificarse “aplicando sólo ideas fundamentales familiares de, o implícitas en, la cultura pública de una sociedad democrática” (Rawls, 2001, p. 52). Los lugares comunes de la cultura democrática de una sociedad proporcionan, según Rawls, razones públicas, en contraste con las razones proporcionadas por doctrinas comprehensivas que sólo comparte un grupo concreto de ciudadanos—por ejemplo, quienes practican una religión, o comparten una concepción de la vida buena (véase también Quong, 2010). Así, una decisión política podría criticarse o apoyarse apelando a sus efectos, por ejemplo, sobre la libertad de expresión—pues esta parece ser una idea implícita en la cultura política de las sociedades democráticas—pero no a la voluntad divina—que es irrelevante para quienes no creen en ninguna divinidad, o veneran dioses diferentes.

Para los llamados teóricos de la convergencia, en cambio, la justificación pública requiere únicamente que nos pongamos de acuerdo acerca de qué decisiones políticas deben tomarse (o qué normas morales son válidas), aunque cada uno lo haga por razones diferentes (Gaus, 2011; Vallier, 2019; Kogelmann y Stitch, 2016). Que una decisión quede adecuadamente justificada ante los ciudadanos requiere, a juicio de estos autores, que podamos hacerla nuestra—es decir, que tenga sentido dados nuestros compromisos evaluativos, sin que estos deban ser necesariamente compartidos. Para los teóricos de la convergencia, pues, las razones no deben ser compartidas. Pero algunos de ellos matizan que deben ser, por lo menos, inteligibles: es decir, que las razones por las que un individuo acepta o rechaza una decisión política o una norma moral deben ser coherentes con sus estándares evaluativos, de manera que otros entiendan porque esas razones tendrían sentido para ese individuo, dados sus compromisos evaluativos (Gaus, 2011; Vallier, 2016). Supongamos que un utilitarista se opone a una propuesta de política pública porque no considera que el bienestar de los implicados sea moralmente relevante. Esto parece ininteligible, pues ser utilitarista consiste precisamente en sostener que el bienestar es moralmente relevante. En este caso, sostendrían los defensores del criterio de la inteligibilidad, las razones del utilitarista incoherente carecen de fuerza justificativa en tanto que ni siquiera tienen sentido dados sus propios compromisos evaluativos.

2.3. ¿Por qué?

¿Por qué es valioso el ideal de la justificación pública? De nuevo, existen diversas propuestas (véase Wendt, 2016, parte 3). En primer lugar, hay quienes apelan a consideraciones de equidad (Rawls, 1993; Boettcher, 2007; Quong, 2010). Si concebimos la sociedad como un esquema cooperativo, sostienen estos autores, parece injusto que los términos de la cooperación dependan únicamente de las creencias (morales, religiosas, filosóficas) de algunos cooperadores en particular, y no de todos. En segundo lugar, otros apelan a consideraciones de respeto hacia las personas, entendidas como individuos capaces de elaborar, revisar y perseguir planes de vida propios, así como de deliberar sobre, y responder a, razones morales. Según este argumento, imponer decisiones sobre quienes, siendo racionales y actuando de buena fe, objetan a ellas, constituiría una forma de “autoritarismo moral” (Gaus, 2011), o implicaría tratar a otros como simples medios para nuestros fines (Larmore, 1999, p. 607), o como seres incapaces de auto-determinarse y de proporcionar (y atender a) razones (Forst, [2007] 2012, p. 38). En tercer lugar, algunos autores han empleado argumentos instrumentalistas. Por ejemplo, que un orden político, aunque actúe de manera justa, será incapaz de operar efectivamente si sus decisiones no están públicamente justificadas, pues hallará la resistencia de los objetores (Quong 2010, 133; véase también Weithman, 2011). O que una disposición a justificar públicamente las decisiones políticas, o las normas morales en general, se traduce en niveles más elevados de confianza social—lo que, sugiere la evidencia empírica, conlleva importantes beneficios sociales y económicos (Vallier, 2019). En cuarto lugar, algunos autores sostienen que la justificación pública de las decisiones políticas es esencial para que exista amistad cívica entre ciudadanos—es decir, para que nos veamos los unos a los otros como ciudadanos libres e iguales con igual derecho a ser escuchados, y no como meros objetos potenciales de coacción (Ebels-Duggan, 2010; Lister, 2013; Leland, 2019).

Por otra parte, autores como Gerald Gaus (2011) han defendido que la idea de la justificación pública subyace a nuestras prácticas evaluativas, lo que explicaría—según Gaus—por qué no parece apropiado reprocharle a alguien una acción que, ni siquiera idealizado moderadamente, puede entender por qué no debería realizar (algunas objeciones en Enoch, 2013 y en Tazhib, 2019). Y, más recientemente, otros han sostenido que la justificación pública es un procedimiento racional en situaciones de incertidumbre normativa—es decir, cuando dudamos acerca de cuál es la mejor teoría moral (Barrett y Schmidt, 2024; véase también Peter, 2019).

3. Objeciones

Las teorías de la justificación pública tienen tenaces defensores y formidables críticos. En esta última sección se introducen algunas de las objeciones más conocidas. Algunas de estas objeciones, como veremos, objetan a versiones concretas del ideal, mientras que otras apuntan al ideal mismo.

3.1. El problema de la asimetría

Como hemos visto, los teóricos del consenso sostienen que existe una distinción entre ideales controvertidos, sometidos a desacuerdo razonable (como las doctrinas morales, filosóficas y religiosas) e ideales no controvertidos (derivados, como en el caso de Rawls, de las ideas fundamentales implícitas en la cultura pública de una sociedad democrática). Mientras que los primeros sólo interpelan a algunos individuos concretos, los segundos proporcionan razones públicas, compartidas por todos los ciudadanos. Esta asimetría, según algunos críticos, carece de fundamento, pues no parece haber menos desacuerdo sobre la justicia o la democracia que sobre la existencia de Dios y la vida eterna, o sobre la concepción correcta de la vida buena (Sandel, 1994, pp. 182-188; Gaus, 1999; Chan, 2000; Fowler y Stemplowska, 2015).

Los teóricos de la justificación pública han tratado de responder a esta objeción de dos maneras. Por un lado, aceptándola. Los teóricos, de la convergencia, por ejemplo, admiten la existencia de desacuerdos razonables sobre la justicia y la democracia—y por eso creen que el consenso es improbable (Gaus, 2011; Vallier, 2019). Por otro lado, los teóricos del consenso han respondido defendiendo que los desacuerdos que sobre la justicia o la democracia puedan existir son distintos de los desacuerdos sobre, por ejemplo, la vida buena o la existencia de Dios (Quong, 2010, cap. 7). Así, los primeros serían desacuerdos justificatorios (en los que compartimos estándares de justificación, pero discrepamos acerca de sus implicaciones), mientras que los segundos son desacuerdos fundacionales (en los que ni siquiera compartimos estándares de justificación que nos permitan arbitrar entre concepciones rivales). Mientras que los desacuerdos justificatorios serían superficiales, mutuamente inteligibles y en ocasiones resolubles, los fundacionales serían profundos, irresolubles e inconmensurables. Como el propio Quong (2010, cap. 5) señala, sin embargo, esta respuesta asume que el proyecto de la justificación pública se dirige únicamente a quienes ya aceptan alguna forma de liberalismo vinculado al marco de la justificación pública—pues, de lo contrario, sería falso que todos los desacuerdos sobre democracia y justicia son justificatorios. Enoch rechaza esta estrategia por ser excesivamente restringida, pues parece dejar fuera de la discusión sobre justificación política “a gente como John Stuart Mill, Karl Marx, Joseph Raz, Jean Hampton, casi todos los epistemólogos contemporáneos, probablemente la mayoría de posiciones rivales sobre la razón pública, al primer Rawls—ah, y a mí” (2015, p. 122).  Para otras críticas, véase Sleat (2014), Fowler y Stemplowska (2015) y Van Schoelandt (2015).

3.2. El problema de la auto-refutación

Para las teorías de la justificación pública, las decisiones políticas (o normas morales) basadas en razones que individuos modernamente idealizados podrían rechazar son ilegítimas. Algunos críticos han objetado que este requisito se auto-refuta, pues personas razonables, actuando de buena fe, pueden rechazar razonablemente el ideal de la justificación pública (Wall, 2002; Enoch, 2015; Mang, 2019). Algunos teóricos de la justificación pública responden que esto es imposible, puesto que un rasgo definitorio del individuo razonable es precisamente que acepte el principio de la justificación pública. Es decir, que, por definición, la justificación pública no puede ser razonablemente rechazada (Estlund, 2008, p. 61; Quong, 2010, p. 235 n. 34). Otros, en cambio, niegan lo que la objeción asume: esto es, que el principio de la justificación pública deba aplicarse a sí mismo. Para estos autores, aunque el principio de la justificación pública debe estar justificado (de lo contrario no tendríamos razones para aceptarlo), no tiene por qué serlo a través del propio principio de la justificación pública. Para Gaus (2011, p. 228), por ejemplo, debemos aceptar el principio de la justificación pública porque es un presupuesto de nuestras prácticas evaluativas. Bajaj (2017), por otra parte, sostiene que el principio de la justificación pública se aplica únicamente a las razones empleadas para justificar decisiones políticas o leyes, pero no a sí mismo, pues el principio de la justificación pública no justifica decisiones o leyes, sino que regula qué razones pueden hacerlo.

3.3. El problema de la idealización

Los teóricos de la justificación pública idealizan (aunque, habitualmente, de forma moderada) a los destinatarios de la justificación, filtrando sesgos y formas de razonamiento notoriamente irracionales. Esta estrategia evita tener que concluir que creencias absolutamente irracionales deben ser tenidas en cuenta a la hora de justificar públicamente decisiones políticas o normas morales. Para algunos, no obstante, este movimiento es ad hoc y carece de una justificación independiente. Enoch (2015), por ejemplo, argumenta que si la justificación pública es necesaria para que nos tratemos los unos a los otros como individuos libres e iguales, entonces no hay razón para idealizar siquiera moderadamente a nadie, pues incluso los individuos más irracionales son nuestros iguales morales—y, por lo tanto, tendrían el mismo derecho a que las decisiones políticas, o las normas morales, apelaran a sus creencias o valores, tal y como verdaderamente son, y no como nos gustaría que fueran. Vallier (2020), en respuesta, defiende que idealizar moderadamente a un individuo es compatible con tratarlo como un conciudadano libre e igual si lo que se idealiza son las capacidades de razonamiento o la información de que dispone el sujeto idealizado, y no sus compromisos morales, religiosos o filosóficos más centrales.

3.4. El problema de la inestabilidad

Un orden político regido por el ideal de la justificación pública debe ser estable. Esta es una preocupación importante para los teóricos de la justificación pública—para Rawls, de hecho, probablemente la que motivara su acercamiento a dicho ideal en primer lugar (Rawls, 1993, p. xvii; Weithman, 2011; Gaus y Van Schoelandt, 2017). Sin embargo, existe controversia acerca de si concepciones particulares de la justificación pública (o el propio ideal, bajo cualquier concepción) pueden lograr dicha estabilidad.

Los teóricos del consenso, por ejemplo, sostienen que el ideal de la justificación pública, tal y como lo conciben los teóricos de la convergencia, genera inestabilidad y conduce a la anarquía—pues siempre habrá alguien que tenga alguna razón para objetar a cualquier decisión política o norma moral (Gillian y Macedo, 2012). Para los teóricos de la convergencia, en cambio, es el consenso lo que es inestable, pues—argumentan—la apelación a razones compartidas es fácil de explotar estratégicamente, por lo que cada participante en el juego político carece de garantías suficientes para ofrecer, de manera sincera y comprometida, razones de este tipo (Thrasher y Vallier, 2015; Kogelmann y Stitch, 2016). Otros teóricos de la convergencia han sostenido, además, que el consenso es insuficientemente respetuoso con el pluralismo, pues obliga a un gran número de ciudadanos a orillar sus doctrinas morales, religiosas o filosóficas cuando no proporcionen razones compartidas (Vallier, 2011). Y, por supuesto, quienes rechazan las teorías de la justificación pública sostienen que el problema de la inestabilidad es general (Enoch 2015).

Algunos autores han respondido a esta objeción argumentando que el ideal de la justificación pública es un ideal comparativo, que no exige abordar decisiones políticas, o normas morales, de forma individual, sino en relación a las alternativas disponibles. Así, por ejemplo, Gerald Gaus (2011) sostiene que, aunque toda norma moral encontrará siempre algún objetor, incluso entre los objetores una mayoría preferirá un sistema de normas morales (aunque estas sean, en algunos aspectos, sub-óptimas) a la ausencia de un orden moral—un escenario, sostiene Gaus, en el que sería imposible la cooperación y, en general, la acción colectiva coordinada. Quienes, como Enoch (2015), consideran que los teóricos de la justificación pública no pueden justificar adecuadamente la exclusión de los objetores persistentes (es decir, quienes seguirían objetando a un sistema de normas morales) encontrarán esta estrategia insuficiente.

3.5. El problema de las cargas desiguales

Los teóricos del consenso sostienen que la justificación pública debe apelar a razones compartidas o compartibles. Algunos autores sostienen que esto es injusto, pues impone cargas desproporcionadas sobre quienes asumen doctrinas comprehensivas, como las personas religiosas, privilegiando así a aquellos con perspectivas seculares (Eberle, 2002; Stout, 2004). Los teóricos de la convergencia esquivan esta objeción permitiendo la apelación a razones religiosas, siempre que converjan sobre una decisión o norma (Vallier, 2014). Y, para los teóricos del consenso, la abstención exigida a los creyentes, incluso si desigualmente repartida, no es arbitraria: la imposición de doctrinas religiosas que sólo comparten unos pocos adeptos, sostienen, es incompatible con el respeto al igual estatus cívico y político de los ciudadanos, y por lo tanto sólo podemos apelar a aquellas doctrinas que, de algún modo, compartamos todos (Rawls, 1993; Freeman, 2020).

3.6. El problema de las otras mentes

Ni los niños muy pequeños ni los animales ni los humanos con discapacidades cognitivas severas pueden ser destinatarios, ni siquiera modernamente idealizados, de justificaciones públicas. Esto es así porque, aunque sean agentes complejos con intereses moralmente relevantes, no parecen capaces de proporcionar (o atender a) razones del tipo que comúnmente se emplea para justificar decisiones políticas o normas morales. Tal vez algo parecido podría decirse de las generaciones futuras—quienes, siendo individuos meramente posibles, no tienen creencias ni valores identificables. Todos estos grupos, sin embargo, están sistemáticamente afectados por decisiones políticas. ¿Qué nos dicen las teorías de la justificación política al respecto? Hay quienes sostienen que, aunque las decisiones políticas sólo deben ser justificadas ante aquellos capaces de dar y recibir razones, tenemos razones públicamente justificadas para proteger a los niños, a los animales, a las generaciones futuras, etc. (Zuolo, 2021; Theofilopoulou, 2024) Otros, sin embargo, defienden que esto es insuficiente, y que las decisiones políticas que afectan a los intereses de estos grupos deben poder justificarse, directamente, apelando a estos intereses y no sólo indirectamente, apelando a las razones que algunos humanos podrían ofrecer para defender su protección. Según estos críticos, el ideal de la justificación pública debería ser desechado (Pepper, 2017), o complementado por consideraciones adicionales (Milburn, 2023; Magaña, 2023).

4. Conclusión

Como hemos visto en esta entrada, el ideal de la justificación pública ha generado una literatura amplia. También, lamentablemente, algo insular. A menudo, los debates han tenido lugar entre quienes ya estaban comprometidos de antemano con dicho ideal. Y, cuando se ha intentado ir más allá, la cosa no siempre ha acabado bien—como ejemplifica la agria discusión entre David Enoch y Gerald Gaus en Ethics (Enoch, 2013; Gaus, 2015).

Afortunadamente, hay razones para el optimismo. Por un lado, un creciente interés en cuestiones aplicadas ha llevado a un buen número de teóricos de la justificación pública a discutir, como ya vimos en la introducción, sobre feminismo, ética animal, justicia intergeneracional, libertad religiosa, el papel de la ciencia en sociedades democráticas, o el rol del estado a la hora de promover hábitos de vida saludables. Por otro lado, algunos autores han tratado de formalizar sus propuestas, echando mano para ello de herramientas de las ciencias sociales, como la teoría de juegos o los modelos basados en el agente, entre otras (Kogelmann y Stich, 2016; Vallier, 2017; Chung, 2020; Schaefer, 2023; Weithman, 2023). Ambas tendencias—el giro aplicado y el giro formal—invitan al debate sobre la justificación pública tanto a filósofos de otras corrientes como a científicos sociales. Si se aprovecha este resquicio, será posible expandir la discusión más allá de sus fronteras originales. Parece aconsejable no dejar pasar la oportunidad.

 

Pablo Magaña Fernández

(Universitat Pompeu Fabra)

 

Referencias

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Lecturas en español

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Recursos en línea

Entradas relacionadas

Cómo citar esta entrada

Magaña, P. (2024). Justificación pública. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/justificacion-publica/

 

Amor

La pregunta ¿qué es el amor? tiene respuestas muy diversas en la filosofía analítica. Por ejemplo, se puede definir el amor como un fenómeno mental, ya sea una emoción compleja (Brogaard 2014), una disposición (Naar 2013, Hernández 2020), un fenómeno emocional diacrónico (Rorty 1986, Jones 2008), un vínculo (Wonderly 2017, Harcourt 2016), o un síndrome (De Sousa 2015, Pismenny y Prinz 2017, Stringer 2020). Hay quien analiza el amor como un fenómeno de interacción, en el sentido de una unión de autonomías (Solomon 1981; Nozick 1989; Martin 2015), un diálogo (Krebs 2014), un compromiso (Delaney 1996), un proceso de dar forma a los respectivos auto-conceptos (Cocking y Kennett 1998), un proceso de identificación narrativo (López-Cantero 2018) o un proceso de entendimiento participativo (Candiotto y De Jaegher 2021). Además del enfoque metodológico, en el debate sobre el amor también hay diferentes perspectivas en cuanto al objeto del amor. En este sentido, hay teorías sobre el amor hacia seres humanos (Landrum 2009), hacia la naturaleza (Bannon 2017, Aaltola 2021) y entre animales no humanos (Frööding y Peterson 2011; Milligan 2014; Monsó, Benz-Schwarzburg, y Bremhorst 2018). También hay quien defiende que una definición del amor debe ser aplicable a una variedad de objetos personales y no personales (Shpall 2018). La filosofía analítica se ha centrado principalmente en el amor personal, entendido como amor hacia personas concretas (y no el amor incondicional al prójimo o a la humanidad).  

Dentro del debate sobre el amor personal, se pueden adoptar diferentes paradigmas amorosos, por ejemplo, la amistad (Blum 1993, Badwhar 1993, Jeske 2001, Nehamas 2016, Whiting 2016), el amor romántico (Foster 2008, De Sousa 2015), o el amor paterno-filial (Richards 2017, Protasi 2019, Stramondo 2019). Hay quien aboga por una conceptualización del amor personal que comprenda varios paradigmas, es decir, el abandono de la tradicional distinción entre tipos de amor (Harcourt 2016, Jollimore 2011). Dicho esto, todas estas perspectivas se basan en el supuesto de que el amor es algo que puede ser definido conceptualmente, pero no hay consenso en este punto (Jenkins 2015).

Dado el vasto abanico de posibilidades (y teniendo en cuenta que esto es solo una muestra de la heterogeneidad del debate dentro de la filosofía analítica reciente), en esta entrada nos centraremos en un solo aspecto sobre el amor. Tradicionalmente, el amor se ha considerado un tema ético (por ejemplo, Aristóteles dedica los libros VIII y IX de Ética a Nicómaco a la amistad como ruta hacia la virtud). Desde la perspectiva de la ética, y enmarcándonos dentro del amor personal, se pueden distinguir tres debates principales: el amor como evaluación, el amor en la moralidad y el amor en la ética aplicada.

1. El amor como evaluación

Entre los diferentes planteamientos para responder la pregunta ¿qué es el amor?, el más relevante para el amor entendido como un tema ético es el que define el amor como una manera de evaluar o valorar al ser querido. En concreto, el debate se ha centrado en justificar dicha evaluación. Generalmente, se considera legítimo cuestionar si una actitud evaluativa está justificada racionalmente. Por ejemplo, a Diana le enfada que su jefa le haga trabajar horas extras a costa de su tiempo libre porque tiene razones para ello. Que el tiempo libre es necesario para el bienestar, o que la jefa de Diana exige horas extra sin compensar y en el último momento, son potenciales razones que justifican el enfado en esta situación, pero no justificarían la ira o la compasión. Si el amor es una actitud evaluativa, la pregunta por la justificación es igualmente relevante. Piensa en por qué amas a tu mejor amiga o a tu pareja. Quizás respondas aludiendo a sus propiedades (que es amable, brillante, valiente), pero si es así, ¿por qué la amas a ella y no a otras personas con las mismas cualidades? Quizás la respuesta es simplemente “porque es mi mejor amiga”, o simplemente “porque me importa”. ¿Quiere decir eso que el amor no se extinguiría si la persona cambiara por completo de carácter? 

Dentro de esta tendencia racionalista, se ha debatido extensamente si las razones para el amor son cualidades–físicas, psicológicas o de carácter—del ser querido (Keller 2000; Hatala Matthes 2016; Hurka 2016; Protasi 2016; Clausen 2019; Díez e Iacona 2021); si la justificación del amor se encuentra en la relación (Kolodny 2003) o si es una mezcla de ambas (Jeske 2001; Naar 2017). En el otro lado del debate se encuentran los autores que defienden que el amor no es justificable mediante razones, es decir, que rechazan la pregunta sobre la racionalidad del amor (Frankfurt 2004; Thomas 1991; Zangwill 2013; Carlsson, 2018; Han 2021). Para estos, el amor no es una actitud evaluativa, sino que tiene que ver el reconocimiento de lo que nos importa—‘caring’ en el original, traducido también como ‘preocupación’ (Fermandois 2021). En otras palabras, amar algo significa que ese algo nos importa: el bienestar del objeto amado (o la falta de tal) afecta al bienestar de la persona que ama. Por tanto, la persona que ama se identifica con el objeto amado y adopta como compromiso la promoción del bienestar de este (LaFollette 1996; Soble 1997; White 2001; Smuts 2014; Wolf 2015).

Helm (2010) rechaza tanto la perspectiva racionalista como la no racionalista a la hora de definir el amor como evaluación, y propone una tercera vía. La discusión, según Helm, se centra erróneamente en lo que él denomina la “división cognitivo-conativa” entre los defensores del amor como actitud evaluativa y aquellos que lo vinculan a lo que nos importa. El error que los segundos cometen es analizar el amor como una actitud individualista, unidireccional desde la persona que ama hacia la persona amada, que no tiene en cuenta el carácter social de la identidad personal (esta crítica también se encuentra en Foster 2009b y McKeever 2019, dirigida en concreto a Frankfurt). En la teoría del Helm, el amor no es simple evaluación, sino evaluación e interacción. En concreto, el amor está constituido por un patrón de emociones centrado en los valores centrales de la persona amada, hasta el punto de que estos valores van adquiriendo, a través de una agencia compartida, la misma importancia que los propios valores de la persona amante—lo que Helm denomina “identificación íntima” (2010: 42). 

2. Amor y moralidad

Las respuestas a la pregunta ¿qué es el amor? centradas en las razones del amor que hemos considerado hasta ahora tienen como objetivo principal definir el fenómeno. Sin embargo, hay otro grupo de autores que plantea la pregunta con el objetivo de establecer el rol del amor en la moralidad. Entre estos destaca Velleman (1999), que entiende el amor como un reconocimiento del valor incomparable de la persona amada, que expresa su naturaleza racional en sus cualidades observables. Por su parte, Setya (2014) considera que es la humanidad de la persona, y no su naturaleza racional, la que justifica el amor. Cabe observar aquí que Setya se centra en modificar, y no en criticar, el proyecto de Velleman, mientras que otros como Kennett (2008), Harcourt (2009) o Bagley (2015) han criticado a Velleman vehementemente por centrarse en la naturaleza racional, que no todo el mundo tiene o expresa—cfr. Ortiz Llueca (2020) para un análisis favorable de la teoría de Velleman en castellano. En todo caso, tanto Velleman como Setya consideran que las razones que justifican el amor son razones morales, en el contexto de una moralidad universalista e impersonal. 

Sin embargo, esta no es la única opción dentro de la tendencia racionalista. Abramson y Leite (2011) defienden que las razones que justifican el amor son siempre cualidades morales de la persona (como sus virtudes) porque estas expresan el verdadero ser del otro. Por tanto, hacen la misma afirmación que Velleman o Setya sin necesidad de recurrir a aspectos universales como la naturaleza racional o la humanidad—de hecho, definen el amor como una emoción reactiva, desarrollando así la idea de Strawson (1974).

En el contexto de la moralidad surge una pregunta distinta a las razones del amor: las obligaciones del amor. La postura de Velleman y Setya en este punto es obvia: el amor es una fuente de obligaciones universales, ya que estas están enraizadas, respectivamente, de la racionalidad y la humanidad. Darwall (2016) ofrece una propuesta relacionada pero distinta: las obligaciones del amor son análogas a las obligaciones universales —cfr. Isern-Mas y Gomila (2020) para un resumen de la teoría del Darwall en castellano. Por otro lado, se pueden considerar las obligaciones del amor como específicas y distintas de las obligaciones universales (Jeske 1998, Keller 2006, Wallace 2012, Pismenny 2021, Brogaard 2021, Isern-Mas y Gomila 2022). Por ejemplo, si uno tiene la obligación de ayudar a un amigo en apuros, esta obligación no deriva de la obligación universal de ayudar, sino que es una obligación hacia esa persona en virtud de la amistad que compartimos. También podemos preguntarnos si existe una prescripción moral de amar a ciertas personas. Esta idea ha sido explorada principalmente en el contexto del amor paterno (Liao 2014, Protasi 2019).

El tema de las obligaciones del amor representa un desafío para la ética en general. Si entendemos los preceptos morales como universales e imparciales, ¿cómo podemos compatibilizar estos con la prioridad moral que otorgamos a las personas a las que queremos? Es decir, si, digamos, la deontología kantiana, prescribe seguir el imperativo categórico sin excepciones, ¿podría un marido justificar el salvar a su esposa de ahogarse en lugar de a un desconocido? (según el famoso ejemplo de Williams 1981). Algunos autores consideran que las obligaciones de amor requieren a veces infringir obligaciones universales. Por ejemplo, uno debe de incumplir su obligación universal de no mentir si una persona violenta llega a nuestra puerta buscando al amigo que tenemos escondido en casa y en general la amistad y el amor invalidan las obligaciones universales (Cocking y Kennett 2000, Koltonski 2016, Schaubroek 2019). Esta rama de la literatura constituye el llamado el ‘problema de la parcialidad’ (también conocido como la cuestión sobre las obligaciones especiales o deberes asociativos) que debe ser afrontado dentro de un análisis metodológico de la ética normativa—cfr  Lange 2022 para una panorámica sobre el tema. 

Este desafío a la ética guiada por principios universales e imparciales se puede interpretar como una razón para rechazar dicha ética. Este es el caso (de manera más o menos explícita) de las teorías que definen la normatividad a través del amor, es decir, que no intentan discernir cómo el amor encaja dentro de una teoría normativa que se rige por preceptos universales e imparciales, sino que entiende que el amor es un elemento indispensable de la vida moral, que es particular y parcial. Esta idea, que tenía gran importancia en la filosofía antigua y medieval, así como en otras tradiciones (Mian 2019; Ranganathan 2019), retorna a la filosofía occidental de la mano de Murdoch. Para Murdoch, el amor es una manera de atender a otros, y esta capacidad de atención imbuida de amor es la principal capacidad moral de las personas. Es decir, la moralidad no se basa en la racionalidad o en un sentido del deber pre-reflexivo, sino en la capacidad de ver a las personas tal y como son. La influencia de Murdoch es patente en varias teorías contemporáneas sobre el amor que apuntan a la visión como elemento constitutivo del amor (Jollimore 2011; Spreeuwenberg 2021). Más allá de la influencia de Murdoch, Blum (1980) y Friedman (1989) analizan el amor dentro de una moralidad que se sitúa más allá de principios meramente imparciales, y en concreto ven la amistad como un espacio de potencial crecimiento moral.

Conviene mencionar también la cuestión sobre el amor hacia personas inmorales, con gran relevancia histórica—debido a la influencia de Aristóteles, que defiende en los libros VIII y IX de la Ética a Nicómaco que la única amistad verdadera es la amistad basada en la virtud. Aunque sigue habiendo quien defiende que la amistad entre personas de buen carácter moral es la mejor expresión de la amistad (Elder 2014, Isserow 2018, Mason 2022), muchos otros rechazan esta idea (Cocking y Kennett 2000, Nehamas 2010, Pakovská 2014, Trujillo 2020), e incluso autores propiamente neo-Aristotelianos defienden la amistad basada en el placer o en la utilidad (Hurtshouse 2007). 

Por último, cabe destacar que algunos autores rechazan categóricamente cualquier tipo de relación entre el amor y la moralidad. El amor, según estos autores, es un fenómeno de la vida que no tiene nada que ver con las decisiones morales, por ejemplo, porque es simplemente una respuesta emocional amoral (Zangwill 2013) o porque esta cuestión degenera inevitablemente en desacuerdos sobre qué es la moralidad (De Sousa 2022). Por su parte, Pismenny (2021) opta por una vía intermedia que acepta que puede haber razones tanto morales como amorales para el amor.

3. Amor y ética aplicada

Más allá de los debates esencialmente conceptuales, existe un grupo de autores que enfocan su estudio sobre el amor desde una perspectiva social o atendiendo a cuestiones aplicadas. En este grupo se encuentran las teorías revisionistas que cuestionan las teorías tradicionales sobre las relaciones personales desde una perspectiva principalmente feminista y centradas en el amor romántico. El amor es, para estas teorías, un espacio de opresión patriarcal, impuesto a través de opresivas como la relegación de la mujer al ámbito doméstico o su supeditación emocional. Aunque la tendencia crítica se origina en otras tradiciones intelectuales como la filosofía continental o la sociología (Beauvoir 1949/2017, Illouz 2012, hooks 2000/2021), dentro de la filosofía analítica hay que destacar la obra de Marilyn Friedman sobre amor y autonomía. Friedman (1998, 2003) responde directamente a teorías del amor como unión de identidad, y propone un modelo más realista e igualitario en el que el amor es una ‘federación de identidades’ donde los miembros de la relación retienen su individualidad.

Las teorías revisionistas pusieron en relieve la necesidad de liberar la filosofía del amor de los tópicos occidentales, a menudo tomados como verdades metafísicas. Por ejemplo, sobre el matrimonio existe una importante corriente abolicionista, debido a que es una práctica discriminatoria hacia las relaciones no normativas, que no gozan de la misma protección institucional (Brake 2012, Chambers 2017). Otro ejemplo es la defensa de la poliamoría (Brunning 2018, Clardy 2018, Jenkins 2017), que algunos autores incluso consideran de mayor valor moral que la monogamia (Brake 2017, Chalmers 2019). Otros autores revisionistas se centran en desarticular otros tópicos sobre el amor o introducir en el debate facetas del amor menos exploradas, como la infidelidad (McKeever 2020), el amor trans y/o queer (Behrensen 2019, Eickers 2022), las preferencias amorosas de carácter racial (Zheng 2016) o la maternidad sin amor (Protasi 2019).

También hay debates sobre el amor en la ética aplicada donde no existe un objetivo fundamentalmente revisionista, sino una exploración de facetas del amor que son totalmente novedosas. Este es el caso del estudio del amor hacia robots o inteligencia artificial, que ha pasado de ser un tema recurrente en la ciencia ficción a convertirse en un debate filosófico (Frank y Nyholm en prensa). Siguiendo con las nuevas tecnologías, Jeske (2019) ha publicado un completo estudio sobre la amistad en las redes sociales, mientras que las aplicaciones de citas online han sido tratadas por McKeever (2022).  Uno de los temas con más alcance social en este sentido es el debate sobre la ‘mejora del amor’ o las ‘drogas del amor’: ¿sería ético desarrollar medicamentos que nos permitan un mayor control sobre nuestra vida amorosa?—cfr.  Earp y Savulescu (2021) para una defensa de la mejora del amor; y Nyholm (2015), Naar (2016), López-Cantero (2020), Spreeuwenberg y Schaubroek (2020) para varias respuestas críticas.

4. Conclusión

Aunque el amor no es un tema tradicional de la filosofía analítica, hemos visto como su estudio se centra en cuestiones típicamente analíticas como la justificación racional o los principios éticos imparciales. Pero también hemos visto como el amor presenta retos a la tendencia racionalista y universalista que caracteriza a algunas vertientes de la filosofía analítica. Así, ¿cuál es el futuro de la filosofía del amor?

Existe la posibilidad de que la filosofía del amor se convierta en un campo puramente revisionista, donde los conceptos tradicionales (por ejemplo, el amor romántico) o las cuestiones más debatidas en términos universales (como la justificación del amor) sean completamente abandonados. Esto sería probablemente un error. Si bien es cierto que las teorías racionalistas han sido en ocasiones demasiado simplificadoras, cada vez es más común encontrar argumentos que evitan la tendencia a definir el amor a través de un único elemento central, por lo que el planteamiento racionalista ha dejado de dominar el debate. Este cambio permite hacer análisis más pluralistas, y por tanto más completos, del amor.

Es importante que este cambio de paradigma no se revierta: si nos enfocamos demasiado en las razones del amor y en los principios universales, ignoramos las muchas facetas del amor que están empezando a descubrirse en el campo de las teorías aplicadas y revisionistas. El amor, al fin y al cabo, es una práctica social, y no meramente un concepto abstracto: los cambios sociales introducen nuevas facetas que deben ser exploradas, para así seguir construyendo nuestro entendimiento de esta práctica tan esencial en nuestras vidas.  

Pilar López-Cantero

(Tilburg University)

 

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Lecturas recomendadas en castellano

Paredes Martín, M. C. y Bonete Perales, E. (2020.), La filosofía y el amor, Salamanca: Ediciones Universidad de Salamanca.

Entradas relacionadas

Cómo citar esta entrada

López-Cantero, P. (2022). Amor. Enciclopedia de la Sociedad de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/amor/

 

Filosofía del trabajo y las relaciones laborales

El trabajo y las relaciones laborales, centrales en la obra de Aristóteles, Adam Smith o Karl Marx, han vuelto a ocupar un lugar destacado en la filosofía reciente, con contribuciones relevantes en tres áreas. La primera es la naturaleza del trabajo: ¿qué rasgos debe tener una actividad para que sea trabajo y qué categoría ocupan actividades como los cuidados, las labores comunitarias o la generación de datos personales? La segunda es el valor del trabajo: ¿qué bienes, y bajo qué condiciones, puede proveer el trabajo y qué relaciones objetables, como la explotación o la alienación, puede implicar (quizá hasta el punto, como algunos sostienen, de que una economía automatizada y sin trabajo sería preferible)? La tercera es la organización del trabajo: ¿qué principios deben gobernar la distribución y organización del trabajo, así como la respuesta a la desigualdad salarial, los abusos gerenciales o la dualización del mercado de trabajo? Esta entrada introduce las principales contribuciones, en especial desde la filosofía analítica, a estas tres áreas.

1. La naturaleza del trabajo

Definir el concepto de trabajo, para así poder discriminar qué actividades son trabajo y cuáles no, tiene un interés no sólo filosófico. También es relevante para científicos sociales y agencias estadísticas cuando estiman, por ejemplo, la población activa o el producto interior de un país. Y lo es, además, para el reconocimiento social y económico de las actividades consideradas trabajo. Por ejemplo, que las labores domésticas y de cuidados lo sean, como defienden muchas feministas (Brake 2021), tiene implicaciones tanto para el reconocimiento social de quienes trabajan en su hogar como para el cálculo de su pensión. O que lo sea la generación de datos personales en aplicaciones digitales, como defienden Posner y Weyl (2018), tiene implicaciones tanto para su posible reconocimiento pecuniario como para los derechos y deberes de los usuarios.

No es fácil, sin embargo, definir el concepto de trabajo. Para empezar, sus condiciones de definición son a menudo contextuales, no sólo porque una misma acción (preparar salmorejo, pongamos) pueda ser trabajo o no según el contexto (si lo preparamos para un cliente o para nuestro deleite), sino también porque el propio concepto de trabajo ha cambiado con el tiempo (sobre el concepto moderno, véase Applebaum 1992: parte III; Díez 2014). Pero incluso ciñéndonos a nuestro contexto histórico, ninguno de los intentos filosóficos por definir este concepto carece de problemas (en términos de alcanzar un equilibrio reflexivo entre nuestra teorización del concepto y nuestros juicios particulares sobre qué actividades son trabajo y cuáles no) (Noguera 2000; Veltman 2016). Veamos tres intentos y algunos de sus problemas.

1.1. Trabajo como actividad instrumental

Lo que distingue al trabajo, según una primera concepción, es ser una actividad instrumental (Marx 1867; Arendt 1958). Cuando vamos al cine o jugamos al dominó lo hacemos, en general, sin otro fin que la actividad en sí. Cuando instalamos una caldera o transcribimos una entrevista, en cambio, lo hacemos con un propósito ajeno a la actividad. Esta concepción instrumental ha ido a menudo acompañada, además, de una valoración negativa, según la cual el trabajo sería una actividad ingrata y hecha por necesidad (Génesis, 3:19; Smith, 1776, I.V). Lo cual, pese a ser con frecuencia cierto, es implausible como condición general, pues negaría que trabaje quien, pudiendo dejar su empleo tras ganar el sueldo Nescafé, sigue ejerciéndolo porque le gusta (Cholbi 2022). Pero incluso una definición limitada al carácter instrumental, si bien más plausible como condición necesaria, es insuficiente para discriminar qué sea trabajo y qué no, generando falsos positivos. Hacer dieta para estar delgado o escuchar reguetón para incordiar al vecino, por ejemplo, son actividades instrumentales, pero no son trabajo (Van Parijs 1996; Gomberg 2018).

1.2. Trabajo como producción de valor de uso

Una segunda concepción añade otro requisito: la búsqueda de producción de utilidad (o valor de uso) en terceros (Marx 1867; Van Parijs 1996). Según esta concepción, para que una actividad sea trabajo debe producir –a diferencia de la dieta o el reguetón mencionados arriba– un resultado que beneficie a otros. O, en rigor, que busque beneficiarles: un mecánico que no consigue reparar un coche, por ejemplo, puede haber trabajado tanto como otro que sí lo logra (Van Parijs 1996: 170). Esta concepción, según la cual las labores de cuidados o comunitarias serían trabajo al crear valor en terceros, es sin duda más completa que la anterior. Pero sigue generando falsos positivos: cuando oriento a un turista desnortado o escribo un poema para mi pareja beneficio (dependiendo de mi maña) a un tercero, pero no por ello trabajo (Noguera 2000: 18; Veltman 2016: 25).

1.3. Trabajo como producción de valor de cambio

Una tercera concepción, que identifica el trabajo con la creación de valor de cambio (o remuneración), evita el problema de la anterior (Smith 1776; Méda 1998). Es consistente, además, con la definición que usan muchas administraciones, al identificar trabajo con empleo, ya sea por cuenta ajena o propia. Pero tiene sus propios problemas (Noguera 2000). Uno es que, como las concepciones anteriores, genera falsos positivos, pues quienes viven de rentas inmobiliarias o echan la primitiva con fortuna, por mucha remuneración que obtengan, difícilmente trabajan al hacerlo. Otro es que, además, genera falsos negativos, al implicar que los esclavos o los reclusos sometidos a labores forzosas, por ejemplo, no trabajan. Y un tercero es que incurre en petición de principio: asume la remuneración como requisito del trabajo, cuando la pregunta es justamente si actividades que hoy no son remuneradas, como las labores domésticas o la generación de datos, deben ser consideradas trabajo o no.

Queda, en suma, mucho por hacer, quizá no sólo echando mano del análisis conceptual sino también inspeccionando las razones morales que podamos tener para favorecer ciertas concepciones del concepto de trabajo sobre otras, como la ética conceptual sugiere hacer (Burgess et al. 2020). Y sería bueno, además, que dicha tarea se extendiera a conceptos más específicos que han atareado a la filosofía reciente, como los de trabajo precario (Standing 2013), emocional (Brake 2021) o animal (Blattner et al. 2019).

2. El valor del trabajo

Una segunda área de indagación filosófica es la valoración que merece el trabajo, y en particular el remunerado, dada su centralidad en nuestras sociedades. En el trabajo pasamos una quinta parte del tiempo (1687 horas al año, en los países de la OCDE). Y el trabajo define en buena medida nuestros ingresos, identidad personal, reconocimiento social y estatus legal. La filosofía ha estudiado las razones para favorecer o desdeñar dicha centralidad, con tres posiciones que aquí repasamos: la de quienes enfatizan los bienes que el trabajo puede proveer (2.1), la de quienes enfatizan sus posibles males (2.2) y la de quienes niegan todo valor al trabajo (2.3). Qué valor tenga el trabajo importa, además, para los debates sobre la apreciación, favorable o no, de la automatización, la reducción de la semana laboral, la renta básica o las políticas activas de empleo.

2.1. Los bienes del trabajo

Al examinar los bienes del trabajo, la filosofía reciente se ha centrado en dichos bienes para el trabajador. No olvidemos, sin embargo, que el trabajo tiene como función básica la producción de bienes y servicios para la sociedad, a fin de satisfacer las necesidades y preferencias de consumidores y ciudadanos. Las consideraciones generales de justicia y eficiencia son por ello cruciales para los debates sobre cómo organizar tal producción, como veremos en la sección 3.

Los bienes del trabajo para el trabajador, por su parte, pueden ser de dos tipos: bienes materiales, como la remuneración o la seguridad ocupacional que recogen categorías como la de “trabajo decente” de la OIT o la de “calidad del empleo” de la OCDE, y bienes no materiales. Entre los no materiales, algunos distinguen cuatro que el trabajo, desempeñado en condiciones favorables, estaría en posición privilegiada de proveer: la realización personal, la contribución a la sociedad, el sentido de comunidad y el reconocimiento social (Gilabert 2015; Gheaus y Herzog 2016). Otros han enfatizado la autonomía que el trabajo puede promover (Roessler 2012). Y aún otros, su rol en el ejercicio de virtudes como la integridad o el autorrespeto (Veltman 2016).

Estas posiciones deben ser distinguidas, en cualquier caso, de la glorificación del trabajo que encontramos en la moderna “ética del trabajo” que describieron Marx (1867) o Weber (1905) (y examinan Applebaum 1992 y Díez 2014). Las primeras, si bien defienden que el trabajo es una actividad privilegiada para obtener dichos bienes, admiten que muchas formas de trabajo no los proporcionan en absoluto, como discutimos a continuación.

2.2. Los males del trabajo

Que el trabajo puede ser objetable parece obvio: ahí están la esclavitud, el acoso laboral o el trabajo infantil. Más difícil es definir cuándo, y por qué, es objetable. Desde antiguo, la filosofía ha estudiado las categorías que usamos para responder a esta cuestión, de las cuales aquí repasamos cuatro: las de subordinación, dominación, explotación y alienación.

La subordinación a una autoridad ajena caracteriza muchas formas de trabajo. En nuestras economías, la mayoría de los trabajadores (cinco de cada seis en la Eurozona, por ejemplo) trabajan por cuenta ajena, subordinándose a un empleador (crecientemente, mediante un algoritmo) con autoridad para dirigirlos, supervisarlos y sancionarlos de un modo infrecuente en sociedades democráticas, salvo quizá en ejércitos y prisiones (Anderson 2017). Según algunos, como Kant (1793), esta subordinación, a diferencia del trabajo por cuenta propia, violenta la autonomía. Según otros, violenta la igualdad relacional (véase Jonker y Rozeboom 2023).
La interpretación más extendida, sin embargo, es que la subordinación no es objetable como tal. De lo contrario, subordinarse a la autoridad de un profesor o un magistrado también sería, implausiblemente, objetable como tal. Que sea objetable depende, según esta segunda interpretación, de las circunstancias legales y materiales (González-Ricoy 2022). Cuando quienes ostentan autoridad pueden ejercerla de manera arbitraria, sin tener que considerar los intereses de sus subordinados, entonces (y sólo entonces) la relación es objetable. El problema no sería la subordinación, sino la dominación (Pettit 1997; Domènech 2004).

La explotación, cuya idea básica es aprovecharse de la debilidad ajena para beneficio propio, tiene su tratamiento más influyente en Marx (1867). Según éste, los trabajadores son explotados cuando se ven forzados a vender su fuerza de trabajo por un valor inferior al de los bienes que producen. Esta concepción es informativa: nos permite calcular la tasa de explotación (equivalente a la plusvalía que obtiene el explotador dividida por el valor que recibe el explotado) para toda relación laboral. Pero ha recibido muchas críticas. Una es que el trabajo no es la única fuente de valor, con marxistas como Cohen (1986) replicando que lo que caracteriza la explotación no es que el trabajador no retenga todo el valor, sino que el explotador retenga parte del mismo. Otra crítica es que esta concepción implica que el Estado (de bienestar) explota a los trabajadores, al forzarlos, vía impositiva, a transferir parte del valor de su trabajo a quienes están incapacitados para trabajar (idea que libertarios de derechas como Nozick 1974 comparten). Ello ha hecho que algunos, como Roemer (1987), definan la explotación no por sus resultados, sino por cómo están distribuidos los medios de producción. Y que otros lo hagan por el daño causado o por la falta de libertad o reciprocidad (véase Vrousalis 2018).

La alienación laboral, cuya idea básica encontramos ya en autores como Smith (1776: V.I), puede adoptar varias formas. Según Marx (1844), el trabajador (en particular, el asalariado) puede estar alienado (1) de su producto, al carecer de control sobre éste; (2) en la producción, al estar sujeto a una división del trabajo que le hace ignorar y sentirse ajeno al proceso productivo; (3) de su esencia, al convertirse aquello que lo hace humano, la capacidad para producir voluntaria y conscientemente, en un medio para subsistir y no en un fin; y (4) del resto de humanos, al ver a éstos como competidores y no como cooperadores. Muchos han criticado esta concepción por esencialista, productivista y perfeccionista, pues naturalizaría la producción voluntaria y consciente como una exigencia de la no alienación y de la libertad, mientras que otros han buscado actualizarla (Elster 1993; Kandiyali 2020).

2.3. El rechazo del trabajo y el postrabajo

Quienes critican el trabajo como tal no lo hacen, o no sólo, porque muchas ocupaciones (pensemos en las de temporeros, teleoperadores o cobradores del frac) provean precariamente los bienes mencionados arriba o sean a menudo alienantes y explotadoras. Ésta es una crítica que los defensores del valor del trabajo comparten (Gilabert 2015). La crítica distintiva es que el trabajo, incluso en condiciones favorables, no es una actividad privilegiada para proveer dichos bienes, primero, porque sus bienes no materiales también pueden ser proveídos por actividades extralaborales como las aficiones o la crianza (provisión que la centralidad del trabajo, al quitarnos tiempo libre, dificulta) y, segundo, porque sus bienes materiales, y los ingresos en concreto, podrían ser proveídos por una renta básica. Ello ha hecho que muchos cuestionen la centralidad del trabajo y defiendan una sociedad “postrabajo” (Frayne 2017; Weeks 2020).

Una objeción es que la relación entre el trabajo y sus bienes es más robusta de lo que afirman los críticos, y no sólo porque los trabajadores, cuando pueden no trabajar por haber ganado la lotería u obtenido un ingreso estatal, suelen reducir su participación laboral sólo modestamente (Cesarini et al. 2017; Hussam et al. 2021). Algunos también han defendido que el pago del consumidor por nuestro trabajo es una forma distintiva, no sustituible por un ingreso estatal, de reconocimiento (Greene 2019). Y aún otros, que el trabajo puede tener valor intrínseco, independiente de los bienes que provea (Elster 1993). Pero todo ello, replican los críticos, podría deberse a una preferencia adaptativa que, al no reflejar verdaderos intereses, podría cambiar (Cholbi 2022: 2.2).

3. La organización del trabajo

La distribución y organización del trabajo determina quiénes, y en qué grado, disfrutan sus bienes y quiénes, en cambio, padecen sus males. Sorprende poco, pues, que la filosofía se haya centrado, como aquí repasamos, en los principios que deberían gobernar dicha distribución y organización, incluyendo el acceso al trabajo (3.1) y las condiciones laborales y salariales (3.2), así como en los medios para realizar tales principios (3.3).

Antes de empezar, vale la pena mencionar dos debates adicionales. Uno, sobre justicia contributiva (Gomberg 2018), se centra en un posible derecho a trabajar, que algunos han defendido apelando a los bienes del trabajo (Gilabert 2015), y en un posible deber de trabajar, que otros han defendido apelando al principio del juego limpio, según el cual el trabajo ajeno para producir los bienes y servicios que disfrutamos generaría un deber de reciprocidad (White 2003). Otro debate, sobre los límites del trabajo, se centra en qué trabajos no deberíamos permitir, quizá incluyendo el reproductivo y el sexual, y a qué personas no deberíamos permitir trabajar, quizá incluyendo a ancianos y menores (Satz 2015).

3.1. Libertad ocupacional e igualdad de oportunidades

Los debates filosóficos sobre el acceso al trabajo se han centrado en la libertad ocupacional y la igualdad de oportunidades, que muchos consideran esenciales –aunque no necesariamente suficientes– para la justa distribución del trabajo disponible.

La libertad ocupacional protege las decisiones sobre qué estudiar y en qué trabajar frente a interferencias ajenas, como serían la conscripción ocupacional, la discriminación laboral o el trabajo forzoso. Algunos han justificado esta concepción apelando a la igualdad económica (Dworkin 2003) o a la integridad personal (Rawls 2002). Y otros, como Nozick (1974), al derecho de autopropiedad: así, la conscripción o los trabajos forzosos violarían nuestra libertad ocupacional porque violan nuestro derecho a usar y ceder nuestros cuerpos y habilidades como nos plazca y sin coacción. Pero muchos cuestionan esta última justificación, pues la autopropiedad es compatible con la firma de contratos laborales irrescindibles y con la discriminación en la contratación, lo cual vulneraría, respectivamente, el derecho a dejar un empleo y la no discriminación, ambos rasgos centrales de la libertad ocupacional (Stanczyk 2013).

La igualdad de oportunidades, por su parte, admite varias concepciones. Interpretada formalmente, sólo exige eliminar la discriminación en el acceso a empleos, de modo que éstos sean adjudicados por cualificación relativa al cargo. Una objeción habitual es que la igualdad de oportunidades formal no impide que las desigualdades de cuna se traduzcan en desiguales oportunidades reales (Barragué 2017). Por ello, muchos defienden una interpretación sustantiva, no meramente formal, del principio, con implicaciones relevantes para las políticas educativas y de acción afirmativa. La igualdad equitativa de oportunidades de Rawls (1971), por ejemplo, exige neutralizar las desigualdades materiales que puedan impedir que trabajadores con igual talento y ambición tengan igual probabilidad de acceso a empleos. Y aún otros han criticado la igualdad de oportunidades como tal, ya sea por legitimar las disparidades entre “ganadores” y “perdedores” o por su severidad con estos últimos, defendiendo la igualdad de resultados en su lugar (Rendueles 2020). Quizá no todos podamos ser atletas olímpicos o directores de orquesta, pero sí podemos tener condiciones laborales similares.

3.2. Condiciones laborales y justicia salarial

Las condiciones laborales como objeto de distribución abarcan las materiales y las no materiales (Gheaus y Herzog 2016). Aquí nos centramos en las condiciones materiales y, concretamente, en los salarios. Según un primer principio, el de libertad contractual, es justo todo salario que trabajador y empresario acuerden voluntariamente (Nozick 1974). Este principio suele acompañarse de otro, el de eficiencia, pues muchos consideran que los contratos laborales voluntarios, en tanto que ambas partes mejoran su situación, son mejoras de eficiencia (paretiana, como se la conoce), al menos en ausencia de monopsonios y otros fallos de mercado (Heath 2014).

Según el principio de contribución, por su parte, los salarios son justos cuando corresponden a la contribución del trabajador, en términos de productividad marginal, a la empresa (Miller 1999). Otros han defendido un principio de igualdad salarial (Carens 1981), que ha sido criticado por impedir los diferenciales salariales por trabajos especialmente ingratos o peligrosos y por violentar la libertad contractual y la eficiencia productiva. Y aún otros han defendido (precisamente por razones de eficiencia) principios prioritaristas como el principio de la diferencia de Rawls (1971), según el cual las desigualdades salariales son permisibles si benefician a los peor situados, y que igualitaristas como Cohen (2001) han criticado. Según Cohen, si incentivar salarialmente a los trabajadores más cualificados aumenta la productividad de la empresa, permitiendo pagar mejores salarios a los menos cualificados, entonces podemos tener razones para incentivarlos, como las podemos tener para pagar el rescate a un secuestrador, pero no razones de justicia.

3.3. Salida, regulación y voz

Los medios para promover los principios recién repasados y mitigar los males descritos en la sección 2.2 pueden ordenarse en tres enfoques generales, dependiendo de si persiguen facilitar la salida de las relaciones laborales abusivas, regular dichas relaciones o promover la voz de los trabajadores sobre sus términos (algunos adaptan esta distinción de otra célebre hecha por Hirschman 1977).

Empecemos por la salida, que puede promoverse con tres objetivos. Uno es facilitar que los trabajadores abandonen las relaciones asalariadas promoviendo el autoempleo, en el cual la subordinación, la dominación y la explotación por un empleador serían inexistentes y la alienación, al decidir el trabajador en qué trabajar y cómo hacerlo, estaría atenuada (Anderson 2017; González-Ricoy y Queralt 2021). En las economías pobres, donde el trabajo asalariado escasea y es con especial frecuencia abusivo, el autoempleo merecería protección, además, por ser necesario para la mera subsistencia (Queralt 2019). Un segundo objetivo es estratégico: mejorar la posición negociadora del trabajador aumentando su capacidad para amenazar con dejar la empresa en caso de abuso, ya sea facilitando la movilidad laboral (Taylor 2017) o una renta básica como colchón ante el desempleo (Van Parijs 1996). Y un tercer objetivo es asegurar que las relaciones asalariadas sean realmente voluntarias. Según algunos, ello ocurre (en el ámbito laboral tanto como en el matrimonial o el asociativo) cuando podemos entrar y salir libremente por disponer de alternativas, incluida la de no trabajar que una renta básica permitiría (Pettit 1997; Van Parijs 1996; Taylor 2017).

La regulación laboral, el enfoque más obvio de los que aquí repasamos, no persigue aumentar la capacidad para abandonar las relaciones abusivas, sino regular dichas relaciones –vía legislación laboral y convenios colectivos– para evitar el abuso. Una razón es que la movilidad laboral perfecta es inviable, dados numerosos factores (personales, de antigüedad) que pueden atar al trabajador a su empleo (Anderson 2017). Otra es que, aunque fuera viable, tenemos razones para regular las relaciones dentro de la empresa, dado el impacto que éstas tienen sobre los intereses de los trabajadores; razones que serían análogas a las que tenemos para regular las relaciones dentro de los Estados, por mucho que sus ciudadanos puedan a veces emigrar con facilidad, como ocurre en el espacio Schengen (González-Ricoy 2022).

La voz de los trabajadores, por último, busca complementar los enfoques anteriores por diversos medios, como la representación sindical (Reiff 2020), el recurso a la huelga (Gourevitch 2018) o la participación de los trabajadores en la gestión de las empresas, tal como facilitan la cogestión y el cooperativismo (Frega et al. 2019). Dicha participación ha sido justificada, además, para salvaguardar la autonomía de los trabajadores (Anderson 2017), reducir las desigualdades dentro de la empresa (Jonker y Rozeboom 2023) o promover la participación en otras esferas, como la política (Pateman 1970). Y ha sido criticada por sus posibles ineficiencias productivas y por vulnerar la libertad contractual de trabajadores y empresarios (véase Frega et al. 2019).

4. Conclusión: el futuro (de la filosofía) del trabajo

La filosofía social tradicional ha seguido un paradigma en el que el trabajo es identificado con el remunerado, valorado como central y practicado en una relación asalariada y estable. Pero todo ello está cambiando y así lo está haciendo la filosofía, que recientemente ha analizado las labores no remuneradas, cuestionado la centralidad del trabajo y estudiado el llamado trabajo atípico, incluyendo el autónomo y el de plataformas, así como fenómenos recientes como la automatización, la gerencia algorítmica o la dualización del mercado laboral en empleos estables y bien remunerados y otros precarios. Queda mucho por hacer, sin embargo, en términos tanto de adaptar los debates filosóficos tradicionales a los cambios recientes como de tender puentes con áreas filosóficas vecinas, como la metafísica social y la ética conceptual, y con disciplinas vecinas, como las ciencias sociales y el derecho laboral.

Iñigo González Ricoy
(Universitat de Barcelona)

Referencias

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Lecturas recomendadas en castellano

  • Gorz, André (1995). Metamorfosis del trabajo, Madrid: Sistema
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Entradas relacionadas

Cómo citar esta entrada

González Ricoy, I. (2022). Filosofía del trabajo y las relaciones laborales. Enciclopedia Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/filosofia-del-trabajo-y-relaciones-laborales/

 

Ética y generaciones futuras

Nuestra relación con el futuro está caracterizada por ser asimétrica. Con nuestras acciones y omisiones, los individuos del presente podemos influir de muchas formas en las generaciones futuras. Por ejemplo, podemos influir en el número e identidad de individuos que existirán en el futuro, en sus capacidades y habilidades, así como en las características del mundo (natural, social y político) que habitarán. Las generaciones futuras pueden relacionarse con nosotros a través de actividades simbólicas (como los rituales de memoria colectiva, o la asignación de méritos y faltas), pero nuestra influencia sobre ellas tiene un alcance mucho mayor. 

Algunos de los problemas que afectan a las generaciones futuras incluyen el cambio climático (Shue 2014; Caney 2020), la degradación de los recursos naturales (García-Portela 2017; Blomfield 2019; Armstrong 2021), el uso de energía nuclear o el uso de tecnologías con riesgos potencialmente altos, como las técnicas de geoingeniería (Callies 2019). También incluyen cuestiones como si nuestros sistemas legislativos deben determinar las leyes por las que se rija el futuro, y cómo deberían hacerlo (Gardiner 2014; Ekeli 2007), qué tipo de deudas está justificado legar a las generaciones futuras (Smith 2021) y de qué formas nuestros sistemas políticos deben incluir una representación de las generaciones futuras (García-Portela, 2016; González-Ricoy y Gosseries 2016). Finalmente, también son relevantes las cuestiones de ética reproductiva y poblacional, como si tenemos el deber de procrear, o incluso de no hacerlo (Cripps 2016), o si tenemos el deber de evitar la extinción de la humanidad (Frick 2017; Finneron-Burns 2017; Sheffler 2018).  

Desgraciadamente, no podré abordar aquí todas estas cuestiones. En su lugar, esta entrada recoge algunas preocupaciones filosóficas básicas relacionadas con nuestra relación ética con el futuro y que afectan transversalmente a muchas de las discusiones enumeradas anteriormente. 

1. El problema de la no identidad

El problema de la no-identidad fue popularizado por Derek Parfit en 1984 en su obra Razones y personas. Este problema pone en cuestión la posibilidad tanto de que podamos dañar a personas futuras, como de que algunas personas existentes en el presente hayan podido ser dañadas por las generaciones pasadas. Veamos cuál es el problema de la no-identidad y en qué condiciones surge. 

En general, nuestras acciones pueden beneficiar o dañar a otros individuos. Es decir, pueden hacer que estén mejor o peor de lo que de otra manera habrían estado (noción contrafáctica de beneficio y de daño). En principio, estos individuos pueden demandar que no les dañemos porque, presumiblemente, esto les hará estar mejor de lo que estarían si les dañásemos. Sin embargo, en algunas ocasiones, nuestras acciones no solo afectan a los estándares de vida de las personas, sino también a qué personas vivirán en el futuro, es decir, a la identidad numérica de las generaciones futuras. En estos casos, resulta más complicado argumentar que hemos dañado a las personas que existen por causa de nuestra acciónEsto es porque si no hubiéramos actuado de esta forma, estas personas no habrían existido. A menos que estas personas tengan vidas que no merecen la pena ser vividas, no es cierto que, si no hubiéramos actuado de la forma que lo hicimos, estas personas habrían estado mejor. En ese caso, sencillamente no existirían. Por tanto, resulta complicado justificar demandas morales que se sustenten sobre la posibilidad de dañarlas o sobre el posible daño que se les ha causado. El problema de la no-identidad pone en cuestión, por tanto, la posibilidad de que podamos dañar a personas futuras mediante acciones que determinan su identidad numérica. 

Imaginemos el caso de una niña de catorce años que decide continuar con su embarazo a pesar de tener grandes dificultades para criar a su futuro hijo, privándole de oportunidades que podría garantizar a su descendencia si la tuviese más tarde. O el caso de una comunidad que decide llevar a cabo políticas medioambientales de agotamiento masivo de los recursos naturales que, a pesar de mejorar sus vidas presentes, harán que las generaciones futuras vivan mucho peor que si hubiesen llevado a cabo políticas medioambientales conservacionistas (Parfit 2005). Estos ejemplos tienen en común que aquellas acciones que presumiblemente dañan a los miembros de generaciones futuras también determinan su existencia misma. Por tanto, no podemos decir que estas acciones les hayan dañado a ellos. Lo cual parece implicar que tampoco pueden considerarse acciones moralmente erróneas. Este es considerado un problema porque, a pesar de que el razonamiento no parece tener fallos lógicos, nos sigue pareciendo que las acciones en cuestión son moralmente incorrectas. 

Algunas propuestas para solucionar el problema de la no-identidad incluyen:

(1) Revisar nuestras intuiciones morales. Esta estrategia consiste en aceptar que los actos en cuestión no son moralmente incorrectos (Heyd 2014; Boonin 2014). Claro está, el problema es si uno puede deshacerse de estas intuiciones morales tan fácilmente, especialmente porque son muchas las acciones que afectan a la identidad numérica de las personas.

(2) Noción umbral de daño. De acuerdo con esta noción, algo es dañino para una persona si hace que el nivel de vida de ésta (o algún elemento de su bienestar, como sus necesidades básicas y sus capacidades) caiga por debajo de un determinado umbral, incluso si esta persona tiene una vida que merece la pena ser vivida (Harman 2004; Shiffrin 1999; Meyer 2003). Esta noción sería complementaría a la noción contrafáctica de daño. Nótese que esta posición nos permite mantener nuestras intuiciones solo en algunos casos de no-identidad, pero no en todos. Además, podría resultar difícil aceptar que traer a una persona al mundo con el nivel máximo de bienestar del que esa persona puede gozar constituya un daño para esta persona, en cualquier sentido moralmente relevante de la noción de daño. 

(3) Agravio moral sin daño. Según esta estrategia, una acción puede agraviar a alguien, aunque no le cause daño, por ejemplo, porque van en contra de un principio universal de respeto mutuo hacia las personas. Aquí ‘personas’ no haría referencia a esta o aquella persona en particular, sino al genérico ‘persona’ (Kumar 2003; 2018; 2020). Sin embargo, aunque la acción pueda agraviar a una ‘persona’ (considerada desde un punto de vista genérico), no está tan claro que este sea el caso de la persona en concreto, cuya existencia resultaría de estas acciones. El carácter interpersonal de las teorías contractualistas hace difícil ver cómo una acción puede agraviar a alguien si, a la par, también determina la existencia de esta persona.  

(4) Utilitarismo impersonal total. Según esta posición, no es necesario que una acción dañe a alguien en particular para que sea incorrecta. Es suficiente con que esa acción genere menos bienestar total (agregado) que las posibles acciones alternativas. Este principio puede esquivar el problema de la no-identidad porque las acciones donde este aparece pueden ser consideradas moralmente injustificadas en la medida en que traigan menos bienestar total al mundo del que otra manera hubiera existido. Puesto que el utilitarismo impersonal total se enfrenta a una objeción, la ‘conclusión repugnante’, en la que se centra la próxima sección. 

2. La conclusión repugnante

Existen varias alternativas para la maximización del bienestar, entre las que se encuentra incrementar el número de personas que existen en el mundo (en la medida en que eso no disminuya el bienestar agregado de todas ellas). Modificaciones en el control de la natalidad pueden llevar a incrementar o disminuir el número de personas que existirán en el futuro. La conclusión repugnante surge porque ‘para cualquier población posible que esté formada por individuos con un nivel de bienestar muy alto, habrá otra población mejor en la cual todos los individuos que la componen tienen un nivel de bienestar muy bajo pero positivo, siendo el resto de los valores contantes’ (Parfit 2005). Esta conclusión se suele representar así: 

Figura 1: Conclusión repugnante

Estos dos bloques, A y Z, representan dos poblaciones posibles. El eje vertical representa su calidad de vida, mientras que el eje horizontal representa el número de individuos en cada población. A contiene pocos individuos con mucha calidad de vida. Z contiene muchos individuos con una calidad de vida menor, de manera que el bienestar total de esta población es mayor que el de A. De hecho, también podríamos imaginar la existencia de un Z+1, donde la existencia añadida de un individuo extra reduciría el bienestar de cada uno de los individuos en Z, pero aumentaría el bienestar total de la población en su conjunto. Mientras que este mecanismo no genere un bienestar total agregado menor, siempre existirían razones para preferir un mundo aún más poblado, con individuos viviendo vidas peores, pero que, en su conjunto, representasen bienestar agregado mayor. Esta conclusión es ‘repugnante’ porque parece impelernos a crear un mundo lleno de individuos con vidas que a duras penas merecen la pena ser vividas.

No obstante, algunos autores piensan que, en el fondo, esta conclusión no debería llevarnos a rechazar toda teoría que caiga en ella (Zuber et al. 2021). Algunas razones son que, en el fondo, la conclusión repugnante depende de ciertas intuiciones que podrían no ser fiables, bien porque sea difícil imaginar casos que involucran a un gran número de personas, bien porque sea imposible evitar incluirnos en estos ejemplos hipotéticos y por tanto estemos sesgados a preferir poblaciones con una alta calidad de vida, o bien porque asumamos, erróneamente, que una vida que a duras penas merece la pena ser vivida tiene un valor negativo (Huemer 2008). Además, desde un punto de vista estrictamente personal, las vidas de las personas en escenarios Z son las mejores vidas que esas personas podrían haber vivido, dado el problema de la no-identidad (Roberts 2015).

3. Principios de justicia intergeneracional

¿Tenemos deberes de justicia hacia las generaciones futuras? John Rawls (1995) desarrolló seguramente la teoría de la justicia más influyente del siglo XX. Aunque no se dejó fuera de sus reflexiones el problema de la justicia hacia las generaciones futuras, su marco teórico presenta problemas importantes para justificar obligaciones de justicia hacia tales generaciones. Aquí presentaré brevemente el esquema rawlsiano y otras alternativas desarrolladas después de Rawls para pensar la justicia entre generaciones. 

La teoría de la justicia rawlsiana pertenece a una familia de ‘teorías de la justicia interaccionales’, de acuerdo con las cuales ciertas relaciones son las que sustentan los principios de justicia entre individuos (Mosquera 2021, 325). En Rawls, esta relación es la de individuos auto-interesados pertenecientes a una misma sociedad que buscan regular un sistema cooperativo recíproco y justo. Para pensar qué principios de justicia deben regular la estructura básica de la sociedad, Rawls propone imaginarnos en una ‘posición original’ marcada por dos características fundamentales: las circunstancias de la justicia y el velo de ignorancia. Las primeras son condiciones para que la cooperación humana sea posible en condiciones de reciprocidad mutua: coexistencia geográfica, igualdad de poder y de vulnerabilidad, así como escasez moderada de recursos. Además, cada individuo persigue sus propios planes de vida y persigue su propio interés en términos de bienes primarios (la libertad, la oportunidad, el ingreso, la riqueza y las bases sociales del auto-respeto). La asunción de fondo es que los individuos son contemporáneos. En estas condiciones, los individuos decidirán sobre principios de justicia imparciales mediante el recurso metodológico del ‘velo de la ignorancia’. Es decir, deben deliberar entre ellos sin conocer su posición en la sociedad, sus capacidades naturales y psicología individual, ni sus planes de vida; así como tampoco las circunstancias políticas, sociales y económicas de su sociedad, ni la generación a la que pertenecen. Según Rawls (2010, 72), los principios de justicia que serían elegidos en estas circunstancias son dos: 

  • Primer principio: “Cada persona tiene el mismo derecho irrevocable un esquema plenamente adecuado de libertades básicas iguales sea compatible con un esquema semejante de libertades para todos”
  • Segundo principio: “Las desigualdades sociales y económicas tienen que satisfacer dos condiciones: en primer lugar, tienen que estar vinculadas a cargos y posiciones abiertos a todos en condiciones de igualdad equitativa de oportunidades [principio de igualdad de oportunidades]; y, en segundo lugar, deben redundar en un mayor beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad [principio de diferencia]”

La pregunta relevante es si este mismo marco permite desarrollar principios de justicia entre generaciones. Hay una razón fundamental para dudarlo: entre personas presentes y futuras no se pueden dar las circunstancias de la justicia rawlsianas. Una forma de solucionar este problema sería incluir a todas las generaciones pasadas, presentes, futuras y posibles, en la posición original. No obstante, como Rawls mismo admite, esto daría lugar a situaciones descabelladas, como que los individuos ahí presentes tendrían que elegir sobre principios que amenazarían la existencia de alguno de ellos (Rawls 1995, 269). Otra posibilidad es que los individuos en la posición original actúen como ‘padres de familia’ (Rawls 1995, 175). Sin embargo, es implausible pensar que relaciones padre-hijo den lugar a principios de justicia imparciales. Además, esta relación no alcanzaría para pensar en principios de justicia hacia las generaciones futuras más distantes (Barry 1977; Loewe 2010). Finalmente, Rawls opta por desarrollar un ‘principio de ahorro justo’ que cada generación de individuos estaría motivada a cumplir ‘sujeto a la condición adicional de que deberían desear que todas las generaciones anteriores lo hubieran seguido’ (Rawls 1996, 310). Este principio impele a las partes a ahorrar de manera que las generaciones posteriores tengan lo suficiente como para asegurar y mantener instituciones justas. El problema es que cada generación elegiría ese principio una vez hayan heredado ciertos ahorros de las generaciones anteriores, y nada les impediría actuar auto-interesadamente y no elegir principio de ahorro alguno de cara a las siguientes generaciones (Barry 1978). Por estas y otras razones, unos han rechazado la línea argumental rawlsiana (Heyd 2009), y otros han llamado la atención sobre la necesidad de reformular las teorías contractualistas (como la de Rawls) para incluir una solución al problema intergeneracional (Gardiner 2009). 

Una alternativa que ha cobrado fuerza en la última década ha sido recurrir a teorías no interaccionales. Siguiendo esta línea argumental, las obligaciones de justicia hacia las generaciones futuras estarían basadas en las características moralmente relevantes de los individuos futuros, como su capacidad de sentir, su posesión de autonomía o de ciertas capacidades. Estas características nos impelen a cuidar de su bienestar, o al menos a garantizar ciertos bienes básicos (Meyer y Pölzler 2021) o capacidades (Nussbaum 2007; 2011) que les permitan alcanzar ciertos estándares de vida. Dependiendo de cómo entendamos nuestra relación moral con y nuestro conocimiento sobre las generaciones futuras, este umbral puede ser igualitarista (Temkin 1993; Lippert-Rassmussen 2018) o suficientarista (Meyer y Roser 2009; Meyer 2021). Una explicación de cada una de estas posiciones y discusión extensa del umbral apropiado en el contexto intergeneracional no es posible. Sin embargo, la entrada Justicia recoge una descripción detallada de algunas de estas posiciones y de los problemas a los que se enfrentan.

La discusión sobre justicia intergeneracional parte de la presuposición básica de que habrá generaciones futuras. Sin embargo, algunos han argumentado que necesitamos justificar si y por qué debe haber generaciones futuras (Sanklecha 2017). En la próxima sección, abordaremos algunas preguntas y conceptos clave para el debate sobre el futuro y la posible extinción de la humanidad. 

4. El futuro y la posible extinción de la humanidad

¿Debe haber generaciones futuras? ¿Hay algo de malo en la extinción de la humanidad? Muchos filósofos han pensado que la respuesta intuitiva a estas preguntas debe ser positiva. Aquí quiero discutir algunos de los argumentos que pueden apoyar estas intuiciones y las objeciones con las que se encuentran:

(1) Importancia de las vidas adicionales. De acuerdo con este argumento, la importancia moral de la continuación de la existencia de la humanidad reside en el valor moral de la existencia de vidas adicionales, siempre que éstas sean vidas felices. El argumento parte de las premisas de que el mundo sería un lugar mejor si hay un mayor número de vidas felices; y un lugar peor si hay más vidas infelices. También se presupone que, si la humanidad continúa existiendo, el número de vidas felices que existirán será mayor que el número de vidas infelices. Por tanto, el mundo será mejor si la humanidad continúa existiendo que si desaparece. Además, siguiendo esta línea argumental, tenemos razones morales para hacer aquello que hará que el mundo sea un lugar mejor. Por tanto, tenemos razones morales para asegurar que la humanidad continúe existiendo. 

Una forma de rebatir este argumento es negando que, si la humanidad continúa existiendo, el número de vidas felices sea mayor que el de vidas infelices, como suelen hacer las posiciones antinatalistas (Benatar 2008). Otra forma es negar la primera premisa, es decir, negar que el mundo es un lugar mejor si hay un mayor número de vidas felices. De acuerdo con esta premisa, un mundo X (3,4,5) – donde cada uno de los números representa a un individuo y su valor representa su respectivo nivel de vida, siendo el umbral de vida feliz cero – es peor que un mundo Y (3,4,5,1) porque en Y hay más vidas felices que en X. Algunos filósofos han pensado que esta idea es implausible, puesto que va en contra de un principio de neutralidad axiológica de las vidas adicionales. Este principio afirma que ‘la presencia de una vida adicional en el mundo no es buena ni mala. Más precisamente: un mundo que contiene una persona extra no es mejor ni peor que un mundo que no la contiene, pero es igual en otros aspectos’ (Broome 2005, 401). Este principio normalmente se deriva de la reacción a ciertas propuestas contraintuitivas. Por ejemplo, imaginemos que queremos hacer del mundo un lugar mejor. Parece que traer al mundo a una persona extra, siendo todo lo demás igual, no puede ser considerada una forma de ‘hacer el mundo un lugar mejor’. Por esto, muchos han pensado que existe un principio de neutralidad axiológica.

Además, negar este principio implicaría negar también la llamada ‘asimetría de procreación’, la cual goza de una importante fuerza intuitiva. La asimetría está compuesta de dos intuiciones. La primera intuición es que si una persona futura fuera a tener una vida que no merece la pena ser vivida, esto en sí mismo nos da una razón moral para rechazar traer a esta persona al mundo. Sin embargo, la segunda intuición es que no existen razones morales para traer a una persona al mundo solo y exclusivamente porque su vida fuera a ser feliz. 

Abandonar el principio de neutralidad axiológica de las vidas adicionales implica negar la asimetría de procreación. Si no creemos que traer una vida adicional al mundo es axiológicamente neutro, entonces debemos rechazar la segunda intuición de la asimetría de procreación y, por tanto, la asimetría de procreación en sí misma. Dada la fuerza intuitiva de ésta última, esto resulta difícil de defender. Estas cuestiones comprometen, por tanto, al argumento basado en la importancia de las vidas adicionales. 

(2) Interés propio y razones afectivas. De acuerdo con esta línea argumental, las razones que tenemos para evitar la extinción de la humanidad se derivan de nuestro interés propio y de nuestras disposiciones afectivas presentes. Esta línea argumental comienza con la constatación de que buena parte de las actividades que valoramos y a las cuales nos sentimos afectivamente conectados perderían gran parte de su valor si la humanidad fuese a desaparecer: buscar la cura contra el cáncer, mejorar la seguridad de las infraestructuras, mejorar la calidad de la educación, o involucrarse en varios tipos de activismo social y político. Este tipo de actividades tienen sentido si las comprendemos como proyectos a largo plazo que requieren de la participación de muchas personas a lo largo de extensos periodos de tiempo. Además, en numerosas ocasiones, estas actividades dan forma a nuestra identidad y a cómo nos comprendemos como individuos y como sociedad. Si la humanidad fuese a desaparecer, todas estas actividades dejarían de tener valor porque no podríamos gozar de sus beneficios a largo plazo. Por lo tanto, los individuos del presente tenemos razones para asegurar el futuro de la humanidad que están basadas en nuestro propio interés en participar en actividades que tienen valor para nosotros y a las cuales nos sentimos afectivamente vinculados (Scheffler 2018). 

Un potencial problema de esta posición es que parece poner el carro delante de los bueyes. Uno podría argumentar que encontramos sentido y valor en estas actividades (encontrar la cura contra el cáncer o participar en ciertas actividades políticas) precisamente porque presuponemos que las generaciones futuras, cuyo bienestar tiene valor para nosotros, continuarán existiendo. Sin embargo, esta posición revierte el orden al argumentar que debe haber generaciones futuras porque atribuimos un cierto valor a esas actividades. Si aceptamos que la razón por la que atribuimos valor a esas actividades es por la medida en la que contribuyen a mejorar el bienestar de los individuos futuros, cuya futura existencia postulamos, la pregunta sobre si debe haber individuos futuros parece quedar sin responder. 

(3) Valor último de la humanidad. Un argumento conectado con el anterior es que las actividades en las que se involucra la humanidad, así como la humanidad en sí misma (Frick 2017), tienen valor último. Por ello, debemos mantener la existencia de la humanidad. Ya no es que ciertas actividades tengan valor porque nos permiten alcanzar ciertos fines colectivos a largo plazo, sino que tienen valor con independencia de cómo contribuyen a realizar ciertos fines a largo plazo. Aquí se incluyen no solo las actividades anteriores, sino también, por ejemplo, aquellas vinculadas a tradiciones culturales y obras artísticas (Scheffler 2018). Algunos han argumentado incluso que esta línea argumental podría explicar nuestros deberes de justicia intergeneracional en una línea Rawlsiana (ver más arriba). Esto es, la ‘sostenibilidad de nuestros valores’ en el futuro podría concebirse como un bien primario, lo que requeriría garantizar que las generaciones futuras existiesen y que existiesen en condiciones tales que pudieran seguir manteniendo el tipo de proyectos que valoramos (Brandstedt 2017). 

Esta posición tiene un cierto carácter impersonal, puesto que parece que se basa en la idea de que estas actividades (y la humanidad en sí misma) tienen valor con independencia de que haya ciertos individuos que las valoren. Incluso en nuestra ausencia, tantos estas actividades como la humanidad en sí misma tendrían valor. Este carácter impersonal recuerda demasiado al argumento de las vidas adicionales, puesto que, en el fondo, parece implicar que debemos mantener la existencia de la humanidad para que haya ‘más humanidad’, dado el valor último de la misma. Por tanto, la sospecha sería si esta posición no está afectada por los problemas anteriores, esto es, que esta posición sea incompatible con la neutralidad axiológica y la asimetría de procreación. Para mantener estas intuiciones, los defensores de esta posición establecen una diferencia entre mantener la continua instanciación de los individuos de la especie humana y mantener el número de estos individuos (Frick 2017; Scheffler 2018). Esto es, ambas posiciones diferencian entre honrar un determinado valor (el valor último de la humanidad, o los valores que ésta sostiene) y promover un valor a través del incremento de su número de instanciaciones. Su punto sería que nuestros deberes se limitan a honrar el valor último de (las actividades asociadas a) la humanidad, no a promover esos valores. Aquí no entraremos a analizar si esta distinción puede sostenerse justificadamente. 

5. Ética del riesgo y generaciones futuras

Para finalizar esta entrada, debe mencionarse una cuestión que conviene tener en cuenta cuando abordamos problemas que afectan a las generaciones futuras. La mayoría de las decisiones que tomamos para proteger o beneficiar al futuro están tomadas en contextos de incertidumbre. No sabemos a ciencia cierta si un determinado evento con consecuencias dañinas sucederá o no. Como mucho, conocemos la probabilidad de que ese evento suceda. Es decir, solo podemos conocer el riesgo de que ese evento ocurra (que puede ser muy alto o bajo, dependiendo del evento en cuestión). Normalmente, nuestras acciones deben estar dirigidas a evitar eventos con consecuencias negativas. Sin embargo, no está tan claro cómo debemos actuar en circunstancias en las que la ocurrencia de ese evento es solamente probable. Esta cuestión es relevante porque se extiende a varios ámbitos de nuestra relación con el futuro – desde las tecnologías que desarrollamos hasta qué nivel de calentamiento global es moralmente permisible (Bradley and Steele 2015). El problema puede abordarse desde diferentes teorías morales. Aquí, agruparé en solo dos las posibles respuestas a la hora de analizar la imposición de riesgos permisibles y expondré brevemente algunos de sus problemas. 

Una posible forma de abordar este problema es recurrir a principios morales, similares a aquellos que rigen nuestra relación en contextos de certidumbre. En esta línea, podríamos decir que existe una suerte de principio moral que nos obliga a evitar imponer riesgo de (al menos, ciertos) daños a terceros. Esto parece especialmente razonable cuando se trata de riesgos de daños muy severos, como la imposición de riesgos de muerte. A muy grandes rasgos, esta sería la línea argumental de las teorías deontológicas, o aquellas basadas en derechos. Sin embargo, estas teorías se enfrentan al llamado ‘problema de la parálisis’ (Lenman 2008; Hayenhjelm and Wolff 2012; Düvel 2018). El problema se podría resumir de la siguiente forma: es imposible evitar todo tipo de riesgo de daños, incluso si limitamos los daños que cuentan a solo aquellos más severos. Todas nuestras acciones tienen potenciales consecuencias dañinas, desde conducir coches hasta ir a comprar el pan, pasando por el desarrollo de energías renovables. Un principio que nos impeliese a no imponer ningún riesgo de daño nos paralizaría. Además, invertir recursos para evitar a toda costa cualquier evento negativo que pudiera suceder supondría desviar recursos que podrían ser destinados a mejorar la vida de las personas en otros ámbitos. 

Las teorías agregativo-consecuencialistas parecen, a priori, mejor equipadas para resolver estos problemas. Imaginemos que podemos llevar a cabo varias acciones que afectarán previsiblemente al futuro, todas las cuales implican ciertos riesgos. Para decidir qué acción debemos llevar a cabo, siguiendo esta perspectiva, se trataría simplemente de multiplicar el valor moral del potencial resultado en cuestión por la probabilidad de que este sucediese. Con esta fórmula se obtiene el valor esperado del resultado. La acción que entonces deberíamos llevar a cabo es aquella con el valor esperado más alto. 

Uno de los grandes problemas de estas teorías es que no pueden dar cuenta de la importancia moral de la separación de las personas porque operan con valores agregados. Imaginemos, por ejemplo, que existe un escape de gas en una fábrica de compuestos químicos. Tenemos dos opciones para cortar ese escape. Podemos enviar a un técnico a cerrar el escape, con un 90% de probabilidades de morir en una explosión derivada de las operaciones necesarias para cerrar el escape. O podemos dejar que el gas se escape al exterior, en cuyo caso el técnico no sufrirá ningún riesgo, pero 10.000 personas tendrán una probabilidad de 0,01% de morir intoxicadas por el gas (Oven Hansson 2013, 27). Esta perspectiva nos diría que, dado que el valor agregado esperado es mayor si dejamos escapar el gas, deberíamos enviar al técnico a solucionar el escape, a pesar de que con casi total seguridad morirá. Para muchos, es altamente contraintuitivo pensar que esta es la mejor solución desde un punto de vista moral. 

El problema de la (im)permisibilidad moral de la imposición de riesgos es especialmente relevante en relación con aquellas acciones que afectarán a las generaciones futuras, puesto que nuestras acciones estarán más gobernadas por la incertidumbre sobre sus resultados cuanto más lejanas en el futuro se encuentren. Por eso, una discusión sobre ética y generaciones futuras debe siempre tener en cuenta estos problemas. 

Conclusiones

Esta entrada ha recogido algunas de los problemas éticos básicos que nos encontramos en nuestra relación con las generaciones futuras, todos los cuales aparecen transversalmente, de una manera u otra, en muchas de los grandes temas que enumeraba al comienzo. Por ejemplo, las discusiones sobre ética climática y degradación de los recursos naturales deberán abordar, de un modo u otro, el problema de la no-identidad y los principios de justicia intergeneracional. Las cuestiones aquí expuestas sobre ética de riesgo aparecerán de manera más prominente en los debates sobre el uso de la energía nuclear o técnicas de geoingeniería. Los debates sobre ética poblacional y deberes de procreación deberán también necesariamente abordar el problema de la no-identidad, la conclusión repugnante e incluso el deber mismo de garantizar la existencia de la humanidad en el futuro. Espero que, a pesar de no ofrecer respuestas claras a todas estas preguntas, esta entrada sirva para motivar la futura investigación sobre estos temas tan importantes en la actualidad. 

Laura García-Portela
(Erasmus University of Rotterdam)

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Lecturas recomendadas en castellano

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Cómo citar esta entrada

García-Portela, L. (2022). Ética y generaciones futuras. Enciclopedia de la Sociedad Española de Filosofía Analítica. http://www.sefaweb.es/etica-y-generaciones-futuras/